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diumenge, 6 de novembre del 2022

Forma del jurament prestat per los reverend e magnifichs deputats del General del Principat de Catalunya, 1487

Juramentum (1: Véase la advertencia final del tomo XXVII.)

Forma del jurament prestat per lo (los) reverend e magnifichs deputats del General del Principat de Catalunya e per los magnifichs consellers de la present ciutat de Barcelona (2) al reverend mestre Alfonso Spina del orde de Sant Domingo mestre en Sacra theologia Inquisidor de la heretica pravitat en la dita ciutat e bisbat de Barcelona (3) stants tots dins la Seu de la dita ciutat devant laltar maior divendres a XX de juliol any MCCCCLXXXVII. (1487)

Com a feels e bons christians a nostre Senyor Deu volents servar e favorir la Sancta fe catholica promettem e juram a nostre Senyor Deu e als Sancts quattre evangelis per nos corporalment tocats e a vos reverend pare inquisidor que feelment e ab tota efficacia per servar aquella la Esglesia e a vos pare inquisidor offici e ministres vostres e exercici daquell maiorment si per vos o part vostra serem requests contra los heretges credents receptors defensors e fautors daquells defendrem e aiudarem en bona fe segons nostre offici e poder. E que de les terres a nostra jurisdiccio sotsmeses tots qualsevol heretges per la Esglesia o per vos denotats en bona fe e per totes nostres forçes exterminarem foragitarem e precisament attendrem e inviolablement servarem e farem per nostres subdits observar tot lo temps de nostre regiment en les terres de nostra jurisdictio subjectes les constitutions e decretals ad abolendam et excomunicamus e la constitutio o capitol qui comense ut officium Inquisitionis e lo altre començant ut inquisitionis negotium e les coses contengudes en aquelles e cascuna delles en quant toca nostre offici e totes altres constitucions contra los heretges credents receptors defensors e fautors fills e nets daquells per la Sancta Seu apostolica promulgades e aprovades. E axins aiut (així ens ajudi en català modern) nostre Senyor Deu e los Sancts quatre Evangelis. 

(2) Alii quinque Consiliarii civitatis Barcinonae hoc anno creati preinsertum juramentum prestiterunt die dominico XVI mensis decembris anno predicto MCCCCLXXXVII in manibus et potestate predicti magistri Alfonsi Spina alterius ex inquisitoribus predictis in quadam cathedra ante altare maius Ecclesiae monasterii Sanctae Chatherinae predictae civitatis personaliter existentis. 

(3) Hic magister Alfonsus Spina fuit creatus in mense novembris huius anni MCCCCLXXXVII Vicarius in spiritualibus reverendi domini Barcinonensis Episcopi. Et sic ipse reverendus magister in huiusmodi inquisitione procedit utroque nomine scilicet inquisitoris et vicarii. Deus dirigat eum et faciat in hac sancta inquisitione procedere juste et sancte ad augmentum et defensionem fidei catholicae sine qua placere Deo nequimus. 

dijous, 9 de setembre del 2021

TOMO XXV, 25, levantamiento, guerra, tomo XII, 12

COLECCIÓN
DE

DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL
DE LA
CORONA DE
ARAGÓN,
PUBLICADA DE REAL ORDEN
POR
SU ARCHIVERO,
D.
MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO,

TOMO XXV.

LEVANTAMIENTO


Y


GUERRA DE CATALUÑA

en tiempo de don Juan II.
DOCUMENTOS RELATIVOS A AQUELLOS
SUCESOS,
PUBLICADOS DE REAL ORDEN
POR
D. MANUEL DE BOFARULL
Y DE SARTORIO,
Archivero de la Corona de Aragón.

Tomo
XII.

BARCELONA.
EN LA IMPRENTA DEL ARCHIVO.
------
1863.


