dilluns, 8 d’agost del 2022

Tomo 8. APÉNDICE DE DOCUMENTOS. I. Charta donationis facta monasterio Rivipollensi ab Ariulpho presbytero

APÉNDICE DE DOCUMENTOS. 

I.

Charta donationis facta monasterio Rivipollensi ab Ariulpho presbytero, anno DCCCLXXX. (Vid. pág. 3.) 

Ex autogr. in arch. eiusd. monast. 

In nomine Domini. Ego Ariulphus presbiter, certum quidem et manifestum est enim, quia placuit in animis meis, et placet, nullius quoquegentis imperio, nec suadentis ingenio, sed propria expontanea nobis elegit bona voluntas, ut facerem carta legitima, sicut et facio, propter remedium animae meae vel parentum meorum. Dono atque concedo domui Sanctae Mariae virginis in monesterio Riopullense, et ipsas ecclesias alias qui ibidem sunt fundatas, nomine Sancti Petri apostoli, et in onore Sancti Iohannis martiris Christi, et Dachino habati (abbas; abate, abad), et monachis ibidem Deo servientibus, tam praesentibus, quam et futuris. Dono atque concedo in apendicio de valle Bucuranense in villa Certaniola, et in villa Cospe, et in Riotorto (Riutort), et in ipsa villa Buturano, dono ipsas villas vocitatas: dono atque concedo in domibus, terris, vineis, molinis (de molendinis), pratis, pascuis, silvis, garricis, ductibus et reductibus, in hoc quod superius nominatum est, dono atque concedo, omne portione michi debita dono atque concedo, propter remedium animae meae dono atque concedo. Et qui contra hanc scriptura venerit ad inrumpendum, aut ego Ariulphus presbiter, aut de fratribus meis, vel quislibet homo, III. libras auri componere faciat, et hoc scriptura firma permaneat. Facta scriptura elimosinaria IIII. Nonas Decembris anno secundo Karle magno rege (rey Carlo magno, Carlos, Karolum, Caroli, Karoli, Karles, Charles, Karl, etc). = Ego Arigulfus presbiter, qui hanc scriptura elemosinaria feci, et testibus rogavi firmare, subscripsi. = Sig+num Angerici. = Sig+num Elderici. = Sig+num Biarizi (suena a Biarritz, Biárriz, Miarritze, Biàrritz). = Sig+num Ilarii. = Sig+num Atilioni Amorone presbiter subscribo. = Acodereus clericus subscribo. = Ego Scluba presbiter, qui hanc scriptura elemosinaria rogitus (rogatus?) scripsi et subscripsi die et anno quo supra. 

CARTA LXVII. Reliquias insignes que se veneran en Cardona

CARTA LXVII. 

Reliquias insignes que se veneran en Cardona: las de los SS. Emeterio y Celedonio: cómo vinieron acá. Noticias de la parroquial de S. Miguel, y de otras iglesias de esta villa y de fuera de ella, sujetas a la de S. Vicente: entre otras la colegiata de Calaf. 

Mi querido hermano: Hoy estamos de miscelánea, y sea lo primero la noticia de algunas reliquias y alhajas que vi en esta iglesia, entre las cuales hay cosas no despreciables. Vi pues un busto de plata con este letrero: Sancti Sebastiani capitis reliquias includi argento iussit Henricus de Cardona archiepisc. Montisregalis (Mont real, Monreal). M.D.XXI. Las armas del arzobispo están en el pecho del busto en un escudo movible que cubre un hueco, donde se ve una husada de hilo que dicen ser hilado por nuestra Señora. La cabeza encierra la parte superior del cráneo de S. Sebastián. En otro relicario de filigrana, donde hay una espina que se dice ser de las de la corona de Cristo, se lee: D. Vicent Folch de Cardona, olim de Aragó, baró del castell, honor y vila de Adzuebar, any 1672.

