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diumenge, 18 de desembre del 2022

X. Wisadi Episcopi Urgellensis donatio ecclesiae S. Petri Rodensi an. DCCCCXLVII. (947) (

X.

Wisadi Episcopi Urgellensis donatio ecclesiae S. Petri Rodensi an. DCCCCXLVII. (947) (Vid. pág. 44.)

Ex cartor. S. Petri Roden. fol. 20. b. (se lee 6.) 

Quia in hac valle lacrimarum et miseriae venerabilibus sanctorum suffragiis cotidie indigemus, ut per eorum auxilia pervenere possimus ad grandia paradisi gaudia quae misericors Deus diligentibus se preparavit ante omnia saecula; ego Wisadus Episcopus in Sanctae Mariae cenobio Urgellensi Sancti Petri ecclesia in Cerdania in villa Ulceia cum tota illa parrochia et decimis et primitiis Sancto Petro donavi in Rodas in comitatu Petralatense subtus ipsa verdaria ut eius venerandis praecibus Domini misericordia consequi merear et cum volumptate Archidiaconorum et ceterorum cannonicorum meorum et nobilium laicorum hoc dedi, et venerabilem Abbatem Eldesindum et ceteros patres et fratres in Sancti Petri monasterio Deo militantes supplicibus rogavi praecibus ut pro caeteris Episcopis successoribus meis summi Dei clementiam jugiter deprecarentur, ut eam donationem eiusdem ecclesiae quam pro mea summa salute et illorum omnium Deo et Sancto Petro donavi, firmiter et caritative augendo ipsi conservent. Omnes benedictiones quae scriptae sunt in veteri et in novo testamento in eis descendant qui istam donationem firmiter conservaverint, et post dubium et fragitem vitae istius cursum auxilio Sancti Petri pervenire possint ad paradisi gaudia quae diligentibus se misericors Deus praeparavit. Scriptura istius donationis facta est in idibus aprilis anno ab Incarnatione Domini DCCCCXLVII. inditione V, venerabilis Regis Lodoici regni XI. anno.

Wisadus Sanctae Urgellensis ecclesiae Episcopus qui hanc scripturam fieri jussi et firmare rogavi et subscripsi. = Gumilus Archipresbiter ss. = Gotmarus Archilevita ss. = Ermemirus presbiter. = Sig+num Eldesindus Archipresbiter. = Sig+num Guadamirus presbiter. = Froilus levita ss. = Gisclaricus sacer. ss. = Wiscafredus levita ss. = Salamaricus presbiter ss. = Wadamirus presbiter ss. = Egilius levita ss. = Witmarus presbiter ss. = Exemeius sacer. ss. = Daniel presbiter qui hanc karta donationem scripsi et ss. die et anno quo supra.

diumenge, 28 d’agost del 2022

X. Caroli Calvi praeceptum pro ecclesia Urgellensi, eiusque episcopo Wisado eius nominis primo, anno DCCCLX. (860)

X.

Caroli Calvi praeceptum pro ecclesia Urgellensi, eiusque episcopo Wisado eius nominis primo, anno DCCCLX. (860) (V. pág. 66.) 

Ex arch. eccl. Urgell. lib. I Dotal. fol. 14. 

In nomine sanctae, et individuae Trinitatis. Karolus gratia Dei rex: quidquid pro utilitate, et necessitate sacrorum lochorum efficere contendimus, profuturum nobis, et ad praesentem vitam foeliciter transigendam, et ad aeternam beatitudinem facilius obtinendam, omnino confidimus. Ideoque notum sit omnibus sanctae Dei aecclesiae fidelibus, et nostris, praesentibus atque futuris, quod venerabilis vir Guissadus Urgellensis aecclesiae episcopus, ad nostram accedens reverenter sublimitatem, innotuit de quibusdam verbis (f. rebus) a gloriosis imperatoribus Karolo avo nostro, et Ludovicho genitore nostro eidem aecclesiae suae per praecepta inprevaricanda concessis, idest, condaminam unam, quae est prope ortum sanctae Mariae, et aecclesiam sancti Iacobi cum suis ortilibus et kasalibus. Praeterea peciit ut eidem sanctae sedi redderemus contiguam aliam condaminam, et ortum praephatae condaminae adherentem. Adidit aetiam de decimis Andorrensis pagi, ferri et piscis, quae aecclesiae suae debentur. Simul etiam dixit nobis de quibusdam pagellis, qui suae sunt parroechiae, ut progenitoribus nostris imperatoribus per praeceptum nostrum eidem sanctae sedi beatae Mariae nomini dicatae, secundum antiquam consuetudinem subiectas fore, confirmaremus. Cuius venerandi pontificis supplicem rogationem clementer audientes, praeceptum hoc altitudinis nostrae fieri iussimus, per quod praenominatas res praescriptas fore sedis iuri subiungimus, et dominio praesulis eius Guisadi, ac successorum eius perpetuo mancipamus. Videlicet ut ecclesiastica et kanonica auctoritate, ad utilitatem, et necessitatem sepe dictae sanctae sedis, et servorum Christi in ea degentium ordinent, atque disponant, sine cuiuspiam inquietatione, aut contradictione. Cerdaniensis vero pagis, et Libienensis, et Bergitanensis, Palariensis quoque, atque Ripachurcensis, Gestabiensis, atque Cardosensis, Anabiensis, ac Tirbiensis, et locus sanctae Deodatae cum finibus suis, sicut in memoratis imperialibus praeceptis notum est scriptum fuisse, semper subiaceant plerumque dictae sanctae sedi Urgellensis aecclesiae, neque sit eis licitum ad alias vicinas aecclesias migrare. Praeterea concedimus eidem sanctae sedi, ut sicut aliae aecclesiae Septimaniae, ita quoque eadem, et rectores eius semper habeant tertiam partem telonei de omnibus illius parroechiae merchatis. Similiter etiam concedimus eidem aeclesiae, ob remedium animae nostrae, tertiam partem telonei omnium negociatorum per eandem parroechiam transeuntium, atque merchantium. Nullique sit licitum contra hanc auctoritatis nostrae praeceptionem molestiam de his, de quibus dicitur, rebus, et teloneis, inferre superius dicto pontifici, ac successoribus eius, sive ministris crebro dictae aecclesiae Urgellensis ad hoc exequendum constitutis, praesentibus temporibus, et futuris. Ut autem hoc nostrae auctoritatis scriptum pleniorem in Dei nomine optineat firmitatem, manu propriâ subter firmavimus, et anuli nostri impressione assignari iussimus. = Signum + Karoli gloriosissimi regis. = Gauzllenus notarius ad vicem Ludovici regis recognovit et subscripsit. = Data XIII. kalendas Decembris, indictione nona, anno XXI. regnante Karolo gloriosissimo rege. Acta Panagone palatio regio in Dei nomine feliciter, Amen.

dijous, 25 d’agost del 2022

Carta LXXXI. Continúa el episcopologio Urgelense, desde fines del siglo VIII hasta fines del IX.

CARTA LXXXI. 

Continúa el episcopologio Urgelense, desde fines del siglo VIII hasta fines del IX. 

Mi querido hermano: Salimos ya de aquellos tiempos obscuros, que no nos han dejado otros documentos de los obispos de Urgel, más que la noticia de haberse hallado en los concilios. Vamos a entrar ya en la época diplomática, quiero decir, en que tenemos escrituras que citar y analizar; aunque eso mismo que es de grande ayuda para la historia, es de mayor trabajo para el historiador. Y si bien esta iglesia de Urgel tiene la gloria de aventajarse a todas las de España en la antigüedad de las escrituras que conserva; también le comprende la suerte común a las de Cataluña de seguirse en esos documentos el calendario por los años de los reyes de Francia: cosa que confunde, y tal vez es causa de equivocaciones lastimosas. En fin, yo iré diciendo lo que he hallado, corrigiendo de paso el catálogo de obispos impreso en las Sinodales, y añadiendo algunos prelados que allí no se mencionan. El primero de los omitidos, después del célebre Félix, es 

RAUDULFO 

(dudoso) 

existente en el año 792 o 796.

