Llengua valenciana, petissió a Change.org

La franja del meu cul, parodia de la Franja de Ponent, que es de Llevant, territori de Aragó. Idiotes catalanistes, franchistes.
Llengua valenciana, petissió a Change.org

El archivero acomplejado que intentó reescribir la historia de Cataluña para igualarla al Reino de Aragón.
También su hijo Manuel Bofarull Sartorio continuó con la imbecilidad del padre.
PUBLICADA DE REAL ORDEN
POR
SU ARCHIVERO,
D. MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO.
TOMO XXVII.
OPÚSCULOS INÉDITOS DEL CRONISTA CATALÁN
PEDRO MIGUEL CARBONELL,
ILUSTRADOS Y PRECEDIDOS DE SU BIOGRAFÍA DOCUMENTADA
POR
D. MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO,
ARCHIVERO DEL GENERAL DE LA CORONA DE ARAGÓN, SOCIO CORRESPONDIENTE DE LA REAL ACADEMIA DE LA HISTORIA, DE NÚMERO DE LA DE BUENAS LETRAS DE BARCELONA Y DE OTRAS CORPORACIONES LITERARIAS.
TOMO I.
BARCELONA.
EN LA IMPRENTA DEL ARCHIVO.
1864.
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Que no vos enganye el pancatalanisme, en llengua valenciana es VIXCA y no "visca".
Pd: Esta obreta es del Sigle XIX.
...
Lo qu' el cuadro requerix!
¡Tot es goig, tot alegria
Tot plaher!,... qui no ho ha vist,
Ni en ensomni tan sixquera
Seu pot pensar: ja está dit.
¡Vixca Sant Vicent Ferrer!
¡Vixca Valencia y sons fills!
Os dirán que antes de 1238 no había ni valencianos, aunque de mucho antes hubo hasta príncipe musulmán apodado así.

Gandía.
N.° 1023 ✞ Gandia. Capitols fets y fermats entre Parts del molt Illustre Capitol y Señors Canonges de la Santa Metropolitana Iglesia de Valencia de una, y la Ciutat de Gandia, y Llocs de Beniarjó, Real, Benipeixcar, Berreguart, Almoynes, Beniopa, Xaraco, Xereza, Benirredrá, Miramar y Daimus, que son els Pobles del districte del Delmari de dita Ciutat, y Llocs de altra, sobre el modo y forma de pagar lo Delme de tots los fruits de la desadita (dessusdita) Ciutat, Llocs y Delmari, los quals son los siguients.
2 hojas a 29 líneas. - Papel 0,310 alto X 0,210 ancho: caja escritura 0,270 X 0,104. - Letra S. XVIII.
Título. - Texto (trece capítulos). - Nota.
(Fragmento del Catálogo de manuscritos)
//
Carlos Rallo Badet: veus les y griegues y la ñ an este texto valensiá?
No pergues tan tems per les rets sossials y llich una mica, que te fa falta, cabestro lobotomisat. Lo mateix per a tots los catalanistes y totes les catalanistes, sobre tot los de Aragó y Valensia.
XIII.
Carta del cabildo de Valencia al de Tarragona pidiendo informe de lo que se debía hacer en el concilio provincial convocado por su Arzobispo D. Martín de Ayala, año 1565. (Vid. pág. 26.)
Copiada del original en el archivo de la S. M. I. de Tarragona.
Illes. y molt Rts. Señors.
Lo Illm. Señor Arquebisbe nostre Prelat Insegint los decrets del Sacro Concili Tridenti, y per lo be universal de tota sa metropoli, ha delliberat celebrar Concili provincial en esta Santa Iglesia mayor de Valencia, y per son edits aseñalat lo dia del benaventurat Sant Lluch primer vinent pera principiar dit Concili, y com sia negoci de gran calitat, y que en nostre temps no haiam vist altre, ni en nostres archius sen troba vestigi per lo qual nos puguessem guiar; Ab lo desitg que tenim questos negocis se facen ab lo cumplimen ques rao, y ab descarrech dest capitol, y ab tota igualtat de les persones que yan dentrevenir, de tal manera que nostre Señor Deu ne reste servit, conforme ala intencio de nostre Prelat, y nostra, que tots tenim un fi; Recordannos que esta Iglesia antigament era sufraganea a exa Santa Iglesia de Tarragona, de la qual tenim moltes coses principals, y dignes de memoria, nos ha paregut escriure la present a Vs. ms., y supplicarlos nos façen merce en volernos trametre ab la promtitut que est negoci requereix tot lo orde, y descurs que sea tengut en exa Santa Iglesia en el ultim sinodo provincial (leo provinvial) que en ella sea celebrat; Axi en lo modo de la convocacio, com en les persones convocades, y precedencies de aquelles, y finalment nos fará saber lo discurs de dit Concili en tot lo que se nos podra notificar, y com estigam molt confiats se nos fara tota merce com servirém nosaltres a Vs. ms. en quan nos voldra manar. No dire mes de que nostre Señor les Illes. y molt Rts. persones de Vs. ms. guarde, y estat aumente com per aquells desitjat. De Valencia a 25 de agost de 1565. = De Vs. ms. molt certs servidors, que ses mans besen. = Los Canonges y Capitol de la Seu de Valencia. = De manament dels molts Ills. Srs. Canonges y Capitol. =
XIII.
Carta del cabildo de Valencia al de Tarragona pidiendo informe de lo que se debía hacer en el concilio provincial convocado por su Arzobispo D. Martín de Ayala, año 1565. (Vid. pág. 26.)
Copiada del original en el archivo de la S. M. I. de Tarragona.
Illes. y molt Rts. Señors.
Lo Illm. Señor Arquebisbe nostre Prelat Insegint los decrets del Sacro Concili Tridenti, y per lo be universal de tota sa metropoli, ha delliberat celebrar Concili provincial en esta Santa Iglesia mayor de Valencia, y per son edits aseñalat lo dia del benaventurat Sant Lluch primer vinent pera principiar dit Concili, y com sia negoci de gran calitat, y que en nostre temps no haiam vist altre, ni en nostres archius sen troba vestigi per lo qual nos puguessem guiar; Ab lo desitg que tenim questos negocis se facen ab lo cumplimen ques rao, y ab descarrech dest capitol, y ab tota igualtat de les persones que yan dentrevenir, de tal manera que nostre Señor Deu ne reste servit, conforme ala intencio de nostre Prelat, y nostra, que tots tenim un fi; Recordannos que esta Iglesia antigament era sufraganea a exa Santa Iglesia de Tarragona, de la qual tenim moltes coses principals, y dignes de memoria, nos ha paregut escriure la present a Vs. ms., y supplicarlos nos façen merce en volernos trametre ab la promtitut que est negoci requereix tot lo orde, y descurs que sea tengut en exa Santa Iglesia en el ultim sinodo provincial (leo provinvial) que en ella sea celebrat; Axi en lo modo de la convocacio, com en les persones convocades, y precedencies de aquelles, y finalment nos fará saber lo discurs de dit Concili en tot lo que se nos podra notificar, y com estigam molt confiats se nos fara tota merce com servirém nosaltres a Vs. ms. en quan nos voldra manar. No dire mes de que nostre Señor les Illes. y molt Rts. persones de Vs. ms. guarde, y estat aumente com per aquells desitjat. De Valencia a 25 de agost de 1565. = De Vs. ms. molt certs servidors, que ses mans besen. = Los Canonges y Capitol de la Seu de Valencia. = De manament dels molts Ills. Srs. Canonges y Capitol. =
XIII.
Carta del cabildo de Valencia al de Tarragona pidiendo informe de lo que se debía hacer en el concilio provincial convocado por su Arzobispo D. Martín de Ayala, año 1565. (Vid. pág. 26.)
Copiada del original en el archivo de la S. M. I. de Tarragona.
Illes. y molt Rts. Señors.
