dimarts, 31 de maig del 2022

CARTA XXII. Sínodos de la Iglesia de Segorbe.

CARTA XXII. 

Sínodos de la Iglesia de Segorbe. 

Mi querido hermano: En el hallazgo de los Sínodos de Segorbe no he sido tan feliz como me prometía. A pesar del buen estado de este archivo, no he podido completar hasta ahora la colección de unos documentos tan gloriosos para esta Iglesia. Diré algo de los que se hallan, con alguna noticia de lo más notable que contienen. 

I. Las muchas vejaciones que sufrieron los Obispos Segobricenses durante el siglo XIII y los pleitos con los comarcanos sobre la posesión de muchos lugares, fueron tal vez la causa de no haberse celebrado en todo ese tiempo Sínodo alguno en estas Iglesias. 

El primero de todos, como lo indica su exordio, es el que tuvo D. Sancho Dull en Albarracín año 1320 en la dominica Ego sum pastor bonus. Quedan en este archivo dos ejemplares de este y de los tres siguientes, escritos según parece a fines del siglo XIV. Hállanse también en ellos las constituciones del Sínodo provincial, que celebró en Zaragoza su primer Arzobispo D. Pedro de Luna; las cuales por ser inéditas he copiado y envío. Viniendo ahora a nuestro Sínodo, se manda en su primer capítulo que todos los años haya Sínodo en la ciudad de Albarracín, si no fuere más conveniente señalar otro lugar para su celebración; al cual acudan todos los clérigos beneficiados etiam non vocati, a excepción de los pocos que debían permanecer en las Iglesias para el culto y administración de los sacramentos (1). Así se verificaba a la letra la expresión generalem Synodum que se ve usada en su exordio. Poco duró esta práctica: y acaso los gastos y otros inconvenientes le obligaron a declarar en el Sínodo siguiente que esta convocación sólo se extendía ad beneficiatos curatos parrochiales, puesto que a ellos solos pertenecía anunciar al pueblo los mandatos sinodales y cuidar de su observancia. Sin embargo, aun sin esta concurrencia de todos los clérigos al Sínodo, se prosiguió llamándole general hasta principios del siglo XV, como lo verás en el fragmento del que celebró D. Fr. Juan de Tahust. Mas volvamos al nuestro: previénese también allí mismo que todos asistan al Sínodo con sobrepellices. 

En el capítulo VIII dice: Volumus quod omnes Clerici in choro et processionibus utantur superpelliceis et birreto, sic quod caputium supra capite non teneant. El caputium entiendo sería la capilla, que en toda la corona de Aragón lleva el clero cosida a la muceta; aunque no sé si la práctica de no cubrir con ella la cabeza en los actos religiosos, deberá atribuirse a la época de esta y semejantes prohibiciones. El birretum no es tan fácil de averiguar si correspondía a lo que llamamos ahora bonete o al solideo. Por las varias acepciones de esta palabra que trae Ducange en su Glosario, podrás formar juicio de esto. Yo entiendo que debía ser el bonete, el cual aun en los tiempos posteriores se llamó birretum siempre que de él usaron los Obispos para la colación de los beneficios eclesiásticos, la cual por los documentos de este archivo se ve que desde principios del siglo XVI se hizo per impositionem birreti, porque hasta ese tiempo se hacía per annuli traditionem. Aunque a principios del siglo XVI hallo que en la Iglesia de Valencia se ejecutaba del primer modo, como consta de la colación que dio su Obispo D. Raymundo Gastón al presbítero Francisco Pich de una capellanía fundada por Guillermo Sentiu en la Iglesia mayor de Xátiva, intitulada de San Félix M. Fue esto a 8 de Septiembre de 1323, cuya escritura he visto copiada en el MS. de vitela de D. Manuel Jordán, de que hablé en otra carta. Volviendo a nuestro Sínodo en el capítulo XIII (2) emplea toda su potestad para desterrar la costumbre de enterrarse los fieles indistintamente en las Iglesias, imponiendo a los curas la pena de privación de sus beneficios, y a los legos la de excomunión y entredicho. 

El XVI, después de prohibir que se presten para fiestas seculares las cortinas y ornamentos eclesiásticos, y para uso y servicio del altar los que lo son de hombres, mujeres y caballos, añade: Nec inde sacra vestes fiant, sed de praetio illorum novae vestes emantur, seu etiam ornamenta. 

En el capítulo XIX prohibiendo que se erijan altares sin licencia del Obispo, dice así: Altaria quoque per somnia, et inanes quasi revelationes hominum construi prohíbemus. Nos enim talia loca praeter nostram aut praedecessorum nostrorum licentiam constructa interdicto discernimus subjacere. Palabras que muestran cuan arraigada estaba por entonces en el pueblo la vana credulidad y superstición. 

En el capítulo XXIII llama veritas contrahentium a las palabras con que expresan su consentimiento los desposados, las cuales manda a los curas que no las reciban sino en presencia de muchos y a son de campana.

El XXV es muy breve (3). Omnes curati, dice, nobis confiteantur peccata sua, aut specialiter nobis postulent et obtineant confessores, nisi in infirmitate vel necessitate fuerint constituti. En el Sínodo, que diré luego de 1358, se concede a los curas la facultad de elegirse confesor. Más extrañeza causa lo que manda en el siguiente a los mismos, y es que tengan un libro del cumplimiento de iglesia de sus feligreses, en cuyo principio escriban lo siguiente: Anno et die tali, ego talis rector, vel vicarius talis ecclesiae scribo nomina parochianorum meorum, virorum videlicet, et mulierum à XIV annis ultra qui sunt in parochiam meam. G. R. tali loco confessus est mihi, et absolutus, vel non est absolutus, sed consilium ei dedi. 

II. No pudo cumplir este prelado su deseo de celebrar Sínodo todos los años; tres pasaron hasta el segundo que tuvo en Segorbe martes día de S. Lucas. De la mudanza de lugar da razón en el capítulo I: Attendentes, dice, quod pari ratione debet in civitate Segobr., cum sit Cathedralis Ecclesia, praedicta Synodus celebrari, declaramus divisim, et alternis vicibus uno anno apud civitatem Segobr. alio anno apud civitat. S. Mariae de Albarracin Synodum celebrandam. Nada tiene de particular este Sínodo en sus doce capítulos por lo perteneciente a nuestro objeto. Su principal mira, como también la del antecedente, es reformar los abusos del clero y del pueblo en cosas generales y ya prevenidas en los cánones.

III. En el segundo año de su pontificado, esto es, a 28 de Mayo de 1358 celebró Sínodo en la Iglesia de Castielfabib el Obispo D. Elías. Por el primer capítulo se ve que antes de él sólo el Obispo D. Sancho había celebrado Sínodos; y así queda averiguado que el primero de esta diócesis fue el que dijimos de 1320. 

Los capítulos II y III son dignos de referirse a la letra: De cetero, dice, omnes clerici in sacris ordinibus constituti, et alii beneficiati nostrae dioc. deferant in Ecclesiis almutias, vel birreta sine capucio: et cum dicent missas altas habeant clericum cum superpelliceo: et quolibet mense adminus barbam radant. Nullus clericus seu beneficiatus portet ultra unum palmum cugulae (cogulla) in caputio.