Y no digo yo que sea indubitable la existencia de este obispo Urgelense en dichos 

años; pero sí digo que sobran los motivos para creerlo, aunque no faltan dudas en contrario. Veámoslo. Raimundo, conde y marqués de Tolosa, Anao, Pallás y Ribagorza, hizo al monasterio de Gerri una amplísima donación, concediéndole entre otras cosas el monasterio de S. Ginés de Bellera. Dice que esto lo hizo cum consilio et assensu Raudulfi episcopi Urgellensis ecclesiae; el cual confirma al fin la donación del conde, poniendo al abad de Gerri la obligación de asistir al sínodo, y concediéndole en esta ocasión el honor de que se siente al lado izquierdo del obispo, y de que se hospede en su palacio con toda su comitiva. Firma así: Raudulfus hac si indignus praesul supranominatae sedis hanc cartam &c. La fecha dice: Facta haec carta donacionis Indicione XV, anno XXVI. imperante Karolo imperatore et augusto. Si esta escritura se conservase original, la vista sola de su letra nos aseguraría de la existencia del obispo en el año que dije. Mas como lo que yo hallé en aquel monasterio fue una copia hecha en el siglo XII, de la cual es la adjunta (a: Apend. n. III), queda abierto el campo para varias dudas, las cuales propondré con imparcialidad para que se vea si debió hacerse aquí mención de este prelado. Y primero diré las pruebas que parecen serlo de la legitimidad de este documento. 

1.a Su fecha es: Indicione XV. Anno XXVI. imperante Karolo imperatore et augusto. Estos dictados sólo son propios de Carlo Magno, y la indicción XV cuadra bien con el año XXVI de su reinado; lo cual no se verifica en el de Carlos el Calvo, que es el otro Carlos con quien pudiera equivocarse, y mucho menos con Carlos el Simple, a quien de ningún modo conviene lo de emperador y de augusto. Por esto la he reducido al año 792 de Cristo, que es el XXVI de Carlo Magno, contando su reinado desde la muerte de su padre Pipino: o si por los inconvenientes que luego se dirán no pudiese seguirse esta cuenta, podrá tomarse la que en algunos diplomas se usó desde que en 771 murió su hermano Carlomann (Carlomán; Karlmann), y quedó él hecho rey de toda la Francia. En cuyo caso la escritura será del 796, aunque no le cuadre la indicción XV, cosa que no es nueva ver equivocada aun en escrituras originales. 

2.a Los señoríos cuyos títulos se da a sí mismo el conde Raimundo, sólo estuvieron reunidos en una persona a fines de ese siglo VIII, y lo más hasta la mitad del siguiente. Entonces progresando la conquista contra los moros, y teniendo los reyes de Francia necesidad de subdividir los gobiernos particulares, separaron el condado de Tolosa (Toulouse) de los de nuestros Pirineos, aunque el de Pallás y Ribagorza continuaron por algún tiempo más todavía reunidos. Y pues aquí se intitula Raimundo conde de Tolosa, cierto parece que vivía en esa época, y por consiguiente nuestro obispo. 

3.a Hállase en la escritura después de la suscripción del obispo Raudulfo, que 

dio su permiso y aprobó aquella donación, otra de esta manera: Raudulfus episcopus me subscribo. Esta breve firma inmediata a la otra que decía extendida más a la larga, prueba la verdad de que en esta sede hubo dos obispos de este nombre; y el uno de ellos sabemos cierto que lo fue desde el 914 hasta 940: el cual es evidente que confirmó la donación de su antecesor, como la confirmó también Wisadus Urgellensis episcopus. Y es de notar que hubo dos Wisados, uno de los cuales es de mitad del siglo IX: y si este es el confirmante, queda mucho más demostrada la época anterior de nuestro Raudulfo. 

4.a No desdicen de esta época, antes saben mucho al goticismo y antigüedad de ella, los nombres de la mayor parte de los testigos que aquí suenan: Mauricius, Vadegarus, Sanila, Igila, Tedeulfus, Mauricellus. (En siglos muy posteriores todavía hay nombres godos para aburrir en Cataluña, y los sigue habiendo, pero modificados por el tiempo, y por lo que no es el tiempo)

5.a Por otros documentos ciertos consta que ya en ese año 792, existían con sus abades los dos monasterios de Gerri y de Bellera, de que aquí se trata.

6.a Un Raimundo, conde de Ribagorza, que suena mucho en los principios y mitad del siglo X, época del otro obispo Raudulfo, con el cual el nuestro pudiera equivocarse, nunca se nombra en sus donaciones &c. sin expresar juntamente el nombre de su esposa Ermesindis; ni se da a sí mismo los títulos que el de nuestra escritura; el cual expresó aquí todos esos señoríos, y no mentó a su mujer. Luego eran personas distintas y de diferentes épocas. 

Estas son las razones que me inclinan a creer que verdaderamente son de ese tiempo el conde y el obispo sobredichos. Y si alguno dudase de la legitimidad de esta escritura, porque en ella se da a Carlo Magno el título de emperador, que no tuvo hasta el año 801, ruégole que considere que las esclarecidas victorias que este príncipe alcanzó de los moros, obligaron a muchos a darle anticipadamente ese dictado de elogio, como entre otros hizo el concilio de Narbona del 788 o 791 según otros creen, en el cual repetidas veces es llamado imperator diez o doce años antes que lo fuese (a: Coll. Conc. gen. ad an. 788). Otros sospecharán que este Raudulfo sea el obispo del siglo X. Responderé a esto que el año XXVI de Carlos el Simple que aquel prelado alcanzó, es el de Cristo 923 o 24, o si se quiere el 25: a ninguno de los cuales corresponde la indicción XV, como tampoco a aquel rey los dictados de emperador y augusto. Más es que la escritura tiene dos firmas de obispos Raudulfos; y es cierto que no hubo prelado de este nombre posterior al conocido del siglo X. Luego el otro debió ser anterior a él. También reparará alguno en que el conde menciona aquí herederos, constando que todos los señoríos de esta Marca fueron sólo beneficios cuando más de por vida, casi hasta todo el siglo IX. Mas yo hallo solamente mención de eso en las cláusulas cominatorias y de estilo: nemini, dice, filiorum, aut haeredum liceat &c.; lo cual dista mucho de lo otro, y de esa fórmula usaron otros condes en 815 y 819, como se ve en sus escrituras, de las cuales más adelante irán algunas. No ha faltado también quien tropezara en la nota de indicción que trae esta escritura: cosa, decía, no usada en el reinado de Carlo Magno antes del año 801 en que fue coronado emperador. Es así la verdad, que aquel príncipe no usó aquella nota cronológica en los diplomas que él expedía en su nombre, hasta que hecho emperador adoptó esa costumbre de los emperadores del oriente. Mas no es menos cierto que en otras escrituras particulares se usó mucho antes ese cómputo, que ya era común en Francia desde la mitad del siglo VIII. Y de esto basta para prueba el concilio que dije de Narbona, que en su exordio usa de la nota de indicción. Así se usó también, porque esta era la costumbre, en la donación particular de que hablamos. Más grave es la duda que puede oponérseme sobre la coexistencia de este Raudulfo con el célebre Félix, que era en esos años obispo, y que según la opinión común no fue depuesto de su silla hasta el año 799. Ya en el correo pasado indiqué la sospecha de que no es muy averiguada esta cuenta. Porque como entonces dije, y de cada día me confirmo más en ello, Félix fue depuesto y desterrado a Lyon en el concilio de Francfort del año 794, que es lo que dice Adón en su crónica. Con lo cual queda lugar a Raudulfo en el año 796. Y aún en el 792 puede muy bien salvarse su coexistencia con Félix; que como ya condenado en el concilio de Narbona de 788, y en el de Ratisbona de 791 o siguiente, pudo y sufría la disciplina de aquellos tiempos que se nombrase otro obispo católico, de manera que hubiese dos obispos en una misma iglesia, como los tuvieron muchas de las de España al tiempo del concilio III Toledano. En suma, esto es de suyo inaveriguable, y cualquiera que sea el estado de incertidumbre, yo no debía omitir la noticia de Raudulfo en este lugar. Porque la escritura en que me fundé para ello es tal, que si ahora no puedo desatar cumplidamente todas las dudas que sobre ella se ofrecen, tampoco creo que se me contradigan las principales razones que me movieron a publicarla, y a inferir de ella que a fines del siglo VIII acaso gobernaba esta iglesia un obispo Raudulfo. 