// Editor: Ramón Guimerá Lorente. Hay comentarios, (entre
paréntesis y cursiva
), y textos de Çaportella que no agradarán
o gustarán demasiado a los lectores catalanistas del siglo, el XXI.
Que se vayan a freír fuets o espetecs //


Con la idea de suministrar al lector
todos los datos que puedan ayudarle a tener un cabal conocimiento de
los asuntos a que hace referencia la Colección de documentos, (según
manifestamos en el prólogo de la misma, y especialmente, por lo que
toca a las Turbaciones de Cataluña, en la advertencia al lector que
precede a esta parte,) damos a continuación el registro
perteneciente al diputado Çaportella, único que, apartándose de
sus compañeros, pretendió representar por si sólo la Generalidad
o Diputación de Cataluña (no la llamaban Generalitat entonces
los deputats del General, sino casa de la deputacio
) en los
puntos donde se conservaba la obediencia al rey Don Juan.
En
el mismo preliminar a que acabamos de aludir se encuentra consignado
este hecho, al hacer referencia de todo lo que se proyectaba publicar
para enriquecer con toda clase de documentos este azaroso periodo de
discordias civiles, acerca de las cuales mucho se ha escrito y mucho
se ha errado, especialmente por aquellos escritores inmediatos al
tiempo en que la dinastía del rey Fernando 1.° estaba en todo su
apogeo, los cuales o perpetuaron sin malicia y sin criterio histórico
retrospectivo las falsedades de los que tenían interés y deber en
celebrar los hechos de los vencedores, o temieron que el apartarse de
la rutina y desentrañar la verdad era destruir lo que por la fuerza
de los años se daba como cierto y admitido. Con el objeto, pues, de
ayudar a la aclaración de la verdad, vamos cumpliendo lo prometido,
y tocándole ahora el turno, después de publicados todos los
registros de la Diputación y el de cartas, que precede, al
indicado registro particular de Çaportella, lo daremos a luz,
insiguiendo el mismo sistema, para su publicación, que hemos
empleado en todos los demás tomos que el lector tiene ya conocidos,
no sin que hagamos algunas prudentes observaciones para guia del que
pretenda estudiar y comparar los diferentes documentos con que
aquella se va enriqueciendo.
Va encabezado el registro del
Çaportella
con una larga relación de los trabajos pasados al tener
que residir como diputado en Barcelona, donde dice que unos pocos
ciudadanos
de la misma, unidos también con unos pocos del
Principado, sustentaban la inicua rebelión, y añadiendo, sin duda
para disculpar su inconsecuencia, que si bien había firmado papeles
que servían para fomentar aquella, había sido sólo obligado a la
fuerza, con gran peligro de muerte, llegando a asegurar que en las
mismas sesiones, cuando él era de voto contrario, le llenaban de
insultos y hasta le amenazaban con arrojarlo por la ventana.
(No
hace falta creer a Çaportella, sólo hace falta ver las sentencias de muerte de los deputats del General para cualquiera que les llevara
la contraria. Ejecuciones de personas, exilio, embargo de bienes para
usarlo en la guerra, etc. Está todo muy bien documentado en sus
cartas anteriores; en especial esta de 1461
).
Estas son las razones en que se apoya para
justificar su fuga, y hasta acaso para que se admita como regular y