IV. Pasaron algunos años sin Sínodo, hasta que en 1367, a 21 de Mayo le celebró en Segorbe su Obispo D. Juan de Barcelona, dividiéndole en cinco libros. En el tercero concede indulgencias a los que se arrodillaren cuando en la misa se diga: Gratias agamus Domino &c., y a los que de rodillas dixeren (dijeran): Benedictum sit nomen D. N. J. C. Nazareni crucifixi, et gloriosae matris ejus, semperque virginis Mariae nunc et in aeternum et ultra. Amen; con un Pater y Ave María. Manda también que se celebre con rito doble la fiesta de S. Eustaquio y compañeros mártires, XIII kal. Junii por no poderse celebrar en el día que padecieron IIII numeris (nonas) mensis Novembris propter occupationem illius diei, in qua S. Mater Ecclesiae circa animarum solemnitatem est intempta. El breviario de esta Iglesia de 1556 señala para su fiesta el mismo día. Mas en el martirologio y en todos los breviarios modernos hallo que consumaron su martirio XII kal. Octobr.

En el IV fulmina excomunión contra los que coman carnes muertas por los judíos, o beban de su vino. Otros mandatos hay contra los qüestores que corren los pueblos con campanilla, relicarios, predicando &c. Al fin hay un breve catecismo de las cosas que deben aprender los niños: entre ellas está la confesión ante missam facienda. Por esta muestra vemos lo que por falta de códices sacramentarios ignorábamos: es a saber, que la liturgia de esta Iglesia era en ese tiempo conforme con la de Valencia. Dice así: Sancti Spiritus assit nobis gratià. Amen: Et introibo &c. Ps. Judica me Deus &c. Et introibo &c. Dignare Domine die isto. Sine peccato. Ab occultis meis. Et ab alienis parce. Confitemini Domino. Confessio. Ego peccator confiteor omnipotenti Deo &c. Misereatur tui omnipot. Deus &c. 

Los Sínodos hasta aquí referidos, todos inéditos están en los códices que dije, de donde he sacado la copia adjunta, con las variaciones que ofrecen los diferentes ejemplares que aquí se conservan. 

V. Ojalá hubiera podido hallar uno siquiera de los cinco Sínodos siguientes que celebraron D. Fr. Juan de Tahuste (hasta ahora pone Tahust; Tauste) en Segorbe a 25 de Abril de 1417, D. Francisco Aguilón en el monasterio de Val de Cristo a 18 de Octubre de 1428, el Cardenal D. Bartolomé Martí en Segorbe por el mes de Marzo de 1479, y otro en Xérica a 8 de Junio de 1485, y D. Gaspar Jofre de Borja en Chelva a 30 de Agosto de 1531. He visto en los códices que antes decía, la aprobación y confirmación original que hizo este Prelado de las constituciones hasta aquí referidas, fecha en el Sínodo de Chelva. De estos Sínodos se conservan algunas constituciones sueltas y las concesiones hechas al clero, cuya copia envío.

VI. El año 1566 a 1.° de Junio celebró Sínodo en Vivel el Obispo D. Fr. Juan de Muñatones. Este es el Sínodo que queda en esta Iglesia más completo, porque conserva todas sus actas, y la forma con que se intimó y celebró, con el nombramiento de todas las personas y especificación de todas las comisiones. La copia que envío te hará ver mejor que mis extractos el celo de este Prelado, que fue uno de los que firmaron las actas del Tridentino. Según el espíritu y letra de este Concilio, trató de reformar el clero y desterrar toda especie de abusos. Sólo haré memoria del capítulo XXIX, en que prohibiendo los ultrajes y contumelia con que solían ser tratados los que contraían segundas nupcias, dice entre otras cosas: Nec rumores cornuum, squillarumque pulsationes suscitentur. Bien creo que sea anterior al siglo XVI esta costumbre (esquellada; esquilada), que aún hoy dura, de zumbar por las noches a los que contraen segundas y terceras bodas. Cosa por cierto afrentosa que los hijos de la Iglesia burlen de lo que su madre aprueba y autoriza.

El capítulo XXXV, de correctione breviarii, sería menester copiarle todo para dar alguna noción de las variantes curiosas que contiene.
VII. D. Martín de Salvatierra celebró Sínodo en Segorbe a 30 de Agosto de 1586, del cual no sólo no quedan copias, mas aun aseguran que no llegó a publicarse. 

VIII. Antes de concluir el primer año de su pontificado celebró Sínodo en esta ciudad el Obispo D. Juan Bautista Pérez desde el 25 al 28 de Octubre de 1592. Para la ilustración de este grande hombre era muy sensible el estado de su diócesis, que aún se resentía de la desmembración de Albarracín. El único Sínodo que después de ella se había celebrado, que es el antecedente, lejos de curar los males, los había agravado por la fortaleza que mostró aquel Obispo en disputar al cabildo y a algunas Parroquias ciertos privilegios y jurisdicciones, cuya conservación, sin degradar en nada el carácter episcopal, mantiene la paz, y ayuda a conseguir cosas de mayor importancia. Hallábanse olvidadas las rentas y obligaciones de varios beneficios, desunida la masa canonical, que obligaba a cada uno a cuidar de sus frutos; tampoco faltaban daños en las costumbres. Buena ocasión se le presentaba al celo ilustrado de este Obispo, que como tan docto en la disciplina de la Iglesia, y tan diestro en el manejo de los negocios eclesiásticos, y en el modo prudente y discreto de proceder en los Sínodos, tomando ejemplo del provincial toledano de 1583, cuyo secretario fue y móvil, ordenó el de su Iglesia de Segorbe con grande acierto y prudencia. No me acabo de admirar cómo pudo quedar inédito y sepultado en el archivo. He visto un ejemplar original firmado de su mano, y escrito por su secretario Andrés de la Parra. Está en lengua vulgar, y consta de ochenta capítulos, inclusos los mandatos que hizo para los legos. 

Envío copia de él, que merece ponerse al lado del de Santo Tomás de Villanueva, Repara como en el capítulo XV reprueba la costumbre de llevar el viático a los enfermos que no le podían recibir, sólo para que le adorasen: prohibición que se repite después en algunos Sínodos hasta mediados del siglo XVII. Reflexiona también las palabras del capítulo XVI: Mandamos (dice) a los rectores que al tiempo de la comunión no den al pueblo las abluciones en cáliz, pues no le pueden tocar los legos,  sino es en vaso de vidrio o tierra. Es notable 1.° la costumbre de esta ablución, la cual no quedó como reliquia de la comunión sub specie vini (como dijo de-Vert), sino para purificar la boca o para acabar de tragar las partículas de la hostia (a mí siempre se me pegaba en el paladar). Lo 2.° la causal que da de ello. Otros Concilios, dice Krazer, prohibieron en esto el uso del cáliz para que el pueblo no creyese que recibía la sangre del Señor. Este documento nuestro merece lugar entre otros semejantes extranjeros del mismo tiempo.

En el capítulo XXX se manda que al pueblo se dé la paz aun en las misas rezadas con porta paz, no con patena.