LEIDERADO 

(dudoso) 

desde 799 a 806.

De lo dicho en el artículo anterior puede inferirse, aunque con alguna duda, que depuesto de esta silla el obispo Félix, o acaso antes de serlo enteramente, hubo en Urgel obispo propio que gobernase según la doctrina católica la grey de Cristo. 

Más claro y con mayor certidumbre constará esto mismo con la noticia del obispo Leiderado que tampoco ha sido conocido hasta ahora. De él hay memoria en el cartoral del monasterio de S. Saturnino de Tabernoles, que hoy se conserva en el seminario conciliar de esta ciudad, como dotado con parte de las rentas de aquella antigua casa ya suprimida. La letra de este libro, que en Castilla llaman Tumbo y Becerro, es del siglo XII; y en él están copiados los instrumentos de pertenencia anteriores a ese tiempo. Uno de ellos es el de la donación que este obispo hizo a Calordo, abad de dicho monasterio, y a los monjes Ucanno, Juan, Sunila, Eldesendo, Exuperio, Gontefredo, Sidonio y Ermegildo, de la iglesia de San Saturnino, sita en el condado de Urgel en la soledad de Ardevol, la cual él había construido, con todas sus pertenencias, décimas y primicias &c. Parece que a esta donación dio motivo la apostasía de Sidonio, uno de los monjes ya dichos; el cual arrepentido de su delito pidió al obispo la absolución, y él se la impetró de la sede apostólica. El malísimo latín de aquellos tiempos, que abundó en solecismos hasta todo el siglo XII, hace ininteligibles algunas escrituras, y en esta pudo aumentarse la obscuridad por algunas equivocaciones del que la trasladó en el cartoral. Sin embargo la copia adjunta (a: Apend. n. IV) sacada fielmente de aquel libro basta para dar a entender lo que ello fue. En ella verás que el obispo que al principio sólo se llama: Ego Leideradus gratiâ Dei hanc si indignus episcopus, sin expresar su silla, al fin la declara terminantemente de esta manera: Leideradus praesul almae genitricis Dei Mariae in Urgello gratia Dei sede praesidente, qui hanc donatione roboravi, et ad roborandum tradidi, et SS. No puede decirse con mayor claridad que era obispo Urgelense. Lo cual indica también cuando de la iglesia de S. Saturnino que entregaba a aquel monasterio, dice que él la había construido o dedicado en la soledad de Ardevol (quae ego predicavi), porque es verosímil se escribiese predicavi, en lugar de aedificavi o dedicavi (esto segundo es más verosímil, si la d se confunde al escribir con pr o pra). Cosas que suponen permanente el obispo en este condado, y con el interés pastoral de mejorar las iglesias y dotar los monasterios de esta diócesi. Lo cual no conviene igualmente a un obispo de otra iglesia. Vengamos ahora a la fecha, que es: Facta carta donationis sub die octavo idus Aprilis, anno V. presidente catedrae imperiali gloriosissimo Charolo regno, et presidente in apostolatu dompno Leone papa, anni Incarnationis Domini... VII. speculato in mundo per gloriosissimo homine, quem pro nos et pro nostra salute suscepit, indictione undecima. Carlo Magno fue coronado emperador a 25 de Diciembre de 801; por consiguiente el 6 de Abril de su año V es el del año 806, tiempo en que era papa León III. Con este año no cuadra la nota final VII que se ha conservado de los años de la encarnación, ni menos la indicción, que no era XI sino XIV. Mas estas equivocaciones, no destruyen el hecho, señaladamente la última; porque muchísimas veces hallarás en mis viajes erradas las indicciones, o por ignorancia de los notarios, o porque siguieron otra cuenta en esa parte del cómputo. Y que este documento sea del tiempo que digo, lo prueba además de lo dicho, la existencia de ese mismo abad Calordo, del cual hay aquí otras memorias hasta el año 835, como verás otro día. También es algún indicio de esa época la expresión con que se elogió y expresó el beneficio que acarreó al mundo la humanidad de nuestro Señor Jesucristo, que no parece sino que se puso con estudio y en alusión, y como para detestar el error que entonces acababa de ser condenado acerca de Cristo en cuanto hombre. Más claro se ve esto mismo en que la donación está hecha a Ucanno (Eman), Eldesindo, Exuperio, Gondefredo, Sidonio, Ermegildo, que son puntualmente los mismos clérigos, a quienes el obispo Félix dirigió su epístola para atraer a la verdadera fe a los que habían sido sus compañeros en el error. Así que no queda duda que la citada escritura es del tiempo que decimos. Fijada pues la existencia del obispo Leiderado en el año 806, vengamos a hablar de otra memoria anterior del mismo prelado, perteneciente al año 799; la cual por lo que luego verás ha convenido dejar para este lugar. Nuestro cardenal Aguirre en la colección de concilios de España publicó la confesión de fe que en este año hizo Félix, reconocido ya de sus errores, y es la epístola que decía dirigida a los sobredichos y a otros de su iglesia, compañeros suyos en la herejía, a los cuales dice en el exordio: Postquam ad praesentiam domini nostri... Caroli regis perductus sum... licentiam ab eo, secundum quod et venerabilis domnus Laidradus episcopus nobis in Urgello pollicitus est, accepimus &c. De cuyas palabras se concluye, que en el año 799 residía personalmente en Urgel un obispo Laidrado o Leiderado, que aseguró a Félix la libertad con que podía acudir a la presencia del rey. Es así como dicen todos los historiadores que en ese año se tuvo un concilio en esta iglesia, en el cual fue condenado el error de los adoptivos, donde había sido enseñado por nuestro obispo Félix: y también es cierto que convidado este para presentarse a Carlo Magno, el obispo Laidrado le aseguró que podía hacerlo sin temor y con entera libertad. Mas la dificultad está en que comúnmente se cree que este Laidrado era obispo de Lyon, enviado acá con otros para presidir el concilio. Así se lee en la Marca Hisp. (col. 270, 345), y Pagi en sus notas a Baronio repetidas veces (ad ann. 799 et 800) prueba con las palabras de Alcuino que dicho obispo hizo acá dos viajes: 1.° para el concilio, y 2.° después de desterrado Félix para acabar de extirpar las reliquias de su error. Y como esa deposición y destierro se verificó en 799, según se cree, parece claro que el Laidrado, obispo de Lyon, debió permanecer aquí algunos años después, y que este es el que hizo la donación al monasterio de S. Saturnino bajo el nombre de Leiderado, que ciertamente es el mismo que el otro. Este es el motivo que tuve para proponer con duda este obispo: y más viendo aquellas palabras: secundum ministerio michi commisso, que parecen aludir a la comisión que el papa y el rey dieron al de Lyon para visitar de nuevo esta diócesi. Y si esto fuese así, y Leiderado es el mismo Laidrado obispo de Lyon y en ninguna manera de Urgel, no por eso daré por perdido mi trabajo; antes tengo por muy apreciable esta nueva prueba de la comisión que acá ejerció ese obispo extranjero, y eso más hay con que ilustrar la historia doméstica. De manera que digamos que la obra de la conversión de este clero, que Félix comenzó con su carta y confesión de fe, la completó este obispo de Lyon, enviado de propósito por Carlo Magno, si no había entonces ninguna silla episcopal en Cataluña que tuviese obispo, digo en 799, que pudiese como más vecino atender a esta necesidad. A esto que parece tan llano salen al encuentro las reglas de crítica, que hacen dudar de que esto sea así. ¿Tan fácil es de tragar, que esta visita se encargase a un obispo tan distante como el de Lyon, que no era de la provincia Narbonense, a la cual entonces pertenecía Urgel, y en donde había muchos obispos, y lo había aún en la vecina Elna, que conforme a los cánones del concilio Valentino podía desempeñar este oficio en la iglesia vacante? Y si esto no es creíble, ¿lo será que no por un año ni dos, sino por siete o más años desde el 799 hasta el 806 por lo menos permaneciese acá el Laidrado de Lyon por encargo del rey, dejando abandonada la silla que le encargó el Espíritu Santo? Y si era obispo de Lyon el Leiderado de nuestra escritura en 806, ¿cómo es que calló su silla, y se llamó obispo de Urgel, en la misma manera con que se llamaban los que lo eran? porque eso significa: Leideradus PRAESUL ALMAE GENITRICIS DEI MARIAE IN URGELLO gratia Dei sede praesidente: y ya se sabe que praesul y archipraesul desde entonces fueron sinónimos de episcopus y archiepiscopus. Este silencio de la sede Lugdunense es mucho más notable estando aquí sólo en comisión. Y si me dijeren que los obispos solían callar sus sedes, como de este Laidrado la calló Félix en su confesión de fe; cualquiera responderá: pues ¿por qué Leiderado expresó su silla de Urgel? Y si la poseía, ¿cómo diremos que tenía al mismo tiempo la de Lyon? Ni entonces ni ahora cabe ese monstruo en la disciplina eclesiástica. Luego aunque diésemos que el Laidrado de 799 fuese, como dicen, el obispo de Lyon, parece que el Leiderado de 806 no era sino obispo propio de Urgel, donde hacía como tal donaciones a sus monasterios. Y no te cause maravilla que hablando de S. Saturnino diga: cuius corpus sub cispite requiescit Tholosa. Porque si eso hubiera de indicar que el obispo no era de Urgel, diríamos que lo era de Tolosa y no de Lyon. Dichas palabras sólo se pusieron para distinguir ese S. Saturnino, que acá se tenía por el apóstol de este país, de algún otro santo del mismo nombre. En resolución, yo me inclino a creer, aunque no con entera certidumbre, que en el año 806 tenía esta iglesia por obispo propio a Leiderado, distinto del Laidrado de Lyon. Y de todos modos no debí omitir esta noticia e investigación, que no es inútil a la historia. 