Lo Illm. Señor Arquebisbe nostre Prelat Insegint los decrets del Sacro Concili Tridenti, y per lo be universal de tota sa metropoli, ha delliberat celebrar Concili provincial en esta Santa Iglesia mayor de Valencia, y per son edits aseñalat lo dia del benaventurat Sant Lluch primer vinent pera principiar dit Concili, y com sia negoci de gran calitat, y que en nostre temps no haiam vist altre, ni en nostres archius sen troba vestigi per lo qual nos puguessem guiar; Ab lo desitg que tenim questos negocis se facen ab lo cumplimen ques rao, y ab descarrech dest capitol, y ab tota igualtat de les persones que yan dentrevenir, de tal manera que nostre Señor Deu ne reste servit, conforme ala intencio de nostre Prelat, y nostra, que tots tenim un fi; Recordannos que esta Iglesia antigament era sufraganea a exa Santa Iglesia de Tarragona, de la qual tenim moltes coses principals, y dignes de memoria, nos ha paregut escriure la present a Vs. ms., y supplicarlos nos façen merce en volernos trametre ab la promtitut que est negoci requereix tot lo orde, y descurs que sea tengut en exa Santa Iglesia en el ultim sinodo provincial (leo provinvial) que en ella sea celebrat; Axi en lo modo de la convocacio, com en les persones convocades, y precedencies de aquelles, y finalment nos fará saber lo discurs de dit Concili en tot lo que se nos podra notificar, y com estigam molt confiats se nos fara tota merce com servirém nosaltres a Vs. ms. en quan nos voldra manar. No dire mes de que nostre Señor les Illes. y molt Rts. persones de Vs. ms. guarde, y estat aumente com per aquells desitjat. De Valencia a 25 de agost de 1565. = De Vs. ms. molt certs servidors, que ses mans besen. = Los Canonges y Capitol de la Seu de Valencia. = De manament dels molts Ills. Srs. Canonges y Capitol. =
Carta que escribió el canónigo de Tortosa Jayme Miró al canónigo de Toledo D.
J. B. Pérez, obispo que después fue de Segorbe (a: Existe original en un tom. fol. de actas y noticias de los SS. de España, que recogió el dicho Señor Pérez, y se guarda en el archivo de la catedral de Segorbe.).
A 20 de Maig me donaren una de Vm. de 25 de Abril, y ab ella tota merçe.
Y puyx es Vm. natural de Valencia, li respondre en nostra llengua, puix lo entendra molt be.
Per tenir yo en carrech la llibreria de esta iglesia per lo capitol de ella, fuy forçat comunicar la de Vm. á estos senyors estant justats per altres negocis, y tots uniformes foren molt contents yo serquas totes les claricies se poguessen haber, y veure axi en la llibreria como en lo archiu, y en les constitucions de esta iglesia, y donas á Vm. relacio del que si trobaria ab tot lo compliment necessari. Y axi serquant en dita llibreria, he trobat en un llibre de lliçons molt antich la vida del glorios Sant Ruph, la qual envie à Vm. de la manera la he trobada scrita en llati, encara que en alguns llochs hi ha alguns periodos no corresponen a la sentencia he intelligencia del que va dient; pero per no llevar y affegir hi mes del quex havia la tramet de ma mia scrita ab la present, como dalt dich. Rebré a merce me avise de la rebuda della.
Tambe so entrat en lo archiu de dita iglesia per veure si se trobarien alguns actes antichs ans que los moros entrassen en Spaña, y no si ha trobat cosa alguna, salvo la conquista feu D. Ramon Berenguer, compte de Barcelona, qui conquista a Tortosa, y trague los moros della en lo any 1148: y conquistada feu venir de França de un monestir estaba en la ribera del Rojne a un Gaufrido qui era abat de dit monestir de canonges reglars del orde de Sant Agosti pera esser bisbe de Tortosa, e axi en lo any 1151 lo Archebisbe de Tarragona lo consagra en presencia de altres bisbes y de dit D. Ramon Berenguer, compte de Barcelona, y li dona dit compte a dit Gaufrido y sos successors los delmes y primicies, y designa los llimits del bisbat.
Y apres dit Gaufrido envia a Roma sa electio y consecratio pera obtenir confirmatio de Adriano quarto, qui tunc presidia en la sede romana; y axi dit Adriano lo confirma ab sa bulla, dada en Benavent 6 cal. Aprilis (a: El original dice XIII cal. Aprilis) anno Incarnationis Domini de 1155 pontificatus anno secundo. E dit Gaufrido poch apres de haber rebut dita confirmatio que fonch en lo any 1158 feu una constitucio que comença: Auctoritate apostolicâ roborati, la qual per esser llarga no insertare sino solament lo essencial della pera alguna claricia del que Vm. me demana. Y diu desta manera: Statuimus e firmamus Nos et sequaces nostros in praefactâ ecclesiâ unanimiter, concorditer et canonicè vivere sub regula Sancti Augustini, et juxta consuetudines ecclesiae Sancti Ruphi, licet sint ibi aliqua singularia quae in Dertusensi ecclesiâ juxta dignitatem suam et loci proprietatem rationabiliter poterunt dispensari. Y tinch per molt averiguat dit Gaufrido porta la historia de la vida de S. Ruph de alla del modo la he trobada, y va ab la present. Y asso es lo que fins al present he pogut trobar. Si altra cosa se descubrira, yo avisare a Vm. Y si en altra cosa hi haura per assi en que yo me puga emplear al servey de Vm. rebre a molt contento mo mane, per que ho fare, com per les obres veura. Y nostre Sr. guarde y prospere a Vm. per molts anys como se desija. Tortosa a 3 de Juny 1591. = Lo canonge Jaume Miró. = En el sobrescrito dice así: A mestre Joan Baptista Periz canonge de la santa iglesia de Toledo. = Toledo.
Versión castellana de la carta anterior.
A 20 de Mayo me entregaron una carta de Vm. de 25 de Abril, en la cual recibí merced. Y pues es Vm. natural de Valencia, le responderé en nuestro idioma que lo entenderá bien.
Por tenerme encargada el cabildo de esta iglesia su librería, me vi obligado a dar cuenta de la de Vm. a estos señores, hallándose congregados para otros negocios, los quales con mucha satisfacción suya acordaron que buscase yo quanto pueda aclarar
este punto, examinando los documentos de la librería y del archivo y las constituciones de esta iglesia, para dar a Vm. razón cumplida de quanto se encuentre. Escudriñando pues la librería, he hallado en un leccionario muy antiguo la vida del glorioso S. Rufo, que envío a Vm. tal cual ha venido a mis manos escrita en latín, aunque en algunos lugares hay períodos cuyo sentido no corresponde al contexto; mas por no añadir ni quitar, la remito adjunta como he dicho, copiada de mi mano. Estimaré a Vm. me avise su recibo.
He entrado también en el archivo de la iglesia a ver si daría con algunas actas antiguas anteriores a la entrada de los moros en España, y nada hallo sino la conquista hecha por D. Ramón Berenguer, conde de Barcelona, que ganó a Tortosa y lanzó de ella a los moros el año 1148, y conquistada hizo venir de Francia de un monasterio de canónigos reglares, de la orden de San Agustín, que estaba a las orillas del Ródano, a su abad Gaufrido para que fuese obispo de Tortosa: al qual consagró el arzobispo de Tarragona el año 1151 a presencia de otros obispos y del dicho D. Ramón Berenguer, conde de Barcelona, el cual dio a Gaufrido y a sus sucesores los diezmos y primicias, y señaló los límites del obispado. Hecho esto, envió a Roma Gaufrido su elección y consagración para que la confirmase Adriano IV, que ocupaba entonces la silla romana, como en efecto la confirmó en su bula expedida en Benevento VI cal. Aprilis anno Incarnationis Domini 1155 pontificatus anno secundo.
Poco tiempo después de haber recibido Gaufrido esta confirmación, esto es, en el año 1158 hizo una constitución que empieza: Auctoritate apostolicâ roborati, que no inserto toda entera por ser larga; sólo notaré lo esencial de ella para aclarar lo que Vm. me pregunta. Dice así....
Y tengo por muy cierto que dicho Gaufrido trajo de allá la historia de la vida de San Rufo, tal cual la he encontrado y acompaño con esta. Y es quanto hasta ahora he podido encontrar. Sí más descubriere, avisaré a Vm. Y si hay por aquí otra cosa en que pueda yo emplearme en su obsequio de Vm. tendré a gran satisfacción que me mande, pues lo haré como lo acreditarán las obras. Y nuestro Señor guarde y prospere a Vm. por muchos años como se desea. Tortosa a 3 de Junio de 1591. = El canónigo Jayme Miró. = El sobrescrito dice: Al maestro Juan Bautista Pérez, canónigo de la santa iglesia de Toledo.