Por el LIV vemos que duraban aún en este reino las vigilias en las Iglesias, de que hablé en el Sínodo de Santo Tomás de Villanueva. Item, la costumbre de estar patente la Iglesia para los hombres solos la noche del Jueves Santo.

En el LXVIII se prohíbe abrir las tiendas y trabajar en los Domingos y fiestas antes de acabar la misa mayor. Acaso debió contentarse con esto solo por la condición de su tiempo. 

IX. En el año 1611 por el mes de Noviembre celebró Sínodo D. Pedro Ginés de Casanova; el cual imprimió de allí a dos años Crisóstomo Garrís (Garriz) en Valencia. Consta de tres sesiones y ciento y once capítulos en todo, con las ordinaciones pro choro y arancel de derechos funerales. Aunque es muy docto este Sínodo, tiene pocas noticias concernientes a la historia de los ritos, y lo que de ello trata es muy parecido a los demás de aquel tiempo. En el capítulo LXII prohíbe que el Pater noster se diga en secreto en los Domingos y fiestas solemnes. Acaso se había ya introducido la costumbre, que todavía vemos en algunas partes, de cantarse algunas letras en el coro u órgano desde el alzar (el alza) hasta la comunión. Práctica que destruye una parte notable de la solemnidad del sacrificio, y se opone al espíritu de la Iglesia en el establecimiento de las ceremonias de la misa.

X. Algo más dilatado que este Sínodo es el que celebró D. Fr. Diego Serrano en 1644 por el mes de Junio: el cual he visto también impreso en Valencia en 8.° por Bernardo Nogués el año siguiente. Al fin de él se publicaron varias bulas de Papas relativas a los puntos que en el Sínodo se tocan; lo cual convendría que se hubiera hecho en todos los modernos de España. Este Sínodo se divide en doce libros breves, que comprenden lo más esencial de la disciplina. El décimo, que es de Processionibus et Imaginibus, reprende, y (4) prohíbe en el capítulo 1 la costumbre de las danzas y comparsas en las procesiones de las fiestas de Jesucristo, en las cuales plures (dice) incedunt vestibus diabolicis, ac muliebribus (mulieribus) induti, ac doemonum (demonio) instar gesticulationibus representantes, quibus ad risum potius &c. En el II prohíbe que en la del Corpus se lleven más imágenes que la custodia del Señor: lo mismo prescribe en el III respecto de las de semana santa, en las cuales manda que sólo se lleven los simulacros pertenecientes a la pasión del Señor, y esos sin lujo ni ornato de fiesta, sin flores naturales ni artificiales, sino con la decencia y honestidad correspondientes al objeto. 

XI. D. Fr. Francisco Gabaldá celebró un Sínodo poco antes que muriese; esta es la única noticia que de él tenemos.

XII. El ultimo Sínodo de esta Iglesia le celebró D. Fr. Anastasio Vives de Rocamora en 12 de Abril del año 1668. Se imprimió en Valencia el siguiente por Gerónimo Villagrasa en 4.° Consta de cuarenta y siete títulos, y es el que rige ahora en esta Iglesia. De estos Sínodos impresos no he podido recoger ningún ejemplar; y así me he visto precisado a sacar las apuntaciones y extractos pertenecientes a los ritos de esta diócesis, con lo cual hay lo necesario para tu obra principal de la Liturgia española. 

Para más puntual y pronto conocimiento de estos Sínodos pondré el estado siguiente: 


        Sínodos.     Existentes     Impresos

D. Sancho Dull         2         2

D. Elías         1         

D. Juan de Barcelona         1         1

D. Juan de Tahust         

D. Francisco Aguilón         1

D. Bartolomé Martí         2

D. Gaspar Jofre de Borja

D. Fr. Juan de Muñatones 1              

D. Martín de Salvatierra

D. Juan Bautista Pérez 1         

D. Pedro Ginés Casanova 1         1             

D. Fr. Diego Serrano         1         1             1

D. Fr. Francisco Gabaldá

D. Fr. Anastasio Vives de 

Rocamora         1          1             1

Total 16         9             3


Dios te guarde muchos años. Segorbe &c. 


NOTAS Y OBSERVACIONES. 

(1) Así se verificaba muy a la letra la expresión generalem Synodum, que se ve usada en su Exordio. Por ventura este y otros pocos Sínodos diocesanos de esta Iglesia en el siglo XIV serán los únicos en toda la antigüedad eclesiástica que se hayan llamado generales. El sentido de esta palabra es aquí obvio, considerada su aplicación a la asistencia de todos los clérigos beneficiados de la diócesis, a los cuales se les manda asistir, etiam non vocati. En este mismo sentido se ha dado tal cual vez nombre de universales a los Concilios nacionales, no con respecto a toda la Iglesia, sino a los Arzobispos y Obispos de un reino o nación, que asistieron a ellos, presididos por su Patriarca o Primado. Así dice el III Concilio toledano (cap. XIX) statuit sancta, et universalis Synodus: bien que en algunos de estos Concilios se añadió a esta palabra alguna limitación, como se ve en el Cartaginense III, llamado universale anniversarium, para denotar claramente, como advierte Benedicto XIV (de Synod. dioec. lib. I, cap. I.), que era el que debían celebrar anualmente todos los Obispos de África. Con la misma limitación se dio también nombre de plenario al segundo Concilio de África celebrado en tiempo del Papa Zósimo a principios del siglo V (V. Nat. Alex. Hist. eccl. saec. III. dissert. XXIV.). 

(2) Emplea toda su potestad para desterrar la costumbre de enterrarse los fieles indistintamente en las Iglesias &c. En los primeros tiempos de la Iglesia ni aun a los sacerdotes se les daba indistintamente sepultura dentro del templo, como consta de un Párroco muy santo, de quien dice S. Gregorio Papa: Superveniente autem vocationis suae die defunctus est, atque ante Ecclesiam sepultus (Dial. lib. III. cap. XXII.). Otro tanto puede afirmarse de los Obispos, siendo cierto lo que S. Gregorio Turonense afirma de S. Servacio, Obispo de Tongres; Ablatusque à fidelibus juxta ipsum aggerem publicum sepultus est (Lib. II. cap. XLIII.), y de oro Obispo que había sido casado: Ipse quoque sacerdos cum conjuge, et filia in crypta Cantobennensi juxta aggerem publicum est sepultus (Lib. I. cap. XLIV, et lib. II. cap. V.). Más adelante, extendida a todo el clero la facultad de enterrarse en las Iglesias, comenzó a darse parte en ello a los Príncipes católicos, de lo cual hay varias memorias en el mismo S. Gregorio Turonense y otros historiadores eclesiásticos. Esta licencia despertó igual deseo en los monjes, y así a imitación de santa Paula, sepultada en medio de la Iglesia del Pesebre del Salvador, y de santa Marcelina, que se mandó enterrar junto al cuerpo de su hermano S. Ambrosio, S. Cesario, Obispo de Arlés, en un convento que fundó de religiosas: ut afferret, dicen los escritores de su vida, sacris virginibus, quas congregaverat, curam necessariae sepulturae, nobiles arcas corporibus humandis aptissimas, de saxis ingentibus noviter fecit incidi, quas per omne pavimentum Basilicae constipatas sterni fecit ordine. De esto hay varios ejemplos. Por aquí fue poco a poco introduciéndose la facilidad de sepultar también en los templos a los seglares, la cual costumbre, comenzada ya a introducirse en tiempo de S. Agustín, con el fin de despertar en los fieles vivos, como dice este Padre, la memoria de los difuntos para que rueguen por ellos, llegó a ocasionar varios abusos, intentados desterrar por Teodosio el Mayor, en una de sus leyes, donde dice: Nemo Apostolorum vel Martyrum sedem humandis corporibus existimet esse concessam. Esta ley fue después revocada, y sucesivamente se expidieron otras, cuyo catálogo formó Tomasino. Alteróse la prohibición con las oblaciones espontáneas de los que deseaban sepultarse en el templo, cuya multitud dio motivo a que se inventase la colocación de los cadáveres en los pórticos de las Iglesias. Aun estos límites se traspasaron luego dando ocasión a los Obispos a reservarse el señalamiento de las personas que debían enterrarse dentro de la Iglesia, como lo hizo Hincmaro el Arzobispo de Reims, diciendo: Ut nemo presbyterorum quemquam in Ecclesiam sepeliat, sine consultu Episcopi, exceptis hujusmodi dumtaxat personis, quas sigillatim et privatim in Synodo signavimus. 