POSEDONIO I 

existente en 815. 

El arzobispo Pedro de Marca (Marc. Hisp. col. 87) supone que en esta iglesia hubo un obispo Possedonio anterior al Sisebuto que floreció en 819, como se dirá luego. Yo puedo asegurar lo mismo, y que vivía en el año 815, como se infiere de una donación que el conde Fredelao, que ciertamente lo era de Cerdaña y de Urgel, hizo al monasterio de S. Saturnino de Tabernoles, la cual está copiada en el cartoral que dije en el artículo anterior, y de allí es la copia adjunta (a: Apend. n. V). Dio pues el conde a dicho monasterio el de S. Esteban y S. Hilario que él había construido in confinio Ceritaniae, en el territorio que le había dado el emperador Ludovico, cuius dono fulgimus. Queda para las memorias de los condes de Urgel el examen de algunas curiosidades civiles que contiene esta escritura, v. g. la noticia de los oficios subalternos del condado, tal como la de Tiufado y Princeps quoquorum (chef, principal de los cocineros), y también la de ser Livia la corte y asiento del condado de Cerdaña y otras cosas así. Ahora sólo conviene advertir que esta donación la hizo unâ cum consensu et adiutorio domini Possedoni episcopi: y que este prelado dedicó aquel lugar e iglesia el mismo día de la fecha, que dice así: Facta karta donationis vel helemosinaria V. Kal. Augustas, et in ipso die sacratum, imperante dompno Lodoico Augusto, anni ab incarnationis domini DCCCXV (815). En la firma del obispo hallarás también que excomulga a los que quebrantaren o contravinieren a la confirmación y donación sobredichas. De manera que no queda duda de la existencia de este obispo en ese año. 

SISEBUTO I 

existente en 819 y 823. 

Este es el obispo a quien el vulgo atribuye la gloria de haber restaurado la ciudad e iglesia de Urgel después de la invasión de los árabes. Opinión a que no debe acomodarse el que considere que los antecesores Posedonio y Leiderado y aun Félix vivieron aquí muy de asiento, y suponían este territorio libre ya de los moros, y con monasterios existentes, gobernados por sus abades. Ni ¿cómo se hubieran celebrado concilios a fines del siglo VIII, según dicen todos los historiadores, si no estuviera restaurada parte de la ciudad y la iglesia también ? Esto mismo indican las palabras de la escritura que luego se citará: quae (ecclesia) antiquitus a fidelibus constructa, et ab infidelibus destructa, atque a parentibus nostris, temporibus domni et piissimi imperatoris Karoli Augusti, restaurata esse videtur. No es justo pues que por honrar a este obispo se quite a sus antecesores la gloria que les resulta de haber contribuido con su celo a la restauración de la ciudad y del culto eclesiástico. Lo que real y verdaderamente hizo Sisebuto, fue tratar de la dotación de la iglesia y de la confirmación de sus posesiones; a lo cual llamaban dedicación, y algunas veces consagración: palabras que atendida la propiedad latina significan una misma cosa. En este sentido bien podemos llamar a este obispo restaurador de la iglesia de Urgel. Porque viendo ya concluido el templo, que entonces se construyó, y que desapareció con la fábrica del actual, y contando con la permanencia que la religión cristiana podía prometerse en este país por la inmediación de las armas francesas, y bajo la dirección del conde Seniofredo, acudió al emperador Ludovico Pío, con cuya autoridad y la asistencia de varios próceres, se hizo la solemne dotación de la iglesia, que publicó la Marca Hisp. (apend. núm. I.), y yo envié copiada de nuevo en los correos pasados. Su data es del día 1.° de Noviembre, año VI del sobredicho emperador, que corresponde al de 819 de Cristo. En la misma obra (apend. núm. II.) se publica otra memoria como perteneciente a nuestro obispo; pero no es sino del Sisebuto II, como veremos en su lugar. Ya advertí que en ese solemne diploma de la dedicación no se habla de la introducción de vida canónica Aquisgranense en esta iglesia. Pero bien podemos conjeturar que así debió verificarse, no sólo porque aquella regla era tan favorita del emperador, que tan liberal andaba con esta iglesia; sino porque estaba tan reciente lo mandado acerca de esto en Aquisgrán en 816, y era muy regular que el obispo Sisebuto, ya que tan solícito anduvo en cuidar de los intereses temporales, no lo estuviese menos en la reforma de la vida clerical, que no andaría muy arreglada con las pasadas revueltas de los errores de Félix. Esto suponen los obispos sucesores S. Ermengol y Eriballo en sus decretos sobre la vida canónica, como ya se dijo en su lugar. El catálogo impreso dice que Sisebuto murió el año 821. Mas yo he hallado por aquí algunas copias de un praeceptum de Ludovico Pío a favor del mismo obispo, en que le concede que pueda proceder libremente a la corrección de su clero, y que nadie le perturbe en la posesión de la parroquia de Livia, capital de la Cerdaña: confírmale además cuanto su padre Carlo Magno tenía concedido a esta iglesia, parrochias, dice, Urgellitanam, Bergitanam, Cerdaniensem, Palariensem, Anabiensem, Cardosedanam, Terbiensem, Gestabiensem, Ribacursensem. Es en la substancia parecido al que publicó la Marca Hisp. (apend. núm. XI.). Pero este tiene la fecha de esta manera: Dat. IIII. Idus Marcii, anno Xpo propicio X. imperii domni Ledovici piissimi Augusti, Indict. XIII. Actum Theudotis villa palatio regio in Dei nomine &c. El día lo de Marzo del año X de Luis es el de 823 de Cristo, en el cual debemos suponer vivo a este obispo, si no hay yerro en eso, como ciertamente lo hay en la indicción que en ese año era la I, no la XIII. No va copia de la escritura, porque ya dije que sólo son traslados lo que he visto; ni yo propongo esto, sino para que quede apuntado aquí, por si otro averigua más, en cuyo caso sería perjudicial la omisión. 