Carta que escribió el canónigo de Tortosa Jayme Miró al canónigo de Toledo D.
J. B. Pérez, obispo que después fue de Segorbe (a: Existe original en un tom. fol. de actas y noticias de los SS. de España, que recogió el dicho Señor Pérez, y se guarda en el archivo de la catedral de Segorbe.).
A 20 de Maig me donaren una de Vm. de 25 de Abril, y ab ella tota merçe.
Y puyx es Vm. natural de Valencia, li respondre en nostra llengua, puix lo entendra molt be.
Per tenir yo en carrech la llibreria de esta iglesia per lo capitol de ella, fuy forçat comunicar la de Vm. á estos senyors estant justats per altres negocis, y tots uniformes foren molt contents yo serquas totes les claricies se poguessen haber, y veure axi en la llibreria como en lo archiu, y en les constitucions de esta iglesia, y donas á Vm. relacio del que si trobaria ab tot lo compliment necessari. Y axi serquant en dita llibreria, he trobat en un llibre de lliçons molt antich la vida del glorios Sant Ruph, la qual envie à Vm. de la manera la he trobada scrita en llati, encara que en alguns llochs hi ha alguns periodos no corresponen a la sentencia he intelligencia del que va dient; pero per no llevar y affegir hi mes del quex havia la tramet de ma mia scrita ab la present, como dalt dich. Rebré a merce me avise de la rebuda della.
Tambe so entrat en lo archiu de dita iglesia per veure si se trobarien alguns actes antichs ans que los moros entrassen en Spaña, y no si ha trobat cosa alguna, salvo la conquista feu D. Ramon Berenguer, compte de Barcelona, qui conquista a Tortosa, y trague los moros della en lo any 1148: y conquistada feu venir de França de un monestir estaba en la ribera del Rojne a un Gaufrido qui era abat de dit monestir de canonges reglars del orde de Sant Agosti pera esser bisbe de Tortosa, e axi en lo any 1151 lo Archebisbe de Tarragona lo consagra en presencia de altres bisbes y de dit D. Ramon Berenguer, compte de Barcelona, y li dona dit compte a dit Gaufrido y sos successors los delmes y primicies, y designa los llimits del bisbat.
Y apres dit Gaufrido envia a Roma sa electio y consecratio pera obtenir confirmatio de Adriano quarto, qui tunc presidia en la sede romana; y axi dit Adriano lo confirma ab sa bulla, dada en Benavent 6 cal. Aprilis (a: El original dice XIII cal. Aprilis) anno Incarnationis Domini de 1155 pontificatus anno secundo. E dit Gaufrido poch apres de haber rebut dita confirmatio que fonch en lo any 1158 feu una constitucio que comença: Auctoritate apostolicâ roborati, la qual per esser llarga no insertare sino solament lo essencial della pera alguna claricia del que Vm. me demana. Y diu desta manera: Statuimus e firmamus Nos et sequaces nostros in praefactâ ecclesiâ unanimiter, concorditer et canonicè vivere sub regula Sancti Augustini, et juxta consuetudines ecclesiae Sancti Ruphi, licet sint ibi aliqua singularia quae in Dertusensi ecclesiâ juxta dignitatem suam et loci proprietatem rationabiliter poterunt dispensari. Y tinch per molt averiguat dit Gaufrido porta la historia de la vida de S. Ruph de alla del modo la he trobada, y va ab la present. Y asso es lo que fins al present he pogut trobar. Si altra cosa se descubrira, yo avisare a Vm. Y si en altra cosa hi haura per assi en que yo me puga emplear al servey de Vm. rebre a molt contento mo mane, per que ho fare, com per les obres veura. Y nostre Sr. guarde y prospere a Vm. per molts anys como se desija. Tortosa a 3 de Juny 1591. = Lo canonge Jaume Miró. = En el sobrescrito dice así: A mestre Joan Baptista Periz canonge de la santa iglesia de Toledo. = Toledo.
Versión castellana de la carta anterior.
A 20 de Mayo me entregaron una carta de Vm. de 25 de Abril, en la cual recibí merced. Y pues es Vm. natural de Valencia, le responderé en nuestro idioma que lo entenderá bien.
Por tenerme encargada el cabildo de esta iglesia su librería, me vi obligado a dar cuenta de la de Vm. a estos señores, hallándose congregados para otros negocios, los quales con mucha satisfacción suya acordaron que buscase yo quanto pueda aclarar
este punto, examinando los documentos de la librería y del archivo y las constituciones de esta iglesia, para dar a Vm. razón cumplida de quanto se encuentre. Escudriñando pues la librería, he hallado en un leccionario muy antiguo la vida del glorioso S. Rufo, que envío a Vm. tal cual ha venido a mis manos escrita en latín, aunque en algunos lugares hay períodos cuyo sentido no corresponde al contexto; mas por no añadir ni quitar, la remito adjunta como he dicho, copiada de mi mano. Estimaré a Vm. me avise su recibo.
He entrado también en el archivo de la iglesia a ver si daría con algunas actas antiguas anteriores a la entrada de los moros en España, y nada hallo sino la conquista hecha por D. Ramón Berenguer, conde de Barcelona, que ganó a Tortosa y lanzó de ella a los moros el año 1148, y conquistada hizo venir de Francia de un monasterio de canónigos reglares, de la orden de San Agustín, que estaba a las orillas del Ródano, a su abad Gaufrido para que fuese obispo de Tortosa: al qual consagró el arzobispo de Tarragona el año 1151 a presencia de otros obispos y del dicho D. Ramón Berenguer, conde de Barcelona, el cual dio a Gaufrido y a sus sucesores los diezmos y primicias, y señaló los límites del obispado. Hecho esto, envió a Roma Gaufrido su elección y consagración para que la confirmase Adriano IV, que ocupaba entonces la silla romana, como en efecto la confirmó en su bula expedida en Benevento VI cal. Aprilis anno Incarnationis Domini 1155 pontificatus anno secundo.
Poco tiempo después de haber recibido Gaufrido esta confirmación, esto es, en el año 1158 hizo una constitución que empieza: Auctoritate apostolicâ roborati, que no inserto toda entera por ser larga; sólo notaré lo esencial de ella para aclarar lo que Vm. me pregunta. Dice así....
Y tengo por muy cierto que dicho Gaufrido trajo de allá la historia de la vida de San Rufo, tal cual la he encontrado y acompaño con esta. Y es quanto hasta ahora he podido encontrar. Sí más descubriere, avisaré a Vm. Y si hay por aquí otra cosa en que pueda yo emplearme en su obsequio de Vm. tendré a gran satisfacción que me mande, pues lo haré como lo acreditarán las obras. Y nuestro Señor guarde y prospere a Vm. por muchos años como se desea. Tortosa a 3 de Junio de 1591. = El canónigo Jayme Miró. = El sobrescrito dice: Al maestro Juan Bautista Pérez, canónigo de la santa iglesia de Toledo.
CARTA XXXIII.
Noticia de algunos códices MSS. y libros raros de Valencia.
Mi querido hermano: Por aprovechar los pocos días que me detuve en Valencia disponiendo el viaje a Tortosa, me dediqué a examinar algunos códices MSS. de la biblioteca de mi convento de Predicadores. Es este un buen depósito de curiosidades literarias y tipográficas, de las cuales diré algo mientras se prepara otra cosa.
Lo primero que me vino a mano fue un códice en fol. menor escrito en buen papel, que contiene las historias publicadas hasta ahora del arzobispo D. Rodrigo Ximénez, es a saber: Historia rerum Hispaniae, entera, sin distinción de libros, pero sí de capítulos. = Historia romanorum, completa. = Historia hugnorum, vandalorum, suevorum, alanorum, et silingorum. = Historia ostogothorum, seguida a la antecedente, que es su propio lugar. = Historia Machometi, (Mahoma, Mohammad, etc) solos los seis capítulos primeros hasta la muerte de aquel impostor. Bien sé que se hallan en otras partes varios códices de aquellas obras; mas este tiene el mérito de ser sin disputa muy cercano a la muerte de su autor, como lo demuestra el carácter, que es del siglo XIII. Además su lectura es preferible en muchos lugares al texto que eligió Escoto (Hisp. illustr. tom. 2.), como lo puedes ver cotejando con el impreso las siguientes palabras que copié de este códice, y son del fin de la Historia romanorum. Dice así: Caesar itaque bellis civilibus IIII. annis in Ispaniam gestis, Romam reddiit, in isto redditu à senatoribus occidendus: et Ispania flebilis remansit omnium transeuntium pedibus conculcata, et variorum praesidum tyranide lacerata. Otra muestra de lo que digo es el prólogo a la historia de Mahoma, que en el MS. es como se sigue:
"Prologus in historia Machometi.