También se venera una costilla de Santa Inés que la vizcondesa Doña Beatriz de Anglesola dio a la iglesia en el testamento que hizo a 14 de Septiembre de 1374, mandando se sacase en procesión en los días de Santa Inés y S. Vicente. = Item una quijada de Santa Valentina y un hueso de la espalda de Santa Cristina, regalados con varios ornamentos por D. Juan Ramón Folch, conde de Cardona, en 1421. En la iglesia parroquial de S. Miguel, ya que vamos hablando de reliquias, se veneran en una capilla subterránea debajo del altar mayor (a la cual se desciende por delante de las gradas del presbiterio) los cuerpos de los SS. mártires Emeterio y Celedonio. Cómo ni cuando vinieron a Cataluña estas reliquias, no me es averiguado. En ella no deja de haber capillas e iglesias dedicadas a su memoria, y muchas personas que toman el nombre de estos santos, a quienes llaman vulgarmente Ermenter y Saldoni (Celdoni, Sant Celoni). Lo que sí tengo yo por cierto es que en el siglo XIV estaban sus cuerpos en un lugar de la diócesi de Urgel, llamado Sellés, Sers o Sallers (que con todos estos nombres le veo nombrado en las memorias antiguas), de donde, como dicen, los robó y trajo a Cardona el citado vizconde D. Juan Ramón Folch a 19 de Octubre de 1399, acompañándole en ello muchos abades y nobles del país. Esta época y las circunstancias del hecho constan (como me han asegurado, porque yo no la he visto) de la escritura que se hizo el día siguiente, en la cual el capellán de dicha iglesia de S. Miguel deja en libertad al vizconde para llevarse adonde quisiese las expresadas reliquias, cuyo hurto refiere. De nada de esto me es lícito dudar mientras no se me demuestre que es falso el curioso rescripto con que D. Fernando Pérez Calvillo, cardenal y obispo de Tarazona, de comisión del papa Benedicto XIII (Luna), en el año 1400 dio facultad al abad de esta iglesia Francisco de Besora para absolver al citado vizconde y sus cómplices en el pío hurto de las reliquias. Tengo de este documento una copia antigua, y es la que va adjunta (a: Apend. n. XXXV). Dice allí que el vizconde erga SS. MM. Emeterium et Celidonium speciali ductus devotione, eorum corpora, quae, ut dicebatur, in capella castri de Sers Urgellens. dioecesis minus honorifice detinebantur, ad capellam quam idem D. Ioannes... sub vocabulo dictorum martirum in parrochiali ecclesia villae Cardonae... noviter fundat, nulla super hoc ab habente potestatem obtenta licentiâ vel petita, honorifice tamen, prout decebat, transtulit; y que temeroso aquel príncipe de que él y sus compañeros hubiesen incurrido en excomunión, tam propter translationem, quam in tangendo seu recipiendo reliquias, había acudido por la absolución a la silla apostólica. Mas que S. S. ignorando lo que en esto hubiese, cometía el negocio al citado abad, para que en caso absolviese, previa la imposición de las penitencias correspondientes, a los que entendieron en aquel hecho. Y añade que el papa había dado al cardenal la facultad de expedir y sellar con su sello esta y otras semejantes subdelegaciones; at, dice, propter nonnullas persecutiones satis toti orbi notorias , ¡proh dolor! eidem Dno nostro papae illatas, obsidionemque manifestam in qua Avenione in palatio apostolico per annum et ultra detentus est, ac substractione bullae papalis sibi facta, litterae apostol. tam super huiusmodi comissionibus... More solito expediri ac bullari non possent. La fecha de estas letras es de Aviñón a 7 de Enero del año 1400, del pontificado de Benedicto XIII año VI, indicción VIII. Como lo referido cuadra bien con lo que sabemos de la historia del pontificado de Pedro de Luna, parece que también debe tenerse por cierto el robo y la petición consiguiente de absolución de censuras.