POSEDONIO II 

existente en 823. 

Acabamos de ver que el obispo Sisebuto existía en el día 10 de Marzo del año 823, correspondiente al X del imperio de Ludovico Pío. Y ahora se nos ofrece en el 21 de Junio del mismo año otro obispo Posedonio, en el diploma con que ese emperador, por la mediación del conde Matfredo, le confirmó la posesión del monasterio de Santa María, llamado Santa Grata, reedificado por el mismo obispo, junto con la cellula o priorato de S. Fructuoso, sujeta a dicho monasterio, del cual se dirá más en otro correo. La escritura que de ello se hizo, está en la Marca Hisp. (apend. núm. IV.) conforme enteramente en la fecha con el original que existe en este archivo. En ella se dice que ya había mucho tiempo se concedió licencia a este obispo para edificar monasterios en los lugares incultos: Matfredus comes... gestans in manibus quasdam praeceptiones, quas dudum in Aquitania constituti cuidam venerabili Possedonio Orgeletanae sedis episcopo fieri iusseramus. Y poco después se supone existente en este año que decimos: suggerens praedictus Possedonius episcopus per eundem Matfredum fidelem nostrum. Siendo pues cierta la fecha de esta escritura, y no habiendo yerro en el año que señala, debe tenerse también por cierta la existencia de Posedonio en 823. Pero no se entiende cómo será el que ha tanto tiempo se le hubiese concedido licencia para edificar aquel monasterio, siendo cierto como es que tres años antes de este era obispo Sisebuto. O digamos que el Posedonio, a quien se dio aquella facultad, era el otro del mismo nombre, de que ya dijimos. Lo que en ninguna manera puedo aprobar es que se atribuya al mismo obispo la otra escritura que publica la misma obra (apend. núm. XI.) reducida al año 836 de Cristo, como también se la atribuye el catálogo impreso. No he podido dar con el original de ella; pero es imposible que no hubiese yerro en el año XXII que señala de Ludovico Pío, siéndolo el que Posedonio existiese en ese año; pues consta con evidencia que ya en 833 le había sucedido otro Sisebuto, cuyas memorias alcanzan hasta el 840, como vamos a ver. 

SISEBUTO II 

desde 833 hasta 840. 

El catálogo impreso dice que este prelado fue electo en el año 851. Antes de él pone a un obispo Florencio electo en 838 y muerto en 850 (no se ve bien, es un 0 más pequeño, o un 8 o 6 medio borrado), del cual dice que dedicavit catedralem ecclesiam ad medietatem: expresión que no sé lo que significa, estando ya esta iglesia dedicada por entero desde el 819. Y como por otra parte no da prueba alguna de la puntualidad con que asegura la entrada y la salida de los obispos, cuya existencia a duras penas pueden columbrar los que la buscan en documentos, ¿qué haré más que seguir mi cuenta por los que he podido ver? Así que el Florencio debe ser excluido, o en todo caso guardado para después de Sisebuto II, en que hay algunos años sin memoria de obispo. Y no es extraño que este catálogo dislocase los años y pontificado de Sisebuto II, puesto que Balucio lo confundió con el primero (Marca Hisp. col. 346 seqq.). Mas es constante que hubo aquí dos obispos de este nombre, el primero en 819, el segundo desde el 833 en adelante, mediando entre los dos un obispo Posedonio; el cual ya dije que no pudo vivir hasta el año 836, como afirmó Balucio (Ibid. col. 351): pues consta evidentemente que ya Sisebuto le había sucedido XV. Kalendas Decembres, anno vicessimo imperatoris nostri serenissimi Hlodouvici Agusti. Esta es la fecha literal de la escritura que se hizo en la dedicación que celebró el obispo Sisebuto de la iglesia de Santa María, S. Pedro y S. Juan Bautista in castro Lilieto; la cual existe original en este archivo, y va copiada (a: Apend. n. VI.). El estar expresado con letras el año vicessimo de Ludovico Pío, quita todo recelo de equivocación, que ya por otra parte no era de presumir en una escritura original, y de las más auténticas del mundo. Así que esta dedicación se hizo a 17 de Noviembre del año 833, contando como se debe los años de aquel emperador desde el 28 de Enero de 814. La subscripción del obispo, además de la mención que se hace de él en el cuerpo de la escritura, es de esta manera: XV. Kalendas Decembres restaurata a Sisebuto episcopo et subscripta: 

+ Sisebutus +.

El gobierno del mismo obispo en estos años lo demuestra también el precepto o confirmación dada por el emperador Carlos el Calvo a favor del monasterio de Santa María de Alaon (Alaón), año V de su reinado, 844 de Cristo. Porque en ese diploma dice que aquella casa había sido edificada diez años antes, y dedicada por Sisebuto, obispo de Urgel, a cuya diócesi pertenecía entonces (de cuius spiritualitate locus est). De donde se concluye que en 834 había en la iglesia de Urgel un obispo llamado Sisebuto. Este documento está publicado por el cardenal Aguirre (Coll. Concil. tom. IV. p. 129). Lo mismo dicen los historiadores de Languedoc (lib. IX.). 

Después de estas memorias quedan algunas otras no menos ciertas de los años 839 y 840, las cuales diré por su orden cronológico.

1.a Una escritura copiada en el libro Dotal., y es la compra que hizo el obispo Sisebuto de ciertas tierras in territorio Elinsitano ad sanctum Stephanum (valle de Elins), fecha X. Kal. Martii, anno XXVI. imperante domno nostro Hludovico Augusto, 839 de Cristo.

2.a El testamento del mismo prelado, fecho V. Kal. Aprilis del mismo año. Va copia de él (a: Apend. n. VII.), porque no deja de ser curiosa la memoria de los libros que manda a varios monasterios. También merece atención el pago (pao) Verennetano que nombra por dos veces, y por ahora no me ocurre qué condado o parte de territorio quiso indicar con ese nombre.

3.a La donación que a esta iglesia y a su obispo Sisebuto hizo el conde Suniefredo, publicada en la Marca Hisp. (apend. n. II.) mal reducida por Balucio al año 819, porque la fecha que ella tiene es III. nonas Ianuarii, anno vicesimo VI. de Ludovico Pío, que es el 840 de Cristo. Creyó aquel escritor que se debía borrar el vicesimo y conservar sólo la nota VI. Y dijo que era cierto y evidente (col. 347.), que debía hacerse esa enmienda por dos razones, que no sé cómo le parecieron sólidas y bastantes para ello. 1.a Porque ya en el año 819 estaba hecha la dedicación de esta iglesia; como si aquel acto impidiera que después se le hicieran nuevas donaciones. 2.a Que en esta de que hablamos se supone vivo al obispo Sisebuto, el cual dice que había muerto antes del 823. Esto es mucha verdad, respeto del primer obispo de este nombre, mas no respeto del segundo, cuya existencia desde el 833 hasta el 840 vamos demostrando. En todo caso Balucio debía reducir la citada escritura, no al año 819, sino al 820 de Cristo, al cual corresponde el día 3 de Enero del año VI de Luis. La verdad es que la escritura publicada está conforme con el original, el cual existe aquí, y he visto con mis ojos, y cotejado cuidadosamente con el impreso; y en la fecha se lee anno vicessimo VI; y como a su verdad no se opongan las dos razones alegadas por Balucio, debe prevalecer su texto genuino a la interpretación arbitraria de este escritor: y cuando se haga otra edición de esa obra, entre las muchas correcciones que hay que hacer en ella, debe quitarse esta escritura del lugar que allí ocupa, y ponerse en el año 840 que es donde pertenece. Tenemos pues averiguado que en ese año existía aún nuestro obispo Sisebuto. 