Quia calamitatum acervus et gravissima in Ispaniâ dispendia quae fuerit perpessa, in superioribus ut licuit explicavi; nunc de excidiis arabum, quae utinam sint postrema, à quibus nichil fuit in Ispaniis intemptatum, finem imponere dignum duxi; si divina potentia velit à gladiatorum dissecationibus, custodire eam, quae jam à DXLII annis, et ultra fuit repetito gladio dissecata; nec à filiis evasit viscerum sectionem; imo quinque regibus dispertita ab eis et transfugis ad sarracenos intestini vulneris supplicia non evasit. Verum divina clementia misereatur (f. miserante) à tempore nobilis Alfonsi, qui prope Bilche Amiramominum cum arabibus campestri praelio efugavit, et fuit arabum gladius ebetatus, et gothorum strenuitas restituta, talionis semitas aperuit christianis; et sicut à principio christianos incolas sub tributi onere coegerunt, sic et modò, restitutis munitionibus principibus christianis, degunt in servitute solitam sub tributo. Eorum itaque successiones et tempora volens posteris conservare, eorum exordium à Machometi tempore incoavi, qui eorum sectae fuit conditor et inventor: de ejus origine, praedicatione, et regno, quae relatione fideli, et eorum scripturis ad detegendam gentis illius saevitiam, et versuciam satis breviter explicavi. Advertat autem lector saevitiam versuti hominis Machometi, qui corde finxit virus pestiferum, quo libidinosas animas quasi nexibus colligavit; ut discant parvuli à fabulis abstinere, et colligari de funiculis, et trahi vinculis caritatis,"
Hay que notar además en este MS. que en el prólogo - dedicatoria de la Historia rerum Hispaniae, se halla la particularidad advertida por Nicolás Antonio en el códice que poseía D. Juan Lucas Cortés; y es que el arzobispo D. Rodrigo hablando allí con el santo rey D. Fernando, le dice lo siguiente: Vobis itaque Castellae, et Toleti, Legionis, et Galeciae, Cordubae et LUSITANIAE inclite domine rex Fernande &c. Así se lee en este códice, donde se echan de menos las palabras, Murciae et Gienni (Murcia, Jaén), que se hallan en el de Cortés y en la edición de Escoto. El señor Bayer en las notas a Nicolás Antonio conjetura que en vez de Lusitaniae debe leerse Bastitaniae, aludiendo a Baeza, mayormente hallándose esta palabra entre las de Murciae et Gienni; mas faltando estas, como ya dije, en nuestro códice, queda en pie esta curiosidad y reparo histórico, acerca de lo que quiso indicar con ello el arzobispo D. Rodrigo.
Vi también allí mismo un vol. fol. MS. vit. que contiene las cuatro primeras partidas del rey D. Alonso: está escrito con gran prolijidad y exactitud, y es de principios del siglo XV. Otro casi del mismo tiempo, pero menos suntuoso, de los privilegios concedidos a la ciudad y reino de Valencia, los cuales imprimió después Diego Gumiel en 1515; pero en este códice hay variantes de consideración, como me aseguró el Lr. Ribelles, bibliotecario de dicha casa, que le tenía cotejado con el impreso, noticia que tal vez servirá algún día.
Hallé asimismo un vol. 4.° MS. vit. con este epígrafe: Aquest libre de menescalia ha compilat, e esperimentat lo noble mossen Manuel Diez, senyor de la vila de Andilla.
De este escritor y su libro de Albeitería (albéitar) habló Ximeno Bibl. Valent. t. I. pág. 35.; mas no conoció la edición que en idioma catalán se hizo en Barcelona por Juan Rosembach en el año 1515, la cual vi también en aquella biblioteca, y es traducción hecha de la lengua castellana, en que luego debió traducirse esta obra. Consta con certeza que se escribió originalmente en lemosín, (puta manía de llamar así a la lengua valenciana, con tantos autores anteriores que lo corroboran) como se infiere de este códice ignorado de todos, cuya escritura es de mitad del siglo XV en que floreció su autor: que fuese este su manuscrito original, puede colegirse de esta nota que se halla al principio de él: Dio este libro original de su mismo autor a la librería del convento de Predicadores de Valencia Fr. Vicente Beaumont.
Tan apreciable y aún más que este códice es otro que hay allí en 8.° vit., y contiene la obra intitulada Aurora, que escribió Pedro Riga, cantor y canónigo Remense, hacia los años 1170. El epígrafe de este códice dice así: Incipit biblioteca (biblia) metricè composita à magistro Petro Remense Riga, quam intitulavit Aurora (a).
(a) El prólogo de este libro, y varias excerptas de él pueden verse en la Historia poetarum et poemarum medii aevi (medievo), que publicó Policarpo Leysers Halae Magdeb. 1721. p. 701. 727. Allí mismo pág. 697. 733. se leen los libros de Ester y de Rut puestos en metro por este Pedro de Riga, uno de los escritores que vindican la edad media de la barbarie que se le imputa; sobre lo cual merece leerse la disertación del mismo Leysers De fictam medii aevi barbarie, Helmstad. 1719, y otra que publicó el año próximo De primis theologiae doctoribus è saxonum gente; y aún más el tratado que posteriormente escribió M. G. Lehmanno De leoninis et rhythmicis *superforum temporum scriptis. Mucho pudieran haberse ilustrado estas obras con las ingeniosas y sabias composiciones métricas de nuestros españoles, de que tal vez podremos dar muestra algún día.
Es una paráfrasis de la biblia en dísticos y otros metros. En la Biblioteca latina de Fabricio se podrá ver el aprecio que hacen los eruditos de los códices MSS. de esta obra inédita, que yo sepa. Este de que hablamos tiene la ventaja de ser del siglo XIII, y entre otras cosas notables hallo en el prólogo que el autor se propuso componer en verso todo el Pentateuco, siendo así que en el prólogo que copió Fabricio de otro códice, se lee que sólo se propuso versificar sobre el Génesis.
A esta obra extranjera puede añadirse la noticia de otra,cuyo autor no conozco. Es un códice en 4.° del siglo XIV, que contiene una versión latina de la Ethica Aristotelis, al fin de la cual se lee: Magnifici viri domini Marti... juris utriusque ... ethicorum decimus feliciter explicit. Lo indicado con puntos está raído de propósito y con gran prolijidad; en lo cual no es fácil alcanzar qué objeto tuvo aquella mano ignorante. Lo cierto es que ni entre los Martinos de la Biblioteca latina de Fabricio, ni entre los intérpretes de Aristóteles del mismo he podido rastrear el autor de esta versión. El cual en el prólogo dice que hasta su tiempo sólo se había hecho una muy mala versión latina de los éticos de Aristóteles, atribuida a algún fraile de la orden de Predicadores; y hacia el fin añade: Ego igitur infinitis penè hujusmodi erroribus permotus, cum haec indigna Aristotele, indignaque nobis, ac linguam nostram arbitrarer; cùm suavitatem horum librorum, quae graeco sermone maxima est, in asperitatem conversam, nomina incorta (f. incompta, o incierta), res obscuratas, doctrinam labefactatam viderem; laborem suscepi novae traductionis, in qua, ut cetera ommitam, illud assecutum me puto, ut hos libros nunc primùm latinos fecerim, cùm ante non essent.
Hay también un vol. fol. que contiene dos tratados. El primero es la crónica general que compuso Fr. Martín Polono de mi orden en el siglo XIII. El MS. es extranjero y muy cercano a aquel tiempo; es de notar en él que llega hasta la elección del papa Honorio IV, la cual pone en el año 1284, siendo así que Echard en su Biblioteca supone muerto al autor en 1278. El segundo tratado es Compilatio Girardi de Antiverbia canonicè clarimoten. = Principia “Reverendo patri ac domino Ivoni, miseratione divinam cluniacen. (Cluny) coenobii humili ministro, Girardus de Antiverbia, canonicus, vitam in praesenti, et gloriam in futuro. Omnem quidem ordinem sanctum, pater, in visceribus diligo, magnifico, vereor, et adoro...”
Guárdase también con mucho cuidado una biblia MS. en fol. max., que al parecer es del siglo XIV. Al principio se halla un precepto del General de mi orden Fr. Tomás Turco, en que prohíbe severamente que se extraiga de la biblioteca. La fecha es de 6 de Agosto de 1647. Copiaré algunas expresiones muy dignas de su ilustración y de la gravedad de la materia. Dice así: "Nos Fr. Tomás Turcus... Quia bibliorum codices antiqui MSS. ecclesiae Dei utilissimi sunt, ac necessarri, atque in magno praetio ad restituenda latinae vulgatae editionis loca depravata; et saepe contingit à stultis judicari hujusmodi biblia bibliothecarum loca inutiliter occupare, ac proinde vili praetio ea mechanicis artificibus vendere soleant, eorum chartas in viles usus conversuris: ideo tanto malo obviare cupientes, tenore praesentium &c.” Así hablaba aquel docto varón aun después de las correcciones de la biblia y de sus exactísimas ediciones.
Vi también un vol. fol. Ms. a lo que parece de los principios del siglo XV. Todo él es lemosín, y contiene la miscelánea siguiente: primerament lo llibre apellat Macer, que es un tratado de medicina, o más bien de medicamentos para enfermedades particulares: síguese a este otro tratado de las plantas y sus virtudes, del cual acaso pudieran aprovecharse útilmente los botánicos modernos. Después de varios retazos de astrología, gramática y preces, en que se mezclan algunas supersticiones, sigue un libro que tiene este título: açi comencen los proverbis de la saviesa de Salamó.
Es un compendio de filosofía moral y cristiana de muy buena mano, y escrito con no menos gracia que sencillez. Por último contiene un arte de cocina. Téngolo todo por anónimo: yo a lo menos no he podido rastrear el autor; son escritos apreciables por la gran multitud de voces que nos conservan del antiguo lemosín.
Para lo mismo y acaso sólo para ello, podrá servir otra obra también lemosina más desconocida que su autor. Es un compendio de todas las historias desde el principio del mundo. Le escribió Fr. Jayme Domenec (*), dominico, inquisidor en los reinos de Mallorca, y muy estimado del rey D. Pedro IV de Aragón, llamado el Ceremonioso, de cuya orden le comenzó en Perpiñán hacia los años 1360.
(*) A este escritor llaman Echard y Nicolás Antonio Jacobus Dominici, y Diago (Hist. prov. Arag. l. I. cap. I.) Jayme Domingo. Por esta obra, que escribió en su lengua nativa, conta que se llamó Domenech.
El autor se propuso extractar el Speculum historiale de Fr. Vicente Bellovacense, y continuar su obra hasta los tiempos del dicho Monarca; mas no llega sino hasta la concepción de Jesucristo, y aun eso llena dos vol. fol.
Últimamente registré allí muy despacio un códice MS. fol., que contiene varias constituciones de la santa iglesia de Tarragona; es a saber, las provinciales de los años 1338. = 39. = 54. = 64. = 67. = 70.= 91. = 95. = y 1406.; todas las cuales casi a la letra están ya publicadas en las colecciones del cardenal de Aurea o Doria, de Antonio Agustín y del S. Teres (Terés). Sigue a ellas un escrito con este título: Ordo procedendi usitâtus per constituciones sacri concilii Terracone contra invasores, raptores, et depredatores hominum, bonorum, et rerum ecclesiasticarum in curiam Terracone. Qui etiam variatur ad arbitrium judicis secundum casuum accidentiam, ac qualitatem, conditionem, et statum personarum delinquentium, et in quibus delinquitur. Ordinatus per venerabilem Bartholomeum çes avaçes, decretorum doctorem, civem Terracone. Contiene además este volumen las constituciones de doce sínodos diocesanos celebrados en la misma iglesia en el siglo XIV y principios del siguiente. Cosa de que ni aun en sus episcopologios hallo noticia alguna. Y como sea verdad que las constituciones provinciales son las primeras y más autorizadas leyes de una iglesia metropolitana; todavía merecen gran consideración y aprecio las diocesanas, porque tal vez descienden a tratar de costumbres peculiares de uno u otro pueblo, y siempre son los monumentos más seguros de la disciplina peculiar de cada iglesia, así como las otras muestran la de cada provincia.
Mas a pesar de tan feliz hallazgo, esperaré ocasión más oportuna para hablar de él, que ya hoy me he detenido sobrado en el escrutinio de los códices de esta biblioteca.
Sólo me falta añadir dos palabras sobre la copia adjunta, que es del testamento, y los cuatro codicilos que hizo en Tarragona poco antes de morir el obispo de Valencia D. Fr. Raymundo Despont en el año 1312. Había ido a aquella ciudad al concilio provincial, y hacia la fiesta de Todos Santos enfermó, y dispuso de sus rentas, libros y demás alhajas, como verás en este documento, con que se puede enriquecer el Glosario de Ducange, y se muestran las costumbres, simplicidad y piedad de los prelados de aquel tiempo.
La copia es tomada de la que sacó por su mano el P. Fr. Josef Texidor, de mi orden, de una que existe en el archivo de la catedral de Valencia (a: V. el Apénd. n. XVII.).
En esta misma ciudad vi un libro raro y desconocido a todos los bibliógrafos, y es una traducción lemosina del Sacramental que escribió entrado ya el siglo XV Clemente Sánchez de Verceal, arcediano de Valderas en la iglesia de León. Nicolás Antonio duda si esta obra se escribió originalmente en latín o en castellano. Bayer en las notas a la Biblioteca vetus asegura que fue escrita en castellano, y cita además de dos MSS. una edición de Sevilla del año 1478. Mas ni uno ni otro conocieron la traducción y edición de que hablo, en cuyo frontis se leen estas palabras: Lo Sagramental arromançat ab. ses alleguacions en lati. Si bien se considera la palabra arromançat, parece que la versión se hizo del latín; porque romance se llamaba entonces cualquiera lengua vulgar, en contraposición de las desusadas y muertas. Como quiera, es una versión literal, que comprende las tres partes de esta obra. Daré una muestra del prólogo:
Nostre senyor Jesu Christ qui es vengut rembre lo humanal linatge: e ha donat orde, e regla com viure deuem (devem), et com nos puscam salvar... per ço yo Climent Sanxis, ardiaca de Vallderas en la sglesia de Leo, encara que peccador e indigne, preposi de treballar e de fer una breu compilacio de les coses que necessaries son als sacerdots que an cura de animes.... entench partir aquest libre en tres parts (*). Al fin del volumen se halla esta nota: Fonch emprentada la present obra en la insigne ciutat de Leyda per mestre Henrich Botell emprentador en lany de nostre Salvador Jesu Christ mil CCCC.LXXXXV. V. de nobembre (o nohembre) (**).
(*) Nuestro señor Jesucristo que vino a redimir el humano linaje, y dio orden y regla de vida para que podamos salvarnos... Por esta causa yo Clemente Sánchez (o Sanchís), arcediano de Valderas en la iglesia de León, aunque pecador e indigno, me propuse trabajar y formar una breve colección de las cosas necesarias a los sacerdotes que tienen cura de almas... Pienso dividir este libro en tres partes.
(**) Fue impresa la presente obra en la insigne ciudad de Lérida por maestre Henrique Botell, impresor, el año de nuestro Salvador Jesucristo 1495 a 5 de noviembre.
Es un tomo en folio menor; está entero, y consta de 166 hojas, sin contar el prólogo ni el índice de la primera parte. Está impreso a dos columnas en muy buen papel, y carece de páginas (paginación). Todas estas señas puedo dar del libro; mas no decir quién es su poseedor.
A Dios. Tortosa &c.
CARTA XXX.
Fabuloso entierro de las lápidas romanas en Valencia a principios del siglo XVI.
Mi querido hermano: Cumpliendo con lo prometido en la carta anterior, voy a contarte la conversación que tuve con el amigo, volviendo de Portaceli a Valencia, sobre las inscripciones romanas de esta ciudad. Para evitar repeticiones de dijo y dije, señalaré las palabras suyas con la letra N, y las mías con la A.
N. Y ¿qué diremos de las innumerables inscripciones que han perecido, las cuales, conservadas, ilustrarían la historia antigua, y honrarían este país, que tanto codiciaron los romanos?
A. Es cierto que hubo un tiempo (1) de ira en la antigüedad en que se desfiguraban las inscripciones, al cual sucedió después otro tiempo de ignorancia en que el pueblo, con dolor de los sabios (2), no conociendo el precio de estas reliquias de la antigüedad, las destruía de todo punto, o las enterraba en los cimientos de los edificios.
N. ¿El pueblo dice V.? los magistrados, la gente sabia, si es que merecían este nombre, fueron en algún tiempo autores de este daño. ¿No sabe V. lo que aquí mismo aconteció a principios del siglo XVI? ¿que por consejo, y a instancias del valenciano Juan Celaya, doctor parisiense, mandaron los jurados que se enterrasen en los cimientos del puente que llaman de serranos todas las lápidas romanas que entonces había en esta ciudad, temerosos de que la afición con que eran miradas por algunos degenerase en gentilismo?
A. Bien sé que eso se ha dicho, pero también sé que son hablillas y fábulas despreciables. Ni en la ilustración de aquel siglo pudo caber tanta barbarie, que de los nombres de los dioses esculpidos en piedras muertas, temiese el magistrado la restauración del gentilismo. Yo creo que esta es fábula.
N. Esa es conjetura muy débil; no basta para tener por fábula una opinión autorizada con el testimonio de tantos escritores.
A. ¿Qué escritores?
N. ¿Pues ignora V. que aseguran este hecho Escolano (lib. IV. c. 12.), Nicolás Antonio (Bibl. nov. t. I. p. 593), Rodríguez (Bibl. valent. p. 251.), Ximeno (Bibl. scrip. valent. tom. I. p. 107.), Mayans (Epístola XXIII.), Ortí y Sales en su Turiae marmor. (p. 42.), casi todos valencianos, es decir, interesados en quitar a su patria, si posible fuera, este borrón?
A. ¡Gran nube de testigos! pero comencemos suponiendo que la autoridad de todos ellos no pesa más que la de uno solo. Todos citan a Escolano, y se refieren a él en este hecho, con cuya noticia enriqueció el primero de todos la historia de este reino. De suerte que la autoridad de Escolano es la única que debe examinarse en esta materia; y si ella fuere de ningún peso en este punto, como yo creo que lo es, ya ve V. lo que quedará de los otros escritores.
N. Desearía que fuese así; mas no alcanzo por donde pueda minarse la autoridad de Escolano, que tan decididamente habla en esta materia (a).
(a) Las palabras de Escolano son estas: “ A nuestro gran filósofo Núñez... le oímos muchas veces confesar que algunas de las piedras de Valencia, le habían alumbrado y servido de faraute para penetrar algunos lugares incógnitos de Plinio y de Suetonio Tranquilo. Pero lloraba sobre ellas la sencilla piedad de un gran teólogo parisiense de nuestra nación, llamado el maestro Juan Salaya, que viendo hacer a los curiosos tanta estima de estas piedras romanas, se le antojó que volvía por aquel camino a retoñecer la gentilidad, y el adorar estatuas y dioses de piedra; y para quitarlas que no sirviesen de tropiezo, requirió a los regidores de la ciudad que las mandasen recoger; y pues abrían las zanjas para los cimientos de la puente de los Serranos (que sería por el año de mil quinientos y diez y ocho) las enterrasen en ellas. Pesó más su autoridad que las piedras; y quedaron desde entonces infinitas sepultadas con notable agravio de la antigüedad.” (Hist. de Valencia lib. IV. cap. 12.)
A. Pues yo tengo a mano argumentos para contrarrestarla; de los cuales diría algunos, si no temiera molestar a V.
N. Todo lo contrario; yo deseo saber la verdad, y poderla apoyar con argumentos sólidos y bien apurados.
A. Está bien; lo primero que salta a los ojos es el silencio de todos los documentos coetáneos al supuesto entierro de las piedras. Un hecho tan ruidoso como es desencajar infinitas piedras, asentadas ya muy de antiguo en las paredes y lugares públicos de la ciudad; ejecutado a instancias de un hombre tan célebre como Celaya; siendo verosímil que precediesen muchos debates, y resistencia por parte de los aficionados a este estudio, que los había allí, como dice Escolano: un hecho digo de esta naturaleza no podía dejar de quedar escrito en los manuales, donde se notaban con extensión las deliberaciones del Consejo general. Mas yo he registrado con gran prolijidad los libros de aquellos tiempos que se conservan íntegros, y ni rastro siquiera se halla de tal cosa, aun donde tratan de la ruina del puente y de los medios para repararle.
N. Argumento negativo es, pero de mucho peso.
A. Es más de lo que parece; aquí hay que considerar que el rey D. Jayme I de Aragón estableció por fuero que Valencia fuese en todo gobernada por los jurados, con el parecer y deliberación de los prohombres; de suerte que sin su consentimiento y aprobación no se quitó jamás ni alteró cosa alguna de los edificios públicos. Los manuales desde el año 1306 hasta el presente están llenos de licencias, mandatos &c. con que el magistrado autorizaba en esta parte hasta las más ligeras alteraciones. Es esto tanta verdad, que habiendo el obispo D. Hugo de Fenollet alcanzado permiso del rey D. Pedro el IV de Aragón para construir a sus expensas un pasadizo desde su palacio a la catedral, para servirse de él en tiempo de lluvias y vientos; a pesar de la licencia real, de la dignidad de la persona y del justo motivo de la pretensión, se resistió el Consejo general a dar su permiso, hasta que al cabo de mucho tiempo, vino en ello por respeto a las personas que mediaron. Otro hecho diré todavía más convincente. En el año 1339 Fr. Jayme Just, administrador del hospital de los Beguines, fabricó en él un soportal, cerrándole con verjas de madera, sin preceder licencia del Consejo general: resistióse este de ello, en el que se celebró en 27 de junio del mismo año, la mayor parte de los vocales fueron de parecer que se derribase lo fabricado. Mas en consideración al gasto hecho, y a que el fin del administrador fue dar algún desahogo y alivio a los enfermes (per tal que los malalts del dit espital de día pusquessen aver aqui algun refrigeri;) se contentaron con apercibirle y mandarle suspender la obra, y que en caso de ruina no la reedificase. Tan celosos eran de su autoridad los jurados, y tan puntuales los escribanos de sala en dejar escritas las deliberaciones y circunstancias de cosas tan menudas. ¿Cómo era posible que se omitiese estotro (este otro) hecho de tanta conseqüencia (consecuencia)?
N. Verdaderamente hace fuerza esta razón; y más que en el tal negocio, como V. dijo, no habría sólo pedir Celaya, y consentir los jurados; sino que los estudiosos de la antigüedad, viendo que iban a quedar privados de aquellas memorias, y la ciudad afeada con este borrón, precisamente debieron representar, o insinuarse por medio de los prohombres, para que el Consejo general no consintiese en ello. Y así el no hallarse nada escrito, da que sospechar, a no ser que por algún incidente que ignoramos, no se escribiesen estas memorias.
A. Sea así enhorabuena; no quiero empeñarme en ello. Mas agregue V. a estas conjeturas el silencio de Pedro Antón Beuter, que vivió hasta la mitad del siglo XVI, y debió hallarse presente al supuesto entierro de las piedras siendo ya entrado en edad. Y cierto que se le ofreció más de una ocasión para decirlo, y para quejarse de ello, si tal hubiera, siendo como lo fue, muy dado al estudio de estas antiguallas. Mas lejos de hallarse en sus escritos memoria de tal cosa, por lo contrario celebra y como que se regala, acordando las muchas piedras que quedaron de los romanos. En la dedicatoria de la crónica castellana decía a los jurados: "Muchos años ha, magníficos señores, que a petición de los que entonces tenían el regimiento de la ciudad, entendí en compilar un libro de las antigüedades, que en este reyno acaecieron, por buenos y justos respetos. Y como buscando con grandísimo trabajo este propósito en los antiguos escritores, y reconociendo las piedras escritas que de aquellos tiempos quedan aún por memoria &c." Esto es de Beuter.
N. Buena ocasión por cierto para quejarse de un hecho que le privaba de tantos auxilios, que le vinieran muy bien para el desempeño de su encargo.
A. Pues aún es mas notable lo que dice en la dedicatoria de la parte II de la misma crónica: "Sabemos que los romanos no conquistaron el mundo, sin que el español anduviese entre ellos. Quédannos los montones de piedras, memoriales de los excelentes españoles que fueron en aquel tiempo, con que labramos nuestras casas, empalagados de dar razón de estas cosas a los extranjeros que nos la piden." Aquí se ve que veinte o treinta años después del supuesto entierro había montones de piedras en Valencia, cuyos moradores se gloriaban de mostrarlas y dar razón de ellas a los extranjeros.
N. Vea V. como retoñecía el gentilismo.
A. Sí, y son tantas las piedras que el mismo Beuter copió y explicó en sus libros, y las que hacinan Escolano, Diago y otros, que no sé qué decirme de la supuesta proscripción. Porque si esta se hizo por un motivo tan piadoso cual es evitar el peligro de la idolatría, ninguna inscripción gentílica debía quedar exceptuada. Y la primera que para dar exemplo debió haber sufrido el anatema, es la que ya entonces se hallaba en la esquina de la casa de ayuntamiento, copiada por Escolano, col. 787. Y siendo una prohibición religiosa, debieran ante todas cosas haber requerido al arzobispo o cabildo, para que fuese el primero en quitar y enterrar las inscripciones que había en la iglesia catedral. Mas no fue así; antes consta que estas permanecieron en su lugar hasta los tiempos de D. Fr. Isidoro Aliaga, el cual (como dice Vicente del Olmo en su Litología cap. 7.) "mandó picar y borrar las piedras que estaban en la iglesia mayor. Y aunque no se podía recelar riesgo alguno de renovarse en ellas el culto que en tiempo de los romanos tuvieron; pero juzgó por indecente que inscripciones tan profanas ocupasen lugar tan sagrado y eminente, dejando las demás que vemos en otros lugares públicos."
N. Este si que es verdadero entierro de piedras antiguas; pero acaso estarían tan encajadas en el edificio, que para quitarlas de allí no quedaría más arbitrio que borrarlas.
A. Así parece; quiso además este prelado cumplir con lo prevenido en el concilio provincial del señor Ayala de 1565. sess. IV. cap. 7. que tiene este título: Quae sapiunt gentilitios ritus è templis removenda: y no hay más.
N. En resolución, lejos de haber desaparecido las infinitas piedras romanas, se va desvaneciendo la calumnia con que hasta aquí se había desdorado el nombre de Juan de Celaya.
A. Yo por tal tengo el dicho de Escolano. Era Celaya hombre de mucho saber, y de gran crédito y autoridad en Francia; muy querido del Emperador Carlos V y de su corte; tratado con mucha distinción por los jurados de Valencia, los cuales con el deseo de que se quedase en ella, suprimieron para dotarle bien, siete cátedras de la universidad; hiciéronle su rector perpetuo, con otras mil honras, que acaso despertaron la envidia de alguno para zurcir (urdir) esta novela, y achacarle un hecho incompatible con todas estas circunstancias.
N. ¿Pues qué Celaya era de Valencia?
A. Sí señor: y dejó su patria muy mozo para ir a París, en cuya universidad se hallaba ya graduado de doctor el año 1494, cuando admitió por criado al célebre Juan Martínez Siliceo, que después fue cardenal arzobispo de Toledo.
N. A fe que tengo yo copia de los cincuenta y tres cargos que hizo a este cardenal el capítulo toledano, y la respuesta también y satisfacción que dio aquel prelado a cada uno de ellos: buenos documentos para la historia de aquel tiempo, y señaladamente de la iglesia de Toledo.
A. Pues Celaya, después de haber enseñado en aquella universidad, sirvió el oficio de vicario general en diferentes obispados de Francia; fue llamado a la corte del emperador, de quien recibió algunas cartas y otras muestras de estimación, como él mismo lo confiesa en la dedicatoria del tom. 2. de los Sentenciarios: "Pro tuam (dice) caesaream majestate et regiam munificentiam non mediocribus ornamentis me decorasti: quod ad sacram tuam aulam vocaveris, et postea per litteras rectam tuam in me benignitatem significaveris."
N. Muy en la memoria tiene V. todas estas menudencias.
A. No ha mucho tiempo que estudié con cuidado este punto en las Observaciones a las antigüedades de Valencia, que dejó escritas el P. Fr. Josef Texidor, de mi orden, las cuales se conservan en nuestro convento; de él son casi todas las reflexiones que llevo hechas, y muchas de las que quedan por hacer. Pero volviendo a nuestro asunto, ¿le parece a V. verosímil que un hombre tan acreditado como Celaya, olvidando lo que había aprendido en París, y desentendiéndose de su propia honra, persuadiese una cosa tan bárbara, que ni siquiera soñaron sus mayores, aun en siglos menos ilustrados?
N. No es regular; pero como la piedad teme justamente en ciertos lances el abuso que nace de la falta de ilustración, no sería extraño que Celaya recelase en su patria sobre esto daños que no se habían temido hasta entonces.
A. Bien pudo ser así; pero ¿y si constase que no estaba aquí Celaya al tiempo del supuesto entierro de las piedras?
N. O! si eso se pudiera probar....
A. Pues oiga V.: el mismo Escolano fija la época de ese entierro en el año 1518, y debió de ser muy en sus principios, y acaso a fines del antecedente; porque la avenida del río, que derribó la puente de serranos, fue a 26 de Septiembre de 1517; y en Noviembre del mismo año ya se trataba de reedificarle. Luego si fuera cierto que en todo el año 1517, ni en el siguiente, no había aún venido Celaya a Valencia, quedaría vindicado su honor. Pues a mi parecer esto se infiere de lo que él mismo dice en el tom. 1.° de los Sentenciarios, hablando con su mecenas D. Miguel Cavanilles, gobernador de Valencia: "Animus (le dice) verè tibi devinctissimus est pro tuis erga me vel maximis meritis, quibus me et Parrhisiis olim prosecutus es, cum honorificentissimam apud Galliarum principem legationem catholici regis nomine obiisti." Esta embajada de Cavanilles en Francia, o fue con ocasión de la paz que Carlos V y Francisco I concertaron en Noyon en 1516, y se ratificó el año siguiente; o acaso duró lo que duró esa paz hasta los años 1520, en que Francisco I, privado de la corona de Alemania a que aspiraba, declaró abiertamente el enojo con que miraba a su competidor. De todos modos Celaya estuvo muy de asiento en París, por lo menos todo el año 1517. Por otra parte consta casi con evidencia que permaneció en Francia hasta muy cerca del año 1525, en el cual los jurados de Valencia escribieron al emperador Carlos V, hablando de la venida de Celaya a esta ciudad como de una cosa reciente. Ha de ver V. esta carta cuando lleguemos a Valencia, porque es el panegírico más cumplido de la ilustración de este doctor, y del aprecio con que le trataron (a: V. apénd. V). En suma dicen los jurados que había venido a ver a su madre y deudos, y que era llamado a la corte del emperador, al cual muestran el más vivo deseo de que este docto varón se quedase para siempre en su patria; porque de él esperaban la reforma de los estudios, y grande adelantamiento en la reciente universidad. Mas como no podían proporcionarle honorario que igualase al que disfrutaba en Francia, donde tenía una dignidad que le redituaba setecientos ducados, y era además vicario general de diez diócesis, de todo lo cual juntaba cada año más de mil ducados; por tanto suplicaban al emperador le diese el canonicato que su majestad tenía en esta catedral, de cuyas rentas nada percibía sino cuando estaba en esta ciudad, y juntamente le mandase no volver más a Francia. No sabemos si efectivamente se le dio esa prebenda; pero consta que permaneció desde entonces aquí, y que le nombraron rector perpetuo de la universidad, contra lo que en sus recientes estatutos estaba mandado, que fuese este oficio trienal. De suerte que sobre no caber en un hombre tan erudito el absurdo que se le imputa, es claro que estando recién venido de Francia en el año 1525, no podía aconsejar ni persuadir lo que se supone hecho siete años antes.
N. Acaso dirán que los jurados dilataron todo este tiempo el hacer esta gestión.
A. No cabe eso; pues por estos años buscaban los jurados para su universidad doctores de gran fama, y los convidaban con decentes honorarios. Así en 1521 instaron al P. Fr. Juan de Salamanca, de mi orden, que se hallaba en la corte del emperador, para que viniese a regentar una cátedra de teología. He visto la carta que le escribieron en el tomo 41 de las de esta ciudad en su archivo. Portándose así los jurados con un forastero, ¿se hace creíble que dilatasen siete años la misma solicitud, respecto de un hijo de esta ciudad, tan estimado y respetado por ella, que sólo su dicho la movió, como suponen, a enterrar los monumentos romanos ?
N. No es creíble. Y acaso no le conocerían los jurados sino por una vaga y obscura noticia de su nombre.
A. No le conocían hasta que vino y le oyeron predicar: y añaden en la carta que este maestro se quedaría gustoso en Valencia; lo cual no dijeran si estaba ya en ella casi siete años. Además que la dignidad y los oficios que en Francia tenía, no permiten suponer tan larga ausencia. Con que no podemos juzgar que Celaya fuese autor de semejante cosa; y que todo ello es un atadijo de ficciones mal digeridas.
N. Pero V. hasta ahora no se ha hecho cargo de la autoridad del gran filósofo Juan Núñez, a quien Escolano oyó referir y lamentar muchas veces esta preocupación y sencilla piedad de Celaya.
A. Este es el único testigo que alega aquel escritor. Pero es testigo que nació en 1529, once años después del supuesto entierro; por consiguiente que adquirió esta noticia de otro, que no se sabe quien sea. Pues ¿en qué seso cabe por un motivo tan débil, dar por cierto un hecho de tanta entidad, y contra el cual están clamando el silencio de los documentos donde debiera constar, los montones de piedras romanas que Beuter después del año 1518 asegura que existían en Valencia, y las que el mismo Núñez confiesa que le habían alumbrado y servido de faraute (herault; heraldo, traductor, intérprete) para penetrar algunos lugares incógnitos de Plinio y Suetonio Tranquilo? Aun yo hallo que Escolano emplea cinco largos capítulos del lib. IV. en la explicación de muchísimas lápidas conservadas dentro de la ciudad; de las cuales algunas son dedicatorias a las Parcas, Serapis, Esculapio y otros héroes de la gentilidad, y casi todas puestas ya de muy antiguo en lugares públicos, donde es de todo punto inverosímil que las ignorase el magistrado. ¿Pues cómo pudo persuadirse este escritor que aquel sabio cuerpo mandase enterrar infinitas piedras para precaver que retoñeciese el gentilismo, cuando dejaba a la vista del publico otras muchas de que podía recelar igual riesgo? Esta reflexión tan obvia debía ser para Escolano de mucho más peso que las lágrimas de Núñez; ya que no quiso detenerse en averiguar si Celaya estaba o no en Valencia al tiempo de zanjar los cimientos del puente de serranos.
N. Amigo, confieso a V. que antes pisaba yo aquella puente con respeto, considerando los preciosos cimientos que la sustentaban; pero de hoy más la pisaré con miedo, como edificio fundado sobre una fábula.
A. Trate V. la fábula como ella se merece; y vamos a pasar esa puente sin el temor y respeto que V. dice, sino admirando su buena y sólida construcción, y el punto hermoso de vista que desde ella se descubre.
N. He oído que un hábil paisista de esta ciudad está preparando para grabar algunas de las vistas excelentes de que abundan sus contornos.
A. Así debiera ser; que pues en nada ceden las nuestras a las que nos venden los extranjeros, a lo menos servirían para resarcirnos de las sumas cuantiosas que ellos nos sacan con este género de comercio, vendiéndonos tal vez cosas arbitrarias. Dios nos dé más patriotismo.
Aquí tuvo fin el viaje y la conversación, y lo tiene también la carta. A Dios.
NOTAS Y OBSERVACIONES.
(1) Hubo un tiempo de ira en la antigüedad en que se desfiguraban las inscripciones. Los romanos solían borrar de las inscripciones los nombres de aquellas personas públicas que se habían granjeado la aversión popular. Así escribe Suetonio que el senado romano se alegró tanto de la muerte de Domiciano, ut novissimé eradendos ubique titulos, abolendamque omnem memoriam decerneret, lo cual declarando Macrobio (Saturnal. lib. I. cap. XII.) dice que se borró el nombre de aquel emperador ex omni aere vel saxo. De Cómodo cuenta también Lampridio (in Commod. c XVII.) que mandó el senado borrar su nombre, alienis operibus incissum. Otros tales ejemplos pueden verse en el índice Gruteriano (Cap. XVII. litt. N.) donde pone la lista de las personas famosas, cuyos nombres fueron quitados de las inscripciones y otros públicos monumentos. Con esto cuadra lo que observan Reinesio (Epist. 69. ad Rupertum pág. 612.) y Perizonio (Dissertat. trias. pág. 22.) sobre una inscripción en que por mandato de Caracalla fueron borrados los nombres de Fulvia Plautila Aug. y de su padre L. Fulvio Plautiano, que era de la familia fulvia, como contra Panvinio y otros lo demostraron el cardenal de Noris (Epoch. Syromacedonum Diss. V. cap. III.) y Pagi (Crit. Baron. ann. CXCIX. n. 4. 5.) por las causas que indica Justo Fontanini De antiquit. Hortae lib. I. Cap. III. Véanse las observaciones de Noris (Epist. consular. pág. 15.) sobre el nombre M. Furii Camilli Scriboniani mandado borrar de una inscripción del año XXXII de Cristo, publicada por Grutero (CXIII. 2.) y Escalígero (De emend. tempor. lib. V. pág. 385.). Mucho se hubiera ilustrado este punto con el tratado De inscriptionibus decreto publico erasis (inglés erase : borrar) que tenía meditado Fontanini, y no sé si llegó a publicarse.
(2) No conociendo el precio de estas reliquias de la antigüedad. De la utilidad de las inscripciones y del uso de ellas en la historia y la cronología han escrito varios eruditos modernos, especialmente los colectores de estos monumentos, cuyos nombres pueden verse en el Catálogo de la biblioteca bunaviana part. II. lib. VI. desde la pág. 1003. Entre ellos merece distinguido lugar Jano Grutero, cuya copiosa colección de inscripciones ilustrada con los exactos índices de Josef Escalígero (V. Scalig. Epist. 413. seq. à pág. 703.) y aumentada con el suplemento de Jacobo Sponio, ha dado gran luz para aclarar varios puntos dudosos en esta materia. Igual beneficio hicieron la obra intitulada: Monumenta sepulcralia clarorum virorum per totum fere orbem impresa en Francfort en 1585, y otra de Pedro Andrés Canonherio publicada en Antuerpia (Amberes, Antwerpen) en 1614, con el título: Flores illustrium epitaphiorum totius Europae.
A estos pueden añadirse los editores de epitafios y otras inscripciones que se conservan en diversas ciudades y provincias: Francisco Sweertio, que publicó (en Antuerpia 1613.) Monumenta sepulcralia Brabantiae: Juan Grossio, que imprimió (en Basilea 1622) Urbis Basileae (Basel, en Suiza) epitaphia et inscriptiones, obra continuada después por Juan Toniola en 1661: Jorge Gualtero, cuya es la Collectio inscriptionum et tabularum Siciliae atque Brutiorum (impresa en Mesana 1624). Daniel Praschio, que en el mismo año publicó en Ausburgo Epitaphia augustana vindelica: Pablo Aringho, que ilustró muchas inscripciones en su Roma subterránea (Rom. 1651).
Ilustraron también esta materia el cardenal de Noris, que escribió Caii et Lucii caesarum (Cayo y Lucio) cenotaphia pisana: Sertorio Ursato Monumenta patavina: Juan Seldeno Marmora arundeliana: Miguel Potembeck Epitaphia noribergensia: Andrés Sennerto Athenae et inscriptiones witembergenses: Gisberto Cupero Sylloge variarum veterum inscriptionum; y otros muchos, cuyo ejemplo, seguido en España, daría a los extranjeros las noticias originales de su historia literaria que no tienen, por cuya falta caen en grandes equivocaciones acerca del estado antiguo, civil y eclesiástico de nuestras provincias.
SERMENTS PRÊTÉS A STRASBOURG EN 842 PAR CHARLES-LE-CHAUVE , LOUIS - LE-GERMANIQUE , ET LEURS ARMÉES RESPECTIVES. (Nota del editó, Ramón ...