(3) Omnes Curati nobis confiteantur peccata sua, aut specialiter nobis postulent ut obtineant confessores. De esta austeridad de la antigua disciplina, que obligaba a los Párrocos a confesarse con el propio Obispo, o en ciertos casos, o sólo con el presbítero que él les señalase, quedan varias memorias en la historia eclesiástica (a: V. Tomassin Vetus et nova Eccl. discipl. p. I. l. II. c. X.). Las constituciones sinodales de Troyes dicen: Ne credant sacerdotes quod nisi de licentiam sui Episcopi possint pro voluntate suam sibi eligere confessorem, qui suarum curam habeat animarum. Hoc enim solis Episcopis, et quibusdam aliis exemptis est concessum. Et qui petunt ab Episcopo confessores, debent petere providos, et honestos. (Bochel. Decret. eccl. gallic. pág. 243.). Esta exención de los Obispos alude al decreto de Gregorio IX, que dice: Ne pro dilatione poenitentiae, periculum immineat animarum, permittimus Episcopis et aliis superioribus, necnon minoribus praelatis exemptis, ut etiam praeter sui superioris licentiam, providum et discretum sibi possint eligere confessorem. Teníase por tan necesaria esta licencia de los Prelados para la elección de confesor, que llegó a decir el Papa Bonifacio VIII: Nulla quippe potest consuetudine introduci quod aliquis praeter sui superioris licentiam possit sibi eligere confessorem, qui eum solvere valeat, vel ligare (c. si Episcopus in VI de Poenitentia.). Comenzó a templarse este rigor, primero permitiéndose a los clérigos que eligiesen confesores a su arbitrio, con tal que una vez en el año manifestasen el estado de su conciencia y su tenor de vida al Obispo o a su penitenciario. Más adelante se amplió esta licencia, como consta del Concilio Tarraconense del año 1329. Duró esta práctica hasta el Concilio de Trento, que la revocó en la sesión XXIII, mandando que en adelante solos los confesores aprobados por el Obispo oyesen las confesiones de los presbíteros. 

(4) Prohíbe... la costumbre de las danzas y comparsas en las procesiones &c.
Esta práctica parece haber tenido principio en la que el tercer Concilio Toledano llama irreligiosa consuetudo (costumbre), quam vulgus per sanctorum solemnitates agere consuevit, ut populi qui debent officiis divinis attendere, saltationibus, et turpibus invigilent canticis (Conc. Tolet. III. cap. XXIII.), Ya anteriormente había pasado este abuso a otras festividades, como de la Pascua lo dice S. Basilio, reprendiendo a unas mujeres que en ella habían bailado públicamente: Servitutis Christi excuso jugo, velamentis honestatis à capite rejectis, contempto Deo, spretis ipsius angelis, virilem omnem aspectum citra pudorem ferentes, comas agitantes, trahentes tunicas, ac pedibus simul ludentes,... in martyrum basilicis pro moenibus civitatis choros constituentes, loca sancta officinam obscenitatis suae effecerunt (S. Basil. Hom. XIV. in ebriosos. op. t. II. pág 123.). Fácil era que la continuación de estos males, de que hacen memoria S. Gregorio Nazianzeno, S. Agustín, y otros Padres y Concilios posteriores, llegase a quitar a los fieles parte de su horror; y aun que tratasen algunos de darles colorido honesto, pintando como parte del culto exterior lo que se opone a la adoración en verdad y en espíritu. Por lo menos no faltan extranjeros que digan ex hoc pravo usu manasse hodiernum apud hispanos morem, quo in solemnioribus processionibus, et festis praeire solent personati homines, tripudiis, et saltationibus prorsus inconditis plebem ad risum potiùs, quam ad pietatem moventes (Catalani in Can. XXIII. Concil. Tolet. III.). Convendría que estos abusos, si los hay, se cortasen enteramente, para que las procesiones se hagan con respecto a los fines intentados por la santa Iglesia conforme a sus leyes; de lo cual trató dignamente el docto Jesuita Serario en sus libros de Sacris Ecclesiae catholicae processionibus. 

CARTA XXI. Conclúyese el catálogo de los Obispos Segobricenses.

CARTA XXI. 

Conclúyese el catálogo de los Obispos Segobricenses. 

Mi querido hermano: No me canso de alabar la conducta del Papa Gregorio XIII en la división de estas dos Iglesias de Segorbe y Albarracín. Las cuales desde aquella época han gozado de los bienes que disfruta una grey pequeña, a quien puede registrar de una ojeada su pastor; cuando antes, divididas casi por una jornada intermedia de ajena jurisdicción, padecían frecuentemente los daños que trae consigo la ausencia del Prelado. Estos y otros refiere dicho Pontífice en su bula que tendrás ya vistos: no me he propuesto hoy sino acabar el catálogo de los Prelados de la ya única silla de Segorbe. En virtud pues de dicha división fue nombrado Obispo de Segorbe 

XXX. D. Francisco Sancho, natural de Morella en este reino (el de Valencia), siendo canónigo de Salamanca y decano de la facultad de teología en aquella Universidad. Su ciencia le había hecho digno de ser escogido por el Obispo D. Pedro González de Mendoza, para que le acompañase al Concilio de Trento el año de 1563. Tomó posesión de esta silla a 23 de Diciembre de 1577 siendo ya muy anciano; la gobernó hasta el 23 de Junio del año siguiente, en que murió. Por la brevedad de su pontificado y otras causas que debieron sobrevenir, no pudo poner por obra todo lo mandado en la bula del Papa acerca de los cuatro canonicatos que erigía de nuevo, de los cuales sólo proveyó dos; y acerca de la masa común canonical, establecida después en el año 1594. Poco más vivió en esta silla su sucesor 