Mayor dificultad podía ser la que no mencionó Balucio, es a saber, la existencia del conde Seniofredo que supone ese instrumento del año XXVI de Luis; siendo así que no hay autor que de estos condes escriba, que no le suponga muerto antes del 823, en que aparece su sucesor Macfredo (Matfredo, Manfredo; Manfred). Mas esta ha sido una equivocación general, o más bien de uno solo, a quien copiaron los demás. En las memorias de los condes de Urgel se demuestra que Suniefredo lo fue hasta el 844. 

4.a Finalmente hay una escritura de la venta que Jesalrmar y Alevia hicieron al obispo Sisebuto de una viña en los términos de Villanova ubi dicitur Ripafracta, en el condado de Urgel, por precio de diez sueldos, fecha Idus Iunias, anno XXVII. domno nostro glorioso Ludovico imperatore, que es el 13 de Junio de 840, siete días antes que muriese aquel príncipe. Son muchas las veces que repite esta escritura el nombre del obispo Sisebuto; y aunque sólo una le nombrara, bastaría para convencernos de su existencia en dicho año. Va copia de ella (a: Apend. n. VIII.). 

De todo lo dicho se concluye que el obispo Sisebuto II gobernó esta iglesia desde el año 833 hasta el 840 cuando menos, sin que nos conste su muerte, ni la elección del sucesor 

BEATO 

existente en el año 850. 

De este obispo nadie ha hecho mención alguna hasta el presente; ni yo la haría si la casualidad no me hubiese presentado un documento que descubre su existencia. Es un reconocimiento que Wisamundo, abad del monasterio de S. Andrés de Tres ponts, hizo al arcipreste Froila de las iglesias de Santa Eulalia y S. Juan en el valle de Lavanza, las cuales le tenía usurpadas. En el exordio de esta escritura se lee: In concilio domno Beato sancta Dei Orgellitane sedis episcopo, seu et de iudices &c. 

A los prácticos en este género de diplomas consta que la palabra Beato no es aquí un dictado, sino nombre propio de persona, que siempre seguía a la palabra domno. Y de esto no diré más. Por otra parte no era desusado este nombre en aquellos tiempos. Así es conocido el presbítero Beato, que floreció a fines del siglo anterior y principios del actual, acérrimo impugnador de los errores del obispo Urgellense Félix, y a quien este obispo y su compañero Elipando llamaron por apodo antiphrasium (antifrasio), esto es, contrario en sus escritos a su nombre de Beato. No hay pues inconveniente en reconocer en esta iglesia un obispo del mismo nombre a mediados del siglo IX: tiempo puntualmente en que se halla hueco el espacio de 17 años, sin noticia de otro prelado que ocupase esta sede; es a saber, desde el año 840 en que acaban las memorias del obispo Sisebuto II, hasta el de 857 en que comienzan las de Wisado I. Así que, mientras no ocurra otra cosa debemos fijar la existencia del obispo Urgelense Beato en el día IV. Nonas Iulii anno X. regnante Karulo rege, que es la fecha de la escritura sobredicha, cuyo carácter no permite atribuirse a otro Carlos que al Calvo, y por consiguiente al año 850 de Cristo. El original está en el archivo de esta iglesia caj. del episcopologio, y de allí es la copia adjunta (a: Apend. n. IX.). 

WISADO I 

desde 857 hasta 872. 

El catálogo impreso pone a este prelado en el siglo X, desde el año 927 hasta el 940. Mas no se sufre decir tal cosa: 1.° porque en este período consta con evidencia que era obispo Radulfo, como se dirá en su lugar: 2.° porque Wisado II en la consagración de una iglesia, de que se hablará adelante en el año 960, supone que las décimas y primicias le estaban concedidas por el antecesor de su mismo nombre había ya más de 60 años; por consiguiente este primer Wisado debe ser anterior al año 900: 3.° porque de las tres escrituras que voy a citar, la primera y la tercera por su carácter, y la segunda por el contenido de ella, son tan propias del reinado de Carlos el Calvo, que no dejan la menor duda de que Wisado I floreció a mitad del siglo IX. Al autor del catálogo engañó la bula de León VII a favor del monasterio de Ripoll del año 938, en la cual se cita un obispo Urgelense Wisado; y como tras él hallase memorias de Rodulfo, y luego de otro Wisado, fijó la existencia del primero en los principios del siglo X. Pero ya en los viajes de Vique, Gerona y otros queda demostrado que esa bula no es de León VII ni del año 938, en cuyo tiempo no existía casi ninguno de los obispos a quienes va dirigida, ni aun el abad de Ripoll en cuyo favor se expidió (a: V. los tom. VI, pág. 137 y sig., y VIII, pág. 6). De esto acaso se volverá a hablar más adelante. Vengamos a las memorias ciertas de este obispo. 

La 1.a de ellas es la dedicación y dotación de la iglesia de S. Martín de la villa de Salices (: Salses?): fecha VI. Idus Decembris anno XVIII. regnante Karulo rege. Es tan poderoso el argumento que resulta del carácter de esta escritura propio de la mitad del siglo IX, que al que tenga alguna práctica en ello es imposible no reconocer en esa data el año 857 de Cristo, XVIII de Carlos el Calvo. El original existe en este archivo (caj. dels escampats). (cajón de los esparcidos, dispersos). 

2.a Mas aunque para mis lectores no es esta prueba tan fuerte como para mí que estoy viendo ese instrumento; podrán convencerse de la existencia de este obispo en el siglo IX por la escritura que se cita en la Marc. Hisp. (col. 357), y que Balucio publicó (Capitul. ap. n. XC.), y que yo he copiado de nuevo del Dotal. I de esta iglesia (a: Apend. n. X.). Es un privilegio de protección que a ella y a su obispo Wisado dio el rey Carlos el Calvo en el año 860, que Balucio atrasa al siguiente. Este es el documento de que dicho escritor quiere inferir que el condado de Urgel pertenecía a la Septimania francesa; porque leyó en él: concedimus eidem sanctae sedi, ut SICUT aliae ecclesiae Septimaniae, ITA quoque eadem... habeant tertiam partem telonei. Como si aquel sicut correspondiente al ita indicase más que semejanza de privilegio. Pero de esto y de la extravagante pretensión de Balucio hablaré de propósito en lo del condado de Urgel. Volviendo a lo que estamos, obsérvese que a sólo Carlos el Calvo puede convenir la fecha de este diploma, que es: XIII. Kal. Decemb., indictione IX., anno XXI. regnante Karolo glorisissimo (: gloriossissimo; gloriosísimo) rege. Acta Panagone palatio &c. Porque de ningún otro Carlos se puede decir que al año XXI de su reinado corresponda la indicción IX, sino en el de este rey, que es el 860 de Cristo, en el cual, según la costumbre imperial, entró la indicción IX desde el mes de Septiembre. Más es, que en este decreto confirma el rey al obispo Wisado y a su iglesia todos los privilegios concedidos á gloriosis, dice, imperatoribus Karolo avo nostro (emperador Carlos, Carlo Magno, abuelo nuestro), et Ludovico genitore nostro (Luis Pío padre nuestro, engendrador). Sólo Carlos el Calvo, hijo de Ludovico Pío y nieto de Carlo Magno, podía hablar de esta manera. Y baste de esto; aunque no dejaré de decir que bien pudiera Balucio haber corregido la equivocación de su maestro Pedro de Marca, que a pesar de pruebas tan claras de la época de este decreto, lo atribuyó al año XXI de Carlos el Simple, 919 de Cristo (V. Marca Hispánica, col. 95). En ese mismo año 860 asistió nuestro obispo a un concilio congregado en Thusi (Tussiaco), y entre los prelados asistentes a él le cuentan todas las colecciones de los concilios generales, y la historia de Languedoc, y la Marca Hispánica.