posible la representación de los estamentos de Cataluña en su
persona, aun cuando dice obrar “en nombre de los presentes y
ausentes fieles al Rey”, y cite algún personaje conocido y de gran
influencia y representación. Mas como del examen comparativo de este
volumen con los anteriores resulten desvanecidas algunas de las
aserciones del prófugo, (este Manuelico era más liante que su
padre Próspero
) creemos deber nuestro consignarlas, para que así
con más seguridad e interés pueda el lector
estudiar los sucesos por los documentos, y deducir, por consiguiente, la pura verdad histórica.
Resulta, pues, de
nuestro estudio comparativo, que la fidelidad del Çaportella
al rey Don Juan (recuerden que en el tomo 24 los deputats
ya fueron a buscar a Portugal a Perico el de Calaf, el condestable,
pactaban con el rey de Francia y el de Castilla
) no se dio a
conocer tan pronto como debía,
(¿acaso os pensáis que le gustaba
prescindir de su cuello al señor Çaportella?
) puesto que
siguió aquel ejerciendo su cargo de diputado (bien remunerado)
desde el principio del trienio y sin tener medio o
resolución para huir
(consulten el documento donde se manda
matar a algunos sediciosos en contra del Principat de Cathalunya;
otros documentos donde se manda matar a presos del bando del Rey
auténtico, Juan II, etc
) hasta el siete de enero de 1463,
esto es, más de un año después de la muerte del Principe de
Viana
; que, a ser victima de los insultos y violencias que
cuenta, ni él hubiera seguido tanto tiempo (eso te lo crees tú,
Bufa al ull, que también recibías una buena paga por tu empleo como
archivero
), sin gran fingimiento, representando uno de los
principales cargos
en una corporación que tenia buen
cuidado de señalar por sospechosos a los que le parecía,
confiscándoles los bienes cuando era menester, ni, de seguro,
hubieran permitido los mismos insultadores que siguiera en el banco
de la Generalidad (otra falsedad de Manuelico Bofarull que
no sabe atenerse a los textos que transcribe, cosa que aprendió de
su padre, la casa de la Deputacio, casa del General, tontolaba.
) hasta la hora
perentoria de su fuga, un diputado que, según él mismo revela
después en su registro, era el principal enemigo de la rebelión:
que los que representaban el Principado en Barcelona (los
deputats del General, consell de cent, ciutat de Barchinona
) no
fueron tan pocos
como se supone, ni aun durante ciertos periodos de mayores
complicaciones y apuros, encontrándose entre ellos personas tan
distinguidas como el vizconde de Rocaberti, don Francisco de Pinós,
Gerardo Alemany de Cervelló, el conde de Pallars, el obispo de Vich,
el abad de Montserrat, el deán de Lérida y otros muchos, cuyos
nombres puede haber notado el lector en los anteriores documentos;
que cuatro meses antes de desaparecer el diputado existen cartas
suyas en las que no sólo manifiesta estar identificado con las ideas
de los rebeldes de Cataluña (lo contrario le hubiese hecho bailar sin tarima), sino también gozarse en la esperanza de la venida
del rey de Castilla,
cuya llegada a Soria participa a varias
municipalidades (sesión del 31 de agosto de 1862);
(Manuelico,
que no sabes ni en qué año estás trabajando los textos del
archivo; te refieres a 1462; en 1863 se publica este tomo 25)