XXXI. D. Gil Ruiz de Liori, el cual tomó posesión de ella en Junio de 1579, y murió a 16 de Agosto de 1582 a los cincuenta y seis de edad. Era natural de Gandesa en Cataluña (provincia de Tarragona), de dónde fue también cura, y después canónigo y arcediano de Culla en la Iglesia de Tortosa. No se conserva otra memoria señalada de este Obispo sino su resistencia a la pretensión del de Albarracín D. Martín de Salvatierra, el cual aprovechando la ocasión de la vacante de D. Francisco Sancho se apoderó de cuatro lugares llamados Cuervo, Alovras, Tramacastiel y Tormón, como pertenecientes a su Iglesia, siendo así (añade el Señor Pérez) que siempre habían pertenecido al Arcedianato y Vicariato de Segorbe. Mas los Tribunales Reales inclinados a favorecer a la Iglesia de Albarracín por su pobreza, jamás oyeron la solicitud de la de Segorbe, aun cuando abogaba por ella el mismo que le había disputado este derecho, que fue 

XXXII. D. Martín de Salvatierra, trasladado a esta silla de la de Albarracín a 23 de Marzo de 1583. Era natural de Vitoria en la provincia de Álava; antes de ser promovido al obispado había sido Inquisidor en Valencia, y Promotor fiscal en la Suprema. Celebró en esta ciudad a 30 de Abril de 1586 un sínodo, que no he podido hallar; y al cabo de cinco años fue trasladado al obispado de Ciudad Rodrigo por el mismo Papa Gregorio XIII a 15 de Mayo de 1591. Hallóse en las cortes que celebró en Monzón Felipe II el año 1584. Fue muy celoso en defender las rentas, señaladamente de las fábricas. Con igual ardor disputó al Cabildo ciertos derechos, de que se originaron muchos pleitos. Parece haber permitido Dios estas inquietudes para que campease más el glorioso pontificado del grande Obispo 

XXXIII. D. Juan Bautista Pérez, de cuyos escritos y hechos anteriores hablaré otro día de propósito, ya que he tenido la suerte de reconocer gran parte de sus MSS. Hoy, por no interrumpir el catálogo comenzado, me contentaré con referir brevemente algunas memorias de su tiempo. No consta el año en que nació este Prelado; pero sí que nació en Valencia, y fue bautizado en la Parroquia de Santa Catarina. Sus grandes talentos le hicieron estimable al Arzobispo D. Martín de Ayala, y le merecieron la elección que de él hizo el Cardenal Quiroga para que trabajase en la colección de los Concilios de España, y asistiese como secretario al que celebró en Toledo el año 1583. Era ya entonces canónigo de aquella Iglesia; y lo fue hasta que en 1591, a 21 de Noviembre, 

le nombró el Papa Inocencio IX para el obispado de Segorbe, cuya posesión tomó por su procurador el Arcediano de Alpuente D. Melchor Ocaña a 20 (en su testamento dice a 21) de Febrero de 1592. Consagrado por el Cardenal, vino a su diócesis a 21 de Marzo siguiente. Halló a su esposa lastimada con los pleitos de quince años, que había producido la dicha erección de cuatro canonicatos, y la institución de la masa común canonical: ambos artículos mandados por Gregorio XIII y de difícil ejecución. Mas la prudencia y doctrina del nuevo Prelado allanaron todos los estorbos: tuvo el gozo de ver verificadas ambas cosas, y aprobadas por Clemente VIII a 1.° de Noviembre de 1593. No contribuyó poco a reconciliar y preparar los ánimos para esta, que a algunos parecería mudanza dañosa, el sínodo que celebró en 28 de Octubre de 1592. Dos veces visitó su Iglesia Catedral, es a saber, en el dicho año y en 1596. Los libros que acerca de esto se conservan en el archivo, están descubriendo su incansable solicitud en desenterrar todas las instituciones (página borrosa), patronatos, cargas y dotaciones de los beneficios, y cuanto concierne al régimen de una Iglesia. Igual diligencia aplicó en los beneficios de toda la diócesis. Habla en su testamento de estos libros, que legó al archivo episcopal, como también el episcopologio de esta Iglesia. Así, dedicándose a ilustrar las antiguas memorias de su Iglesia, cumplía con la conservación de ellas, tan recomendada a los Obispos por S. Carlos Borromeo, mayormente en lo que toca a los hechos y providencias gubernativas de los Prelados anteriores (a). (a) “Episcopus id quod ab initio nascentis Ecclesiae institutum fuit, ut rerum episcopalium studio curaque gestarum monimenta existerent, conquiri diligentissime curet; tum singulorum episcoporum, qui praecesserunt, nomina, genus, et pastorales eorundem actiones. Quae omnia litteris consignatis, ordineque conscr¡pta in librum certum referri curet, ut eorum memoria conservetur: et quae ab eodem acta vel instituta sunt, ad aliquam ecclesiasticae disciplinae normam perpetuo usul esse possint, atque adjumento in illam Ecclesiam bene gerendam.” (Act. Eccl. Mediolan. lib. V de episcopalibus gestis memoria commendandis núm. 12.)

A esta guerra jurada contra el ocio, y a la suma parsimonia con que se trataba, se siguieron vehementes dolores de estómago, que al cabo dieron fin a su preciosa vida en Valencia, adonde había ido a convalecer. Murió en la alquería vecina al convento de Jesús, extramuros de dicha ciudad, que era de Antonio Pau Font, el día 8 de Noviembre de 1597 a los sesenta años de su edad, y sexto de su obispado. Enviaré copia de su testamento para excusarme de contar el fondo de su caridad, celo y otras virtudes. Enriqueció esta Iglesia con su copiosa biblioteca y muchos MSS., que bastan ellos solos para hacerla insigne y conocida en la Europa. Asistióle en su muerte, y díjole la recomendación del alma el B. Juan de Ribera. Su cuerpo se trasladó luego a Segorbe, y yace en la sepultura de los Obispos. Sucedióle

XXXIV. D. Feliciano de Figuereo, natural de Bornos, diócesis de Sevilla, secretario de dicho B. Ribera, y chantre y canónigo de Valencia. Tomó posesión a 28 de Abril de 1599. Recibió en esta ciudad al Rey Felipe III, que pasaba a la de Zaragoza después de celebrar sus bodas en Valencia con Doña Margarita de Austria. En los diez años que le duró el gobierno de esta silla, le llevó la primera atención la salud espiritual de los moriscos que recientemente habían vuelto como perros al vómito. Con este objeto fundó nuevas Iglesias parroquiales, dividió algunas de las unidas; y como para su dotación le fuese preciso echar mano de algunas rentas de la matriz, se originaron de ello algunas contestaciones, que puestas al fin en manos del B. Ribera no pudieron impedir lo establecido a favor de los nuevos cristianos. Otros litigios se suscitaron con el Cabildo, tantos y de tanta entidad, que no pudiendo este ilustre cuerpo sufrir tan pesada carga, pidió al Rey que intimase a su Prelado la concordia tan deseada. A la menor insinuación del Rey renunció el Obispo a todos los pleitos, y junto con su Cabildo cantó solemnemente el Te Deum por la paz. Acción digna de un Prelado que supo ceder, templando su natural fuerte para evitar mayores daños. Fue esto hacia el año 1607. Desde Octubre del siguiente hasta el próximo Marzo se celebró en Valencia una congregación, en que se establecieron nuevas ordinaciones para los moriscos. Asistió a ella nuestro Obispo con los de Tortosa y Orihuela, y uno de los Inquisidores. Poco más sobrevivió; al emprender su visita murió en Chelva a 25 de Julio de 1609, sesenta y ocho de su edad. Su cuerpo se trasladó poco después a esta Catedral. Este Prelado dio principio al convento de San Martín de religiosas en esta ciudad, donde dicen hubo una ermita del Santo construida por el Rey D. Martín de Aragón. Concluyó esta fundación su sucesor