Esta iglesia de S. Miguel, donde están las reliquias sobredichas, es hoy la parroquial de la villa con clero o comunidad separada de la de S. Vicente. De capilla o iglesia con este título no hay memoria en la famosa escritura de población del año 986. Su primera noticia es del de 1013 en un testamento sacramental, cuya escritura he visto, donde los testigos juran super hunc locum venerationis S. Petri apostoli, cuius baselica (altar o capilla) sita est in Cardona, prope aram Sancti Michaëlis ad latus dextrum (lado derecho). En la dotación y restauración de esta canónica hecha el año 1019 por el vizconde Bremundo, de que ya hablé, se hace más honorífica mención del altar del mismo título por estas palabras: Inter hoc dignum non est oblivisci, ut nulla dies unquam debeat amodo praetermiti in agendis quotidianis missarum officiis super sacrum Archangeli altare Michaëlis: nulla etiam nox interveniat, quae cerei lumine in eadem ecclesia non relucescat. Et si propria careat, a Sancti Vincentii aditu accipiat. Aquí se habla ya de iglesia separada de S. Miguel, en cuyo altar debía celebrarse misa cada día, y que debía iluminarse por las noches a cargo del sacrista de S. Vicente; que así entiendo yo las últimas palabras, donde escribieron aditu por aedituo. Esta es una de las iglesias existentes dentro de los términos de Cardona, las cuales en la misma escritura se conceden todas a la de San Vicente firma ditione et iure. La misma concesión o adjudicación en general se halla en la escritura de dedicación de esta iglesia en el año 1040. Expresamente la nombra el papa Anastasio IV entre las iglesias sujetas al monasterio en la bula confirmatoria de sus posesiones que expidió a 10 de Mayo de 1154. 