y
que el único acto por el que tal vez podria empezarse a sospechar
de su modo de sentir politico
es el que se nota en 11 de octubre
del mismo año, cuando, al designarse a algunas personas como
sospechosas, se abstuvo libremente Çaportella de manifestar
su opinión en lo tocante a las personas eclesiásticas.
Hacemos
estas observaciones para que el lector, recordando estos antecedentes
al leer el registro que ha de justificar la transformación del
antiguo diputado rebelde, pueda admirar con mayor interés la
desconocida causa de aquella, o sospecharla quizá, al ver que la
descision (decisión) del prófugo no tuvo lugar
hasta muy poco después de haberse acordado aclamar por rey
a Enrique de Castilla
, pudiendo así el que compara atribuir con
mayor justicia a cada acto el valor que se merezca.
(Esa
aclamación haria rodar cabezas, y este buen hombre lo sabia desde
hacia tiempo; y otras traiciones de catalanes representantes del
Principado: lo de Portugal, Francia, etc.)

El volumen, pues,
que vamos a publicar a continuación comprende varias resoluciones y
cartas escritas a veces en nombre de la Diputación, que,
según es de ver, la venia a constituir el mismo consejo del Rey, o
con la sanción del arzobispo de Tarragona, y abraza desde 23 de
enero de 1463 a 15 de octubre de 1472, de manera que viene a
completar en gran parte el azaroso periodo de las turbaciones, objeto
de esta publicación desde algún tiempo, y en pro del cual iremos
dando a luz todos cuantos materiales nos suministren el Archivo general de la Corona y el especial de la antigua Diputación o
Generalidad de Cataluña

(en ninguna carta anterior de la colección, desde el tomo I de Próspero, la llaman Generalidad ni
Generalitat, sino casa de la Deputacio. Tanto Próspero como Manuel sí la llaman así)
.
Conviene advertir, sin
embargo, que en el primer documento que se encuentra de octubre, (25 de octubre) el
año es 64, y no 63, de manera, que o hay aqui un vacío de un año, o
todos los documentos anteriores a aquel mes llevan equivocadamente
el año anterior
, con lo que resultaria ser la fuga del diputado
más posterior aún de lo que decimos.
(El 16 de noviembre aparece 1463. Manuelico no podía haber cogido los textos donde no cuadra la data y publicarlos aparte; no daba para más. Como liante no tiene parangón hasta la actualidad).

TOMO XXV, 25, levantamiento, guerra, tomo XII, 12

COLECCIÓN
DE

DOCUMENTOS INÉDITOS DEL ARCHIVO GENERAL
DE LA
CORONA DE
ARAGÓN,
PUBLICADA DE REAL ORDEN
POR
SU ARCHIVERO,
D.
MANUEL DE BOFARULL Y DE SARTORIO,

TOMO XXV.

LEVANTAMIENTO


Y


GUERRA DE CATALUÑA

en tiempo de don Juan II.
DOCUMENTOS RELATIVOS A AQUELLOS
SUCESOS,
PUBLICADOS DE REAL ORDEN
POR
D. MANUEL DE BOFARULL
Y DE SARTORIO,
Archivero de la Corona de Aragón.

Tomo
XII.

BARCELONA.
EN LA IMPRENTA DEL ARCHIVO.
------
1863.


// Editor: Ramón Guimerá Lorente. Hay comentarios, (entre
paréntesis y cursiva
), y textos de Çaportella que no agradarán
o gustarán demasiado a los lectores catalanistas del siglo, el XXI.
Que se vayan a freír fuets o espetecs //