XXXV. D. Pedro Ginés de Casanova, que de Vicario general de Valencia, donde había nacido el año 1555, fue promovido a esta silla por Paulo V a fines de 1609. Gobernóla con mucha paz hasta 27 de Marzo de 1635 en que murió. Yace su cuerpo en el dicho monasterio, que concluyó y dotó liberalísimamente a 14 de Enero de 1613, plantando en él la observancia religiosa que en nuestros días ha llegado a su perfección, permaneciendo sujeto al Ordinario. Trajo para fundadoras cinco religiosas del convento de Santa Úrsula de Valencia; visten el hábito de San Agustín, y viven bajo la regla de Santa Teresa. La Iglesia del convento es obra de este Prelado, construida con tanta inteligencia como prontitud. De ella, y más de sus pinturas muy buenas, habla Ponz en su viaje (Tomo IV. Carta VII. n. 38.). No fue este el único objeto del celo y amor de nuestro Obispo. Era liberal sobre manera, socorría francamente a los pobres, a quienes trataba y oía con mansedumbre y amor de padre. Visitó cuatro veces la diócesis por sí o por visitadores. Celebró un sínodo en Segorbe por el mes de Noviembre de 1611, el cual se imprimió de allí a dos años en Valencia por Crisóstomo Garriz. Algunas ocurrencias hubo en su tiempo, en que parece haber favorecido declaradamente los derechos del nuevo Duque de Segorbe Don Enrique de Cardona. Cosa que indispuso los ánimos de algunos, y enturbió en cierta manera los días alegres de su pontificado. Murió muy viejo, generalmente fue de todos sentida su falta, mucho más que la del sucesor 

XXXVI. D. Juan Bautista Pellicer, Canónigo de Valencia, promovido a esta Iglesia por Urbano VIII a 18 de Febrero de 1636, y muerto a 22 de Diciembre de 1638. Gobierno corto, lleno de contestaciones con su Cabildo, por ser hombre de conciencia tímida y de aprehensión inflexible, según le pinta Villagrasa; aunque en lo demás era virtuosísimo y de ejemplo singular. Su cuerpo le llevaron a la sepultura de su familia en la parroquia de Santa Cruz de Valencia. 

XXXVII. D. Fr. Diego Serrano, natural de Chillón, diócesis de Córdoba, y Religioso de la orden de la Merced, fue trasladado a esta silla de la de Solsona por el Papa Urbano VIII a 30 de Mayo de 1639. Pasáronle después a la de Guadix, donde murió a su llegada en el año de 1652. Su cuerpo se depositó en el convento de su orden de Granada, y sobre el sepulcro dicen que mandó grabar este modesto y sencillo epitafio: Aquí yace un Obispo, hijo de esta casa. En los trece años que gobernó esta diócesis, conservó reformado el Clero, y mostró en su persona la moderación de simple religioso. A mi juicio nada descubre mejor su sinceridad y celo por el bien de sus ovejas, que el Sínodo que celebró por el mes de Junio de 1644. Le he visto impreso en Valencia en 8.° por Bernardo Nogués el año siguiente. De él diré algo otro día. Hizo varias donaciones a su Iglesia, fundó en ella algunos ejercicios piadosos, de los cuales he visto todavía en práctica el solemne rosario que se reza todos los Domingos después de completas por quince eclesiásticos con capas pluviales. En la peste que afligió este reino el año 1648 estuvo pronto a sacrificarse como buen pastor: sobre no abandonar la ciudad, expendió grandes sumas e hizo otros esfuerzos para consuelo de los enfermos y precaución de los sanos. Dos veces visitó por sí mismo el obispado y tercera por medio de un visitador. En el santuario de la Cueva santa mandó labrar la capilla nueva, fundando en ella dos capellanías. Otras muchas cosas refiere del tiempo de su prelacía Villagrasa, que le conoció y trató como su Vicario general. Más brevemente habló este escritor, y creo que con justo motivo de las cosas del sucesor 

XXXVIII. D. Fr. Francisco Gabaldá (o Gavaldá, pone Gabalda), natural de Cabanes, pueblo de este reino. Era General de la orden de S. jerónimo cuando fue elevado a esta silla en 14 de Octubre de 1652. Llamado a Valencia al cabo de ocho años para asistir a la consagración del Obispo de Orihuela D. Fr. Acasio March, murió día 19 de Mayo de 1660 en el convento de S. Miguel de los Reyes, donde había recibido el hábito. Dicen que este Prelado muy sabio para las escuelas, no lo fue tanto para el gobierno prudente y pacífico que exige la dignidad episcopal. En él se acaban las memorias publicadas de los Obispos Segobricenses. De los restantes insinuaré lo que resulta de los documentos de este archivo: gracias al ilustrado celo del actual Prelado y de algunos doctos individuos de este Cabildo. Prosiguiendo pues nuestro catálogo, al difunto Obispo sucedió

XXXIX. D. Fr. Atanasio Vives de Rocamora, natural de Orihuela, Carmelita calzado. Había sido ya Provincial en la corona de Aragón, cuando a presentación de Felipe IV fue promovido a esta silla por el Papa Alexandro VII a 30 de Mayo de 1661, de la cual tomó posesión a 19 del Agosto siguiente. Quedan de su gobierno vestigios que honran su nombre. Construyó a sus expensas el atrio y portada de la Catedral. Llevado más del celo pastoral que del afecto al hábito que había vestido, protegió la nueva fundación de Carmelitas descalzas de la villa de Caudiel. Los sobrinos de D. Pedro Miralles, fundador de aquella casa, pretendían para sí su patronato y administración. Previendo el Prelado los daños que de esto pudieran seguirse, se opuso a esta pretensión, logrando que quedase todo a cargo del Obispo. Concluida la fábrica del convento, tuvo el gozo de recibir las religiosas fundadoras que venían del de Santa Teresa de Zaragoza, y darles posesión de la nueva casa a 21 de Octubre de 1671. Débele también esta diócesis además de sus visitas, la celebración de un Sínodo, que así por ser el último de los de esta Iglesia, como por la claridad y buen orden de sus decisiones, es el que rige hoy día. Túvose a 12 de Abril de 1668, y se imprimió en Valencia por jerónimo Villagrasa el año siguiente en 4.° Renunció la mitra el año de 1672, y se retiró al convento de su orden en la villa de Onda, dejándole la tercera parte de sus frutos, y lo restante a la Catedral. Muerto en 1674 fueron trasladados sus huesos a esta Iglesia a 7 de Junio del año siguiente, y depositados en una capilla que había erigido, dedicada a nuestra Señora del Carmen, donde el actual Prelado ha construido el altar de S. Lorenzo. Las exequias que le mandó celebrar el Cabildo y los servicios que le hizo durante su enfermedad en Onda, mostraron bien el amor que le profesaban, y su reconocimiento al celo, beneficencia, y otras prendas de aquel digno Prelado. Fue su sucesor 