Esta iglesia de S. Miguel estaba servida por un capellanus, de provisión del abad. Un documento he copiado del año 1260 en que el abad Raimundo de Vilanova arregló los derechos que dicho capellán (éralo entonces Guillermo de Iborra) debía percibir por nupcias y entierros de sus feligreses, con otras cosas harto curiosas para la historia de aquel tiempo. No hay en él mención de administración del bautismo, porque efectivamente nunca tuvo aquella iglesia fuentes bautismales hasta el año 1589, en que se las concedió el obispo de Urgel D. Andrés Capilla en acto de visita, para mayor comodidad de los vecinos, con la condición de que quedasen salvos los derechos del sacrista de S. Vicente para administrar los sacramentos a quien quisiese. Dicha capellanía, o sea curato, fue dotada hacia fines del siglo XI por el abad de S. Vicente, y desde entonces la proveyó como patrono por cesión de los vizcondes; de lo cual quedan varias memorias hasta el siglo XVI, en que suscitados varios cuentos pesados, que obligaron a los abades a vivir ausentes de Cardona casi un siglo, y erigiéndose entretanto la silla episcopal de Solsona, a quien se adjudicó este territorio, comenzó el nuevo obispo a proveer este curato, y así ha seguido hasta el presente. De la dependencia y digamos matricidad antigua quedan algunas reliquias, así en los actos que ejercen el abad y canónigos de S. Vicente en la iglesia de S. Miguel, presidiendo en entierros y fiestas solemnes, saliendo la parroquia a larga distancia a recibir el capítulo cuando va en procesión &c. Hay además en dicha parroquia un clero numeroso, o como llaman comunidad de beneficiados, que comenzó a formarse en el siglo XIV. La obra actual de su templo se construía en el mismo tiempo. Me consta que en 1346 el vizconde Hugo dio permiso a los cónsules para cortar piedra para su fábrica, y derribar dos torres que había versus patium de la fira, de cuyas piedras pudiesen aprovecharse para el mismo objeto. En 1397 hallo ya consagrando varios de sus altares a Juan, obispo Othoniense, con comisión expresa del de Urgel. Además de esta iglesia había otras antiguamente intra terminos Cardonae, como dicen los documentos citados, las cuales estaban sujetas a la matriz S. Vicente. Tal era un hospital habitado y servido por religiosos de la orden de S. Juan de Jerusalén en el siglo XIII, de cuya existencia quedan algunas noticias. Había también por el mismo tiempo un convento de deodatas, o moniales Deo devotae, de la orden de S. Agustín, en la ermita de la SS. Trinidad en la falda del castillo al E, sujeto al monasterio de S. Vicente. Otro había también, acaso del mismo instituto por estar sujeto a este abad, fundado sobre el bosque de la sal con el título de Santa Cecilia. El abad Jaime Ferrer y el capellán de S. Miguel Raimundo Fortea entregaron en 1282, a 22 de Marzo, esta iglesia con todos sus términos a Berenguer Garrigosa in beneficium personale; in hunc videlicet modum, quod teneas dictam ecclesiam S. Ceciliae, seu locum ipsius fideliter ad utilitatem eiusdem ecclesiae, seu loci, pro posse tuo, ut ipse bene et amicabiliter te habeas circa Iohannem Deodatum, et alios conversos, sive donatos eiusdem. Esto dice la escritura que he visto. Otras muchas iglesias tenía sujetas a sí esta de S. Vicente, las cuales enumera el papa Anastasio IV en la bula que dije de confirmación. Haré sin embargo particular memoria de algunas, de que he visto escrituras antiguas. Tal es la iglesia de Santa María, sita en el monte de la Molsosa, diócesi de Vique, la cual había sido dedicada por el obispo de Barcelona Berenguer, que lo fue en los primeros años del siglo XII (falta esta memoria en el catálogo de obispos de aquella iglesia que publicó el P. Flórez) con licencia de los canónigos de la misma catedral de Vique, cuando sin duda vacaba su sede. Habían construido la iglesia y dotádola bien el ilustre Bernardo Berenguer y su generosa consorte Ermengardis, sujetándola en todo al monasterio de Cardona en el año 1040, como aparece en la escritura de dedicación de la iglesia de S. Vicente. La dedicación y dote de la de Molsosa confirmó después el obispo de Vique Arnaldo el día 17 de Julio de 1108, indicción I, que es la fecha de la escritura que he copiado aquí y va adjunta (a: Apend. n. XXXVI). Otra iglesia es la de S. Pedro de Arcio (de Arç) en el mismo obispado de Vique, la cual dedicó el obispo de aquella silla Pedro Redorta día 11 de Marzo de 1147, con asistencia de Raimundo abad, Bernardo prepósito y Guillermo sacrista de Cardona, a cuya iglesia la sujetó y donó. Va también la escritura copiada aquí (a: Apend. n. XXXVII), que no deja de ser curiosa. De otras tres iglesias, es a saber, la de Clariana (S. Miguel), de Begurs (S. Juan), de Matamargó (S. Pedro), hace mención un memorial del abad de esta iglesia Bernardo al papa, que yo conjeturo ser Alejandro III, en que le ruega que escriba al obispo de Urgel, mandándole que no moleste ni en sínodos ni en otro gravamen alguno a las sobredichas iglesias, que siempre recibieron el crisma y el óleo de la de Cardona, y cuyos clérigos nunca contaron para esas cosas con la de Urgel. Añade el abad que ni él tampoco podía ir al sínodo, en atención a estar puesta en armas toda la tierra desde la muerte del vizconde Raimundo Folch (que creo fue el asesinado hacia el año 1175), de modo que nadie sin gran peligro podía salir de Cardona; y así que mande al obispo que no le compela a viaje tan arriesgado. Este curioso documento va también copiado de este archivo (a: Apend. n. XXXVIII). No me ha venido a mano monumento alguno que me asegure haberse establecido canónica regular en la iglesia de San Pablo de Guardia, la cual con este objeto y para dicho fin sujetó a la de Cardona el vizconde de Barcelona Reverterio, como consta en la escritura de dedicación de la iglesia de S. Vicente del año 1040. Allí mismo se ve también la donación de la iglesia de S. Pedro de Calaf, hecha por Guilla, vizcondesa, y su hijo Raimundo Folch. Dásele aquí sólo el título de San Pedro; mas es cierto que tuvo también el de S. Jaime, y aun en los documentos sólo suena por lo común este último. Y aunque allí no se expresa que se donaba a la de Cardona para que se estableciese la vida reglar, consta sin embargo que se había ya plantificado la regla de San Agustín a fines del siglo XI, y que estaba gobernada por priores, que prestaban obediencia como los canónigos al abad de Cardona, el cual ejercía sobre ellos la jurisdicción civil y criminal. Pondré aquí la serie de estos priores, apuntando sin más rodeos los años de su existencia o muerte que he podido averiguar.