Con la idea de suministrar al lector
todos los datos que puedan ayudarle a tener un cabal conocimiento de
los asuntos a que hace referencia la Colección de documentos, (según
manifestamos en el prólogo de la misma, y especialmente, por lo que
toca a las Turbaciones de Cataluña, en la advertencia al lector que
precede a esta parte,) damos a continuación el registro
perteneciente al diputado Çaportella, único que, apartándose de
sus compañeros, pretendió representar por si sólo la Generalidad
o Diputación de Cataluña (no la llamaban Generalitat entonces
los deputats del General, sino casa de la deputacio
) en los
puntos donde se conservaba la obediencia al rey Don Juan.
En
el mismo preliminar a que acabamos de aludir se encuentra consignado
este hecho, al hacer referencia de todo lo que se proyectaba publicar
para enriquecer con toda clase de documentos este azaroso periodo de
discordias civiles, acerca de las cuales mucho se ha escrito y mucho
se ha errado, especialmente por aquellos escritores inmediatos al
tiempo en que la dinastía del rey Fernando 1.° estaba en todo su
apogeo, los cuales o perpetuaron sin malicia y sin criterio histórico
retrospectivo las falsedades de los que tenían interés y deber en
celebrar los hechos de los vencedores, o temieron que el apartarse de
la rutina y desentrañar la verdad era destruir lo que por la fuerza
de los años se daba como cierto y admitido. Con el objeto, pues, de
ayudar a la aclaración de la verdad, vamos cumpliendo lo prometido,
y tocándole ahora el turno, después de publicados todos los
registros de la Diputación y el de cartas, que precede, al
indicado registro particular de Çaportella, lo daremos a luz,
insiguiendo el mismo sistema, para su publicación, que hemos
empleado en todos los demás tomos que el lector tiene ya conocidos,
no sin que hagamos algunas prudentes observaciones para guia del que
pretenda estudiar y comparar los diferentes documentos con que
aquella se va enriqueciendo.
Va encabezado el registro del
Çaportella
con una larga relación de los trabajos pasados al tener
que residir como diputado en Barcelona, donde dice que unos pocos
ciudadanos
de la misma, unidos también con unos pocos del
Principado, sustentaban la inicua rebelión, y añadiendo, sin duda
para disculpar su inconsecuencia, que si bien había firmado papeles
que servían para fomentar aquella, había sido sólo obligado a la
fuerza, con gran peligro de muerte, llegando a asegurar que en las
mismas sesiones, cuando él era de voto contrario, le llenaban de
insultos y hasta le amenazaban con arrojarlo por la ventana.
(No
hace falta creer a Çaportella, sólo hace falta ver las sentencias de muerte de los deputats del General para cualquiera que les llevara
la contraria. Ejecuciones de personas, exilio, embargo de bienes para
usarlo en la guerra, etc. Está todo muy bien documentado en sus
cartas anteriores; en especial esta de 1461
).
Estas son las razones en que se apoya para
justificar su fuga, y hasta acaso para que se admita como regular y
posible la representación de los estamentos de Cataluña en su
persona, aun cuando dice obrar “en nombre de los presentes y
ausentes fieles al Rey”, y cite algún personaje conocido y de gran
influencia y representación. Mas como del examen comparativo de este
volumen con los anteriores resulten desvanecidas algunas de las
aserciones del prófugo, (este Manuelico era más liante que su
padre Próspero
) creemos deber nuestro consignarlas, para que así
con más seguridad e interés pueda el lector
estudiar los sucesos por los documentos, y deducir, por consiguiente, la pura verdad histórica.
Resulta, pues, de
nuestro estudio comparativo, que la fidelidad del Çaportella
al rey Don Juan (recuerden que en el tomo 24 los deputats
ya fueron a buscar a Portugal a Perico el de Calaf, el condestable,
pactaban con el rey de Francia y el de Castilla
) no se dio a
conocer tan pronto como debía,
(¿acaso os pensáis que le gustaba
prescindir de su cuello al señor Çaportella?
) puesto que
siguió aquel ejerciendo su cargo de diputado (bien remunerado)
desde el principio del trienio y sin tener medio o
resolución para huir
(consulten el documento donde se manda
matar a algunos sediciosos en contra del Principat de Cathalunya;
otros documentos donde se manda matar a presos del bando del Rey
auténtico, Juan II, etc
) hasta el siete de enero de 1463,
esto es, más de un año después de la muerte del Principe de
Viana
; que, a ser victima de los insultos y violencias que
cuenta, ni él hubiera seguido tanto tiempo (eso te lo crees tú,
Bufa al ull, que también recibías una buena paga por tu empleo como
archivero
), sin gran fingimiento, representando uno de los
principales cargos
en una corporación que tenia buen
cuidado de señalar por sospechosos a los que le parecía,
confiscándoles los bienes cuando era menester, ni, de seguro,
hubieran permitido los mismos insultadores que siguiera en el banco
de la Generalidad (otra falsedad de Manuelico Bofarull que
no sabe atenerse a los textos que transcribe, cosa que aprendió de
su padre, la casa de la Deputacio, casa del General, tontolaba.
) hasta la hora
perentoria de su fuga, un diputado que, según él mismo revela
después en su registro, era el principal enemigo de la rebelión:
que los que representaban el Principado en Barcelona (los
deputats del General, consell de cent, ciutat de Barchinona
) no
fueron tan pocos
como se supone, ni aun durante ciertos periodos de mayores
complicaciones y apuros, encontrándose entre ellos personas tan
distinguidas como el vizconde de Rocaberti, don Francisco de Pinós,
Gerardo Alemany de Cervelló, el conde de Pallars, el obispo de Vich,
el abad de Montserrat, el deán de Lérida y otros muchos, cuyos
nombres puede haber notado el lector en los anteriores documentos;
que cuatro meses antes de desaparecer el diputado existen cartas
suyas en las que no sólo manifiesta estar identificado con las ideas
de los rebeldes de Cataluña (lo contrario le hubiese hecho bailar sin tarima), sino también gozarse en la esperanza de la venida
del rey de Castilla,
cuya llegada a Soria participa a varias
municipalidades (sesión del 31 de agosto de 1862);
(Manuelico,
que no sabes ni en qué año estás trabajando los textos del
archivo; te refieres a 1462; en 1863 se publica este tomo 25)