3.a Con lo dicho se hará más creíble la tercera escritura que decía, y es la sentencia que este obispo junto con los jueces Golteredo y Ansulfo dio sobre la queja que Ispalarico produjo contra Leofredo: quod beni, dice este, super eum traductus, et feci illi II. colapas super eum de meo fuste. No se puede saber más de este litigio. La escritura está en el archivo episcopal, fecha: VIX. Kalds Apriles (Abriles; kalendas o calendas, Aprilis, Abril; April), anno XXXII. regnante Carulo rege, 17 de Marzo de 872. No pasan de este año las memorias halladas aquí de este obispo, ni las hay de otro hasta el 885. Con lo cual queda hueco suficiente para los 21 años de gobierno que le da el catálogo de Gerri. A este pontificado pertenece la fundación del monasterio de S. Andrés en el lugar de Exalada, en el valle de Conflent, hecha por siete sacerdotes de la diócesi de Urgel, los cuales desengañados de la vanidad del mundo, reuniendo sus bienes se pasaron a la diócesi de Elna a hacer vida monástica. Los nombres de los principales son Protasio y Witiza. Esto fue hacia los años 855 y siguientes. Mas habiendo sobrevenido en 878 una furiosa inundación del rio Tet, que destruyó la nueva casa, escarmentando para en adelante, se pasaron a vivir y fundar el monasterio de S. Miguel de Cuxá (aquí pone Cuja, avisada la errata, la enmiendo), que vino después a ser tan célebre en la historia eclesiástica de este país. Básteme haber insinuado esto, no hallando por acá cosa que añadir a lo que de ello dice la Marca Hisp. 

INGOBERTO 

desde antes de 885 hasta después de 893. 

Desde el año 872 hasta el de 885 cesan enteramente las memorias de los obispos de esta iglesia. Y la primera que hay del sucesor Ingoberto en ese último año, es de una enfermedad gravísima que padeció, la cual llevó tan al cabo su vida, que por todas partes corrió la noticia de que había fallecido. Esto se tuvo por cierto, particularmente en la Galia, donde ya se sabía que por su enfermedad no pudo ir a Narbona a la intronización del arzobispo Teodardo, sucesor de Sigebodo. Dícese que con este motivo un clérigo español llamado Selva tuvo la osadía de preconizarse obispo de Urgel, apoderándose de esta iglesia con el favor del conde Suniario, también de Urgel. Y dícese que añadiendo delitos a delitos se arrogó también el fuero de metropolitano, con el cual se atrevió a intronizar al presbítero Ermemiro en la silla de Gerona, vacante por muerte de Teotario, arrojando de ella a Servus-Dei, electo por aquel clero, como de esta había arrojado a Ingoberto. En estos atentados se dice también que le ayudaron además del conde los obispos Frodoino de Barcelona y Godmaro de Vique; y que habiendo dado sus quejas los obispos arrojados de sus sedes, fueron condenados los dos intrusos Selva y Ermemiro, primero por el papa Esteban VI, y sucesivamente por los concilios celebrados en S. Ginés de Fontanis, en Porto, y últimamente en el de Urgel del año 892, donde degradados y rotos sus báculos, y despojados de sus vestidos y anillos, fueron arrojados canónicamente de aquellas iglesias. Esta es la suma de este gran negocio, tal como se refiere en la Marca Hisp. y en otras muchas obras. Acerca de lo cual debo decir que el hecho en su fondo es verdadero; mas no en muchas de sus circunstancias. De las cuales sólo quiero notar ahora la equivocación con que fue llamado Selva el que no se llamaba sino Sclua, y apellidado conde de Urgel el Suniario que lo era de Empurias, porque en Urgel no había entonces más conde que Borrell. Otras diferentes nulidades advirtió Balucio (Marca Hisp. col. 368 sig.) y por las cuales se inclina a sospechar de la verdad de esta narración entera. Porque según él dice son cuatro los monumentos de donde la sacó; es a saber, de la vida de S. Teodardo, arzobispo de Narbona; de la carta del papa Esteban; de las actas del concilio de Fontanis en el Rosellón, y de la bula de Romano papa al obispo de Gerona Servus-Dei. Los tres primeros de estos monumentos él mismo confiesa que son harto posteriores al hecho, y que están adulterados con narraciones equivocadas, de manera que sólo reconoce por legítima la bula del papa Romano. Y aun esa dice que tiene errada la indicción, que no debía escribirse primera, sino cuarta, quedando reducida como él lo hace al año 900. Mas esa bula está original en Gerona, y dice primera y con mucha razón, porque el papa Romano no alcanzó la cuarta ni el año 900, porque sólo obtuvo aquella dignidad por espacio de un año, parte del 897 y del 898: y en el Septiembre del primero de estos años ya comenzó a contarse la indicción I, según la costumbre imperial. Cosas son estas que no sé como no advirtió aquel escritor. En esa bula pues, hablando el papa con el obispo legítimo de Gerona Servus-Dei, le dice: veniens, iam dicte Serve-Dei venerabilis episcope, ad sedem apostolicam, et ecclesia Gerundensi iuste et canonice recepta, expulso inde Hermomiro (Ermomiro), deposito, et excommunicato (excomulgado), suggesisti &c. De manera que no debe haber duda en que allá hubo un intruso Ermemiro. Pues así como esto consta por lo tocante a aquella iglesia, y como a pesar de la violencia del intruso y aun durante ella el obispo Servus-Dei fue allá reconocido por legítimo pastor, así en la nuestra de Urgel, aunque no existe bula dirigida al obispo Ingoberto, como ciertamente debió haberla, hay sin embargo algunos indicios de la intrusión de Sclua, y de que en medio de ella no fue desconocido el legítimo pastor. De lo primero se citarán algunos documentos en el artículo siguiente, al paso que trataremos del verdadero nombre de este atolondrado y atrevido presbítero. De lo segundo son las memorias siguientes: La Marca Hisp. (ap. n. LII.) publicó la escritura de dedicación que nuestro obispo hizo de la iglesia de S. Andrés de Baltarga, día 29 de Octubre del año 890. Del mismo año a 9 de Enero hay aquí otra escritura original de la consagración y dotación hecha por el mismo obispo de la iglesia de S. Clemente en la villa de Ardocale, del pago o territorio Tollonense, que creo ha de ser en la Cerdaña, en el partido llamado Tollo. Va copia (a: Apend. XI.), en la cual advertirás la fecha: Era DCCC.LXXXX, anno III. regnante Oddone rege (rey francés Odón, Otón). Donde es claro que la palabra Era se tomó por la de la encarnación, porque sólo al año 890 corresponde el III de Odón. Tres años después hizo otra consagración de la iglesia de Santa María de Merles en el condado de Berga. De esto sólo he visto un traslado que me comunicó Don Francisco Mirambell y Giol, cura de Prats de Llusanés, en el cual se lee este exordio: Anno incarnationis Domini nostri Iesu Christi octingentesimo nonagesimo tertio, indictione X., sub die IIII. Idus Octubris, anno VI. regnante Oddone rege, veniens quidem venerabilis Ingobertus Urgellensis episcopus in territorio Bergitanensi, in locum que dicitur Balle Merlense, rogatus a Fredario presbitero, vel Attone, vel alios &c., que eran los que habían construido la iglesia. El año VI de Odón era cabalmente el de 893 de Cristo, al cual debe acomodarse la indicción, que no era la X sino la XI.Muy poco más debió vivir este obispo, si es cierto que sólo gobernó la iglesia diez años, como dice el MS. de Gerri, el cual le llama Engubertus. 

Noticias de SCLUA, 

obispo intruso en Urgel. 