XL. D. Fr. Josef Sanchís, natural de Valencia, y bautizado en la Parroquia de los Santos Joanes a 19 de Diciembre de 1622. Entró en la orden de nuestra Señora de la Merced en 17 de Septiembre de 1636, y profesó dos años después. Estudió en Salamanca, recibió los grados de maestro en artes y doctor de teología en la Universidad de Valencia, donde obtuvo cátedra de filosofía. Fue electo Provincial de Valencia en el convento del Puig a 25 de Abril de 1659, y en 18 Octubre de 1664 General de toda su orden: concluido este oficio la Reina madre de Carlos II le promovió al obispado de Ampuria en Cerdeña; pero antes de pasar allá fue trasladado al de Segorbe, del cual tomó posesión a 18 de Septiembre de 1673. Al cabo de seis años, en 6 de Marzo de 1679, fue promovido a la metropolitana de Tarragona, donde murió a 26 de Marzo de 1694. Dejó este Prelado ilustres monumentos de su piedad y magnificencia.

XLI. D. Crisóstomo Royo de Castelví (Castellví), natural de Valencia, y Pavordre en aquella Universidad por espacio de veinte y ocho años, a los cincuenta y uno de su edad fue elevado a esta silla, de que tomó posesión a 11 de Marzo de 1680. Fue pacífico; consultando con el verdadero carácter de su dignidad más que con las etiquetas de un decoro a veces mal entendido, hizo varias concordias con su Cabildo sobre el acompañamiento y ceremonias que se debían guardar cuando el Prelado baja a la Catedral y en otros actos. En correspondencia debió al Cabildo en el año 1691 las más vivas demostraciones de piedad para implorar el restablecimiento de su salud. Mas llegada su hora murió ese año a 3 de Julio. Sucedióle

XLII. D. Antonio Ferrer y Milán, natural de Valencia: tomó posesión de esta silla a 16 de Marzo de 1692. En tiempo de este Prelado se renovó el presbiterio de la Catedral,  quedando el altar mayor como lo había construido su antecesor D. Fr. Gilaberto Martí. Resplandecieron sus virtudes pastorales en las guerras llamadas de sucesión. A pesar de las revueltas y males de aquellos tiempos, nacidos más de la discordia civil que del furor de los ejércitos, supo conservar la capital y toda la diócesis en paz y obediencia. Prueba de esto es el asilo que buscaron en ella las veinte y cuatro religiosas de mi orden de Villa-Real, arrancadas de su convento por el estrépito de las armas. Dispuso el Prelado que saliesen a recibirlas a distancia de una legua el Cabildo, el Ayuntamiento y la Nobleza de Segorbe, que las condujeron al monasterio de S. Martín, donde saliendo cuatro días después, y visitando la Catedral y sus reliquias y el convento de Dominicos, pasaron con el mismo acompañamiento al de Carmelitas descalzas de Caudiel; de las cuales se separaron con lágrimas para volver al suyo seis meses después a 5 de Septiembre de 1706. Poco sobrevivió el Prelado a esta época: pues murió a 29 de Octubre de 1707. Sucedióle

XLIII. D. Rodrigo Marín y Rubio, natural de la villa de Tíxola, diócesis de Almería

Había sido canónigo lectoral de aquella Iglesia, magistral y maestreescuela de la de Granada, catedrático de prima, y dos veces rector de la Universidad de la misma ciudad, y visitador general de su arzobispado, predicador y capellán de honor del Rey. De su prelacía sólo sabemos que la sirvió desde 16 de Diciembre de 1708, a los cuarenta y nueve años de su edad, hasta 28 de Mayo de 1714 en que fue trasladado a Jaén. Tan escasa es la memoria que queda de su sucesor

XLIV. D. Diego Muñoz Baquerizo, natural de Pinto junto a Madrid, colegial mayor de Cuenca en Salamanca, e Inquisidor de Cataluña, Navarra, Murcia y Valencia. Fue promovido a esta silla en 1714 a los cuarenta y nueve de su edad: tomó posesión a 25 de Octubre del mismo año: visitó la Catedral, y murió a 19 de Noviembre de 1730. Ninguna memoria suya se conserva.

XLV. D. Francisco Zepeda y Guerrero, natural de Cádiz, canónigo de aquella Iglesia, visitador y examinador sinodal de su obispado, fue electo Obispo de Segorbe en 1731, tomó posesión a 25 de Febrero del siguiente. Por su devoción a Santa Teresa de Jesús estableció y dotó su fiesta en el convento de religiosas de Caudiel; y también en el de S. Martín de esta ciudad, donde además fundó la capellanía para el confesor ordinario. Esto sabemos de su gobierno, que duró diez y seis años y medio; muriendo a 24 de Septiembre de 1748.

XLVI. D. Francisco Quartero y Lumbreras, natural de Tabuenca, diócesis de Tarazona, tomó posesión de esta silla a 9 de Marzo de 1749; y su pronta muerte, acaecida en 20 de Febrero de 1751, impidió que continuara las pruebas que había empezado a dar de su actividad y celo. Había sido colegial en el de Aragón, y en el Mayor de S. Ildefonso de Alcalá, catedrático en aquella Universidad, confesor en la Encarnación de Madrid, canónigo penitenciario de la Iglesia de León, examinador, visitador y gobernador de su obispado.

XLVII. D. Pedro Fernández de Velarde tomó posesión en 16 de Agosto de 1751, y murió de allí a seis años a los sesenta y siete de edad el día 9 de Octubre. Falta su retrato en el aula capitular, y sólo sabemos de él que era natural de Cortes, diócesis de Salamanca, y dignidad de maestreescuela de aquella Iglesia. Algunas memorias quedan aún de su genio nimiamente bondadoso. En el mismo año 1757 fue promovido a esta silla y tomó posesión de ella a 28 de Abril del siguiente 

XLVIII. D. Fr. Blas de Arganda, en el siglo Roldán, monje jerónimo, natural de la villa de Arganda. Había sido tres veces Prior del Real monasterio de S. Lorenzo y General de toda su orden. Fue prelado liberal con esta Iglesia, y con casi todas las de la diócesis: a la primera regaló una alfombra magnífica. Comenzó a destinar para seminario clerical la casa de los expulsos Jesuitas, fundando en él algunas becas. Pero habiendo muerto en 6 de Abril de 1770, no pudo ver cumplida esta grande obra, que estaba reservada para su sucesor

XLIX. D. Fr. Alonso Cano, natural de la Mota del cuervo, Trinitario calzado, de gusto y finura en las buenas letras. Tuvo varios cargos honrosos en su orden, fue calificador de la Suprema, censor de libros, y académico de la Historia. Fue electo Obispo en 22 de Junio de 1770, y tomó posesión de esta silla en 27 de Octubre del mismo año. Su primer cuidado fue la erección del Seminario conciliar, paso muy aventajado para la reforma del clero: suyas son las constituciones, el plan de estudios, y del gobierno interior en lo espiritual y temporal: mejoró y aumentó sus fincas, obteniendo privilegios de amortización, y socorriéndole con crecidas sumas en sus urgencias. Fue exacto en la observancia de los cánones sobre dispensas de proclamas, y no llevar derechos en las órdenes y licencias: alivió los gastos en las visitas de la diócesis, estando pronto a mantenerse a sus expensas si se lo hubiera permitido la generosidad del clero. Cooperó a las fábricas de varias Iglesias, y a que se hiciesen según el gusto de la sólida y sencilla arquitectura. Cuidó mucho de las religiosas de Caudiel, a quienes regaló libros, y les dejó fundadas dos fiestas. En ellas y en las que se celebraban en esta ciudad, manifestó cuanto deseaba promover la sólida devoción (a). 