y
que el único acto por el que tal vez podria empezarse a sospechar
de su modo de sentir politico
es el que se nota en 11 de octubre
del mismo año, cuando, al designarse a algunas personas como
sospechosas, se abstuvo libremente Çaportella de manifestar
su opinión en lo tocante a las personas eclesiásticas.
Hacemos
estas observaciones para que el lector, recordando estos antecedentes
al leer el registro que ha de justificar la transformación del
antiguo diputado rebelde, pueda admirar con mayor interés la
desconocida causa de aquella, o sospecharla quizá, al ver que la
descision (decisión) del prófugo no tuvo lugar
hasta muy poco después de haberse acordado aclamar por rey
a Enrique de Castilla
, pudiendo así el que compara atribuir con
mayor justicia a cada acto el valor que se merezca.
(Esa
aclamación haria rodar cabezas, y este buen hombre lo sabia desde
hacia tiempo; y otras traiciones de catalanes representantes del
Principado: lo de Portugal, Francia, etc.)

El volumen, pues,
que vamos a publicar a continuación comprende varias resoluciones y
cartas escritas a veces en nombre de la Diputación, que,
según es de ver, la venia a constituir el mismo consejo del Rey, o
con la sanción del arzobispo de Tarragona, y abraza desde 23 de
enero de 1463 a 15 de octubre de 1472, de manera que viene a
completar en gran parte el azaroso periodo de las turbaciones, objeto
de esta publicación desde algún tiempo, y en pro del cual iremos
dando a luz todos cuantos materiales nos suministren el Archivo general de la Corona y el especial de la antigua Diputación o
Generalidad de Cataluña

(en ninguna carta anterior de la colección, desde el tomo I de Próspero, la llaman Generalidad ni
Generalitat, sino casa de la Deputacio. Tanto Próspero como Manuel sí la llaman así)
.
Conviene advertir, sin
embargo, que en el primer documento que se encuentra de octubre, (25 de octubre) el
año es 64, y no 63, de manera, que o hay aqui un vacío de un año, o
todos los documentos anteriores a aquel mes llevan equivocadamente
el año anterior
, con lo que resultaria ser la fuga del diputado
más posterior aún de lo que decimos.
(El 16 de noviembre aparece 1463. Manuelico no podía haber cogido los textos donde no cuadra la data y publicarlos aparte; no daba para más. Como liante no tiene parangón hasta la actualidad).

dissabte, 30 de novembre del 2019

cort de Spanya, Barchinona, deputats, General

A la Barselona de 1558 (Barchinona) sabíen que existíe una cort de España, pero actualmén ña qui u ignore o la negue.

... Seu de Barchinona y doctor en quiscun dret, per a la cort de Spanya, tramès per los senyors diputats per negocis del dit General, segons referí en concistori a XI de desembre del dit any, y los senyors deputats me manaren a mi, Josef Cellers, que la continuàs.







En la Barcelona del 1558 sabían que existía una corte de España, pero actualmente hay quien lo ignora o la niega.


Curta biografía de Braulio Foz.

BRAULIO FOZ. Va estudiá los primés estudis a Calanda, y al 1807 apareix matriculat a la Universidat de Huesca. Allí, com mols atres compañs,...