Raimundo 1093.

Guillermo Arnal 1114.

Pedro

Pedro Guillermo 1150.

Guillermo de Vall 1170.

Guillermo Rotger 1195.

Guillermo Guibert 1195 1199.

Raimundo 1202. 1205.

Pedro 1206. 1225.

Berenguer de Salau (arriba aparece en 1209 su renuncia, Ego Berengarius de Salau..)

Raimundo 1248. 1259.

Jaime 1275.

Guillermo 1301.

Arnaldo de Joval 1318. 1329.

Pedro de Valls 1331. 1334.

Bernardo Ferrer 1345.

Guillermo Arlot, electo en 1346.

Pedro Ferrer, electo en 1360. 1365.

Francisco Naferrera 1395.

Francisco Besora 1395. 1397. 

Pedro Serrano 1397.

Ramón de Empuria 1413. 

Juan Tosquella 1430.

Luis Agramunt 1450. 1460.

Juan Mir

Juan de Navell 1487. 1494.

Juan de Navell (otro). 1496.

Agustín Marles 1514.

Gabriel Perpinya 1529.

Onofre de Copons 1529.

Luis de Copons 1531.

Juan Agramunt 1543.

Jaime Agramunt 1545. 1569.

Valentín Sola (en discordia con el siguiente)

Bernardo Torres, este prevaleció 1569.  1596.

Esta iglesia fue secularizada con todas las demás Agustinianas por Clemente VIII en 1592, y elevada a colegiata con un prior y seis canónigos. 

La villa de Calaf disfrutaba de moneda propia en el siglo XI, como consta de escrituras que he visto en varios archivos; y aquí ahora en el del S. Abad tengo una a mano del año XXX del rey Felipe (1089), y es una venta al sacrista de la iglesia propter III. solidos et VIIII. denarios monete Calaph

Esta villa y su iglesia pertenecen hoy a la diócesi de Vique, sin duda para indemnizar a aquella sede del territorio que se le separó para la nueva silla de Solsona, a la cual quedó Cardona sujeta. Calaf se llamaba el juez ordinario que residía en Alquézar, (al qsar, el castillo, la fortaleza, alcázar) ante quien fueron presentadas las SS. VV. Nunilo y Alodia en el siglo IX, según dice el P. Ramón de Huesca (Teatro de las iglesias de Aragón. tom. VI. pág. 7). Y si esto es así, siendo como era árabe aquel juez, claro está que alguno de aquella gente puso el mismo nombre a esta villa; aunque no era necesario saber esto, pues el mismo está diciendo su origen (N. E. Caleph, Calef, Caleb, o con k, kaleb, kalev, como el hijo de Jefone el quenezeo, 1484 a. C.). 

Nada más, y acabose el viaje de Cardona. En descansando un poco pasaré a Solsona. A Dios. 

Curta biografía de Braulio Foz.

BRAULIO FOZ. Va estudiá los primés estudis a Calanda, y al 1807 apareix matriculat a la Universidat de Huesca. Allí, com mols atres compañs,...