(a) Copiaré acerca de esto las palabras del P. Fr. Manuel Denche, Trinitario calzado, en su oración fúnebre. “Reconoció (dice) ciertas festividades de los Santos, que llamaban de las calles, y se estremeció en su reconocimiento; porque halló que por un concepto equivocado de la verdadera piedad, o engañados de una falsa idea del culto verdadero, en estas profanidades de danzas, comedias, corridas de toros, y otras semejantes, se malograban no menos que noventa y seis días de cada año; y en ellas se daba fomento a la desenvoltura, ocasión a contiendas peligrosas, motivo a los alborotos arriesgados; y embebidos en estos abusos lastimosos y malogros lamentables del tiempo, los miserables se hacían más infelices, y crecía insensiblemente el descuido de las haciendas y el abandono de las familias, principio y raíz de muchos males. Abominó estas festividades, realmente profanas, aunque disimuladas con el pretexto de piedad... y en una carta circular llena de doctrina santa y de celo sagrado las prohibió con autoridad episcopal, y bajo de graves penas, mezclando en esta pastoral algunos rasgos y expresiones de indignación y de fuego, bien semejantes a las otras con que prohibió San Pedro Crisólogo los juegos que se hacían en Rávena en las calendas de Enero.” 

Fue muy limitado en sus gastos por socorrer a los pobres: promovió la agricultura, fomentando el plantío de olivos, y pagando tres o cuatro reales por cada uno que se plantase de nuevo: estableció en varios pueblos escuelas de primeras letras, y las puso bajo la protección real: formalizó y condujo el plan beneficial de la catedral y del obispado; y formó una biblioteca episcopal pública, que acredita su buen gusto y el deseo de la instrucción que quería fomentar en la capital y diócesis. Murió este gran Prelado en 7 de Abril de 1780 a los sesenta y nueve de su edad, dejando un nombre correspondiente a sus talentos, virtud y celo. Escribió un método de estudios monásticos, una disertación sobre la cabaña real, o ganados trashumantes, la topografía de Argel, y otros papeles eruditos.

L. D. Fr. Lorenzo Lay y Anzano, natural de Huesca, religioso dominico, trasladado del obispado de Albarracín, tomó posesión de este en 4 de Marzo de 1781. Su temprana muerte, ocurrida en 14 de Julio del mismo año a los sesenta y cuatro de su edad, privó a esta diócesis de las esperanzas que tenía fundadas en su buen talento y su distinguida carrera en la Universidad de Huesca, y en el gobierno acertado y pacífico de la diócesis de Albarracín. Sucedióle el actual Prelado 

LI. D. Lorenzo Gómez de Haedo. Nació en el Valle de Carranza del Señorío de Vizcaya, diócesis de Santander, a 23 de Octubre de 1737. Cursó el derecho canónico en Alcalá, y concluidos sus estudios, mereció la doctoral de Burgos, a pesar de sus pocos años, que no llegaban a los veinte y tres. A los treinta y seis de su edad le nombró el Rey Auditor de la Rota española, que se erigió en 1773, de donde siendo su decano fue promovido al cabo de once años a esta silla, cuya posesión tomó a 3 de Marzo de 1784, habiendo sido consagrado en Madrid a 1.° de Febrero del mismo año. Con la larga vacante habían nacido en el Seminario conciliar con menoscabo de su opinión varios partidos, en que tomaron interés muchos del pueblo, y aun algunos capitulares. Buena ocasión para que descubriera el nuevo Prelado su talento pacificador, su doctrina y su caridad. Adquirió a esta casa nuevas fincas, y mejoró las antiguas, dando sumas cuantiosas para que no decayese el decoro de un establecimiento, que siempre debe merecer el amor y celo episcopal. Mejoró el plan de estudios, con lo cual y con el esmero de la educación, ha logrado ya servirse para ministros de las Iglesias de los mismos que como tiernas plantas crecieron bajo su dirección. Después de esto volvió toda su atención a la Iglesia catedral, cuya fábrica y escasa dotación de sus beneficiados no podía ver con ojos serenos. Hizo una visita en que no dejó que desear a los sucesores acerca de las reducciones de misas, liquidación de obligaciones, dotación de ministros, y otras cosas pertenecientes al gobierno interior, aprovechándose de la buena armonía con su cabildo para que este ilustre cuerpo aplicase algunos fondos de su mensa a la congrua de los beneficiados. No le halló menos pronto a gastar gruesas cantidades para la renovación de la catedral de que ya hablé en mis cartas anteriores: edificio hermoso, fruto de una paz larga, que formará época en esta Iglesia. No son menos deudoras a su largueza las religiosas de esta ciudad y las de Caudiel, donde estableció y mantiene la vida común, supliendo frecuentemente lo que falta para su total asistencia. En el convento de Caudiel ha costeado los reparos del edificio, la sillería del coro, rejas, tribunas, sacristía, pisos y conductos de agua, mejorando la heredad que llaman de Pina, dándoles anualmente con que cubrir el atraso de cuatrocientos pesos, que hubieran padecido en cada uno de los diez años últimos. Ha contribuido también a la mejora de la enseñanza de primeras letras, erigiendo nuevas escuelas y aumentando la dotación escasa de los antiguos maestros: ha tomado bajo su protección a los expósitos y a los enfermos, porción la más acreedora a la beneficencia. Es de mucha edificación su humanidad y llaneza, especialmente con los pobres, a quienes socorre a manos llenas, y también su amor a la paz y su tino y prudencia en establecerla. Pocas diócesis de España podrán lisonjearse de lo que veo aquí, y es, que en los veinte años de esta prelacía, no se ha conocido el uso de los procesos criminales. Otras memorias de este pontificado contará la posteridad en los fastos de esta Iglesia, como el tiempo de la caridad, de la ilustración y de la paz y armonía tan conforme al espíritu del evangelio. 

Dios te guarde muchos años. Segorbe &c. 

Anales de Cataluña, Narciso Feliu de la Peña y Farell (Index)

(Nota del editor : Se corrige parcialmente la ortografía en castellano.)  Imagen: Biblioteca de Catalunya. Llibres Pere Borrás: MCMXIX: D. V...