Acabamos de ver la suma de lo que se cuenta acerca del atentado que cometió este presbítero contra el obispo Ingoberto. Y ya indicamos allí que este hecho está vestido de muchas circunstancias apócrifas y enteramente inadmisibles. Con la ligereza de los que las creen todas como verdades, choca mucho la crítica del P. Masdeu (a: Hist. crit. de Esp. tom. XV. ilust. XX.) que no cree ninguna, y da por fingido el hecho, y el concilio de Urgel del año 892 en que se terminó este negocio, y la bula del papa Romano a Servus-Dei de Gerona, en que supone la intrusión de Ermemiro: en suma, todo lo tiene por una novela inventada posteriormente por los franceses para prueba de la jurisdicción metropolítica de Narbona sobre estas iglesias antiguas de Cataluña. El estado en que el pirronismo de este escritor ha puesto la cuestión presente, exige una disertación separada, que detenidamente aclare el embrollo que él nos ha metido en casa (N. E. ojito con Masdeu y otros autores pirronistas o pirronianos, como dice el autor; en su época, sólo hace falta nombrar a los catalanistas Bofarull, padre e hijo, Próspero y Manuel, archiveros del ACA, Archivo de la Corona de Aragón en Barcelona), y vuelva la historia al nivel en que estaba antes de que se publicase su España crítica. Por ahora me bastará, como viajero, decir algo de lo que aquí tenemos en prueba de esos hechos y demostrando de paso que el nombre de ese intruso no era Selva, sino Sclua, o Esclua, o Exclua. 

1. Casi por una casualidad, que siempre tendré por feliz, topé en este archivo con un índice de él, o sea inventario de todas las escrituras que en él había en el siglo XV, porque de ese tiempo es sin disputa la letra del papel que digo. En él hallé el artículo siguiente: Item: La purgacio feta per Sclua, anno incarnationis Domini nostri Iesu Christi sub Era DCCC.LXXXXIII. Esta nota, y otras dos más en que se repite el nombre de Sclua (sin haber arbitrio para creer que equivocasen la C con E, que muy clara es y bien formada en aquel MS. donde corresponde) (N. E. y la típica u : v) me hicieron entrar en la sospecha de que Pedro de Marca y otros escritores, tomando E por C en los MSS. antiguos, llamaron Selva al obispo intruso en esta silla, que no era sino Sclua, nombre muy común y usado en aquellos tiempos, como se ve en varias escrituras que trae la Marca Hisp., y en las que yo publico en mis viajes, y muy usado de los godos, como puede verse en las subscripciones a los concilios Toledanos. Porque muy claro es que en esta nota se habla de purgación canónica, y en el año 893: circunstancias que inclinan a creer que el Sclua allí nombrado es el obispo intruso de esta sede. Es en gran manera sensible la pérdida de ese documento, que existía en el siglo XV; porque con la lectura de él sabríamos el remate que tuvieron aquellos cuentos, si fue por decisión conciliar, o como parece por alguna de las pruebas de fuego, agua caliente o fría, que era lo que llamaban purgaciones canónicas. En este estado de duda, hallé en el Dotal. I de esta iglesia, fol. 237, y poco después en la escritura original, la ejecución del testamento de un obispo Sclua o Scluva, o sea la donación que por disposición suya hizo el presbítero Egila, hermano del difunto, fecha VIII. Idus Iulii, anno XXVII. regnante Karulo rege filio Leudovici. Son muy dignas de consideración todas las circunstancias de esta escritura. Porque en primer lugar los bienes de que dispone el difunto, todos están en el condado de la Cerdaña, y en los contornos de las villas de Gere y Alli; de lo cual no será extraño concluir que era natural de aquellos puntos donde estaba heredado. Item: el nombrarle varias veces y siempre obispo, y en ninguna de ellas designar su sede, es una prueba de que no la tenía al tiempo de morir. Esto mismo se observó en otras ocasiones (a: Tom. VI. pág. 156.) acerca del Guadallo intruso de Vique un siglo después de esto. Mas el ver que toda esta donación testamentaria es hecha a la iglesia de Urgel, prueba que esta es la sede que obtuvo, aunque indebidamente, a la cual quería resarcir con este donativo los escándalos y males que le había ocasionado. Por otra parte la fecha corresponde al año 924 de Cristo; y esto cuadra bien con las cosas de este obispo, que depuesto en el 892 o siguiente, pudo vivir hasta poco antes de dicha época, en que ya se supone difunto. Por último repito que varias veces está nombrado en ella este obispo, y siempre Sclua y Scluva, nunca Selva. Va copia puntual de este documento, para que veas por tus ojos la verdad de cuanto he dicho (b: Apend. n. XII.). 

3. En un cabreo (N. E. tipo de documento, nada que ver con enfado) de que hablaré en el artículo siguiente, hecho hacia el año 948, se mencionan cinco obispos de fines del siglo IX y principios del X, por este orden: Golderico, SCLUA, Nantigiso, Radulfo y Wisado; donde es claro que aquí mismo hubo un tiempo en que Sclua obró como obispo, anterior a Nantigiso, de quien luego se dirá, instituyendo presbíteros para gobernar las iglesias, que es de lo que habla aquel documento. 

4. En el catálogo de obispos que copié del monasterio de Gerri se dice, que este obispo sólo lo fue año y medio: Selva, dice, anno I. et semis, et postea perdidit episcopatum. Esto es lo único que hasta ahora he podido hallar relativo a este negocio. Y eso solo basta para concluir que realmente hubo aquí un obispo intruso llamado en todos los documentos SCLUA, no Selva, si no es en este último MS. del siglo XII, cuya autoridad es muy inferior a la de las escrituras originales y auténticas. (N. E. Esto es muy importante: un pequeño error de copia puede ocasionar grandes errores en la historia, y más si se pierden los documentos originales. Además, cada vez hay menos gente que puede leer esos textos originales, y eso que hay muchas universidades y medios que antes.)

GOLDERICO 

(dudoso) 

Así es llamado, y también Goldencho, acaso por yerro del copiante (Golde + ri : n + cho), un prelado de esta iglesia ignorado hasta ahora, cuya memoria nos ha conservado un cabreo de las parroquias de la valle Lordense, que se halla en este archivo, copiado en el lib. I. Dotal. fol. 173 b. Habíase apoderado de ellas, y usurpado los derechos que allí tenía esta iglesia, el conde de Urgel Suniario, que lo fue desde el año 911 hasta el 950; de modo que el obispo Wisado II para recobrarlas tuvo que acudir al derecho de posesión; y así presentó la memoria, cuya copia va adjunta (a: Apend. n. XIII.). En ella se acotan los nombres de los presbíteros que las regentaron bajo la ordinación de cinco obispos, que lo fueron desde fines del siglo IX hasta mitad del X. Los cuales por el orden retrógrado son Wisado II, Rodulfo, Nantigiso, Sclua y GOLDERICO. Esto y el decir que el conde Suniario se había apoderado de las iglesias, basta para creer que esta escritura es de hacia el año 948. El omitirse en ella el nombre del obispo Ingoberto, que ciertamente precedió y sobrevivió a la intrusión y a la deposición del revoltoso Sclua, y también precedió a Nantigiso, da motivo para sospechar que equivocaron los nombres, y dijeron Golderico por Ingoberto. Y yo me inclino a esto, no habiendo por otra parte rastro de tal obispo, ni siendo verosímil que callasen en la escritura citada el nombre de Ingoberto, que tanto tiempo gobernó esta iglesia, y que precisamente debió conferir alguna vez la posesión de las de que en dicho documento se trata. Mas como es tan diverso el nombre de Ingoberto del de Golderico, he querido notar esto aquí por si el tiempo descubriese algo más. Por de contado la copia adjunta servirá para el artículo del obispo Sclua.

Descansemos de esta tarea, que la tela es larga y hay para muchos días. A Dios. 

Anales de Cataluña, Narciso Feliu de la Peña y Farell (Index)

(Nota del editor : Se corrige parcialmente la ortografía en castellano.)  Imagen: Biblioteca de Catalunya. Llibres Pere Borrás: MCMXIX: